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El 2 de noviembre del año pasado, según consta en los registros de acceso a la sede del Banco Central del Paraguay, específicamente del Departamento de Seguridad, una mujer (cuyo nombre omitimos por las amenazas que recibe) se reunió con funcionarios de la Intendencia de Asuntos Legales y de Supervisiones Especiales, a fin de poner a conocimiento del órgano de control, operaciones de transferencia internacional de dinero para el pago de facturas del exterior (las cuales serían de contenido falso según la denunciante), por el ingreso de mercaderías a nuestro país. Las operaciones son elaboradas en la sucursal de Forex de Ciudad del Este, ubicada en el Shopping Internacional.
Las operaciones eran supuestamente realizadas fuera de la contabilidad de Forex y canalizadas a través de los bancos BBVA, Sudameris, Regional y Continental. Para el envío de los dólares al exterior, se utilizaba a las empresas jurídicas ficticias Strong, Braex, Manhattan, Muñe, MH Electrónica y American, creadas por Felipe Ramón Duarte, dueño de la consultora Managger.
La denuncia puntual que hizo la mujer obligó a la Superintendencia de Bancos a llevar adelante una inspección de Forex de Ciudad del Este y los bancos a través de los cuales se remesaron los dólares para los supuestos proveedores.
Llamativamente, nueve meses después de la vista de la mujer al Banco Central, el superintendente de Bancos, Nelson Valiente, todavía no dio a conocer el resultado final de la inspección en la casa de cambios y los bancos.
Informe preliminar
Un informe preliminar al cual tuvo acceso nuestro diario señala que en el Banco Continental operó la firma ficticia American, “que acorde a la planilla de transferencia se constata que la misma ha efectuado en el año 2011 transferencias por valor de US$ 10.299.713”.
Como accionistas de American figura María del Rosario Queirolo y Da Silva Bartels, Alberto Henrique.
El apoderado es Felipe Ramón Duarte, propietario de Manager Consultoría, dedicada a la apertura de negocios, asesoramiento legal e impositivo, auditorías, despacho aduanero, etc.
La inspección resalta que “no se observa en el legajo del citado cliente la participación, opinión o referencia efectuada por el oficial de Cumplimiento y el auditor interno. Por lo tanto, no se constata el cumplimiento a lo establecido en el artículo 21 de la Ley N° 1015/97 y del artículo 4° inciso 6 apartado g), i) y l), e igualmente del inciso 8 apartado a) y c).
Sudameris
Las empresas ficticias enviaron a través del Sudameris 155.874.682 dólares en el año 2011. La firma MH Electrónica remitió US$ 14.204.712, mediante 195 operaciones; Strong remesó 139.698.289, a través de 2.268 operaciones y American envió al exterior 1.971.680 dólares, mediante 39 operaciones.
BBVA
Las firmas ficticias MH Electrónica y Strong enviaron el año pasado a través del BBVA 101.773.300 millones de dólares, mediante 1.410 operaciones.
En el informe preliminar se hace una observación de que el BBVA fue sumariado en marzo de este año por incumplimiento de varios puntos de su Programa de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes y Financiamiento del Terrorismo por lo siguiente: El Perfil Operacional no está basado en respaldos documentales, las señales de alertas que genera el sistema no coinciden con los respaldos documentales, en lo que respecta al perfil del cliente. En lo que hace a la matriz de riesgos, la entidad no cumple en forma razonable las normativas vigentes en materia de Prevención de Lavado y Financiamiento del Terrorismo y la entidad posee documentaciones desactualizadas sobre sus funciones.
Regional
La empresas ficticias Braex Import Export, MH Electrónica, Muñe, Strong y American enviaron 71.636.351 dólares, para el pago a supuestos proveedores de mercaderías, mediante 1.881 operaciones.
“Es importante mencionar que durante el proceso de verificación se tuvieron algunos inconvenientes, por lo que en fecha 15 de diciembre, se procedió a remitir un mail a la auditoría interna del banco, con copia al gerente general y financiero, donde se exponían algunos puntos y se solicitaba coordinación del área para la remisión e información de manera a facilitar el trabajo de los supervisores”, dice el informe preliminar al cual tuvo acceso nuestro diario.
LO QUE DICE LA LEY
Artículo 19. Obligación de informar operaciones sospechosas.
Los sujetos obligados deberán comunicar a Seprelad cualquier hecho u operación con independencia de su cuantía, respecto de los cuales exista algún indicio o sospecha de que estén relacionados al ámbito de aplicación de esta Ley.
Se considerarán operaciones sospechosas en especial aquellas que:
1) sean complejas, insólitas, importantes o que no respondan a los patrones de transacciones habituales;
2) aunque no sean importantes, se registren periódicamente y sin fundamento económico o legal razonable;
3) por su naturaleza o volumen no corresponden a las operaciones activas o pasivas de los clientes según su actividad o antecedente operativo;
4) sin causa que lo justifique sean abonadas mediante ingresos en efectivo, por un número elevado de persona; y,
5) las señaladas en los reglamentos de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes.
Artículo 21. Obligación de contar con un procedimiento de control interno.
Los sujetos obligados que sean entidades con o sin personería jurídica establecerán los procedimientos adecuados para el control interno de la información a fin de conocer, prevenir e impedir la realización de operaciones de lavado de dinero o bienes. Los sujetos obligados notificarán e impondrán a sus directores, gerentes y empleados el deber de cumplir las disposiciones de la presente ley, así como de los reglamentos y procedimientos internos...
Fuente: Ley Nº 3783/09
Firmas ficticias y operaciones
Las empresas ficticias Strong, Braex, Manhattan, Muñe, MH y American, entre otras, fueron supuestamente creadas por Felipe Ramón Duarte, dueño de la consultora Manager. A través de las firmas vinculadas entre sí, Forex de Ciudad del Este, explotada por el chino Tai Wu Tung, enviaba dólares al exterior a través de los bancos Sudameris, Regional, BBVA y Continental, para el pago a supuestos proveedores de mercaderías. Sin embargo, el dinero ni siquiera se remitía a las empresas que figuraban como proveedoras. ¿Adónde se enviaron los dólares?
Tai Wu Tung firmó con Gustavo Céspedes, de Forex Paraguay, un convenio para explotar una sucursal de Ciudad del Este. El documento en donde se acuerda el pago de 50.000 dólares por año a Céspedes, y por dos años, está en poder de la Superintendencia de Bancos del BCP, que señaló en un informe preliminar que el convenio de explotación es completamente irregular.
Céspedes había declarado que el chino era solo el gerente de la sucursal. Empero, el convenio evidencia totalmente lo contrario.
Una inspección de la Superintendencia a los bancos involucrados reveló que las empresas ficticias, en el 2011, enviaron 340 millones de dólares al exterior. Las operaciones, pese a que fueron altamente sospechosas, nunca fueron reportadas por las entidades del sistema financiero a la Seprelad.
La ley que reprime el lavado de dinero y la lucha contra el terrorismo obliga a las entidades a denunciar las operaciones sospechosas.
El artículo 19 de la Ley N° 3783/09 señala que “los sujetos obligados deberán comunicar a Seprelad cualquier hecho u operación con independencia de cuantía, respecto a las cuales exista algún indicio o sospecha de que estén relacionados al ámbito de aplicación de esta ley”. Además cita cuáles serán consideradas operaciones sospechosas.
Los bancos tienen un oficial de cumplimiento cuya función es asesorar a los directivos de la entidad respecto a las políticas y procedimientos preventivos. También es responsable del cumplimiento de las políticas y procedimientos preventivos de lavado de dinero y lucha contra el terrorismo, conjuntamente con el directorio y apoderados de la entidad.
En este caso, sugestivamente, las firmas ficticias hicieron miles de operaciones sospechosas sin que las mismas sean reportadas a Seprelad.
cbenítez@abc.com.py