Procedimiento “antichicanas”

El proyecto de Ley Integral contra la Violencia hacia las Mujeres plantea un procedimiento sumario, con el menor empleo posible de actividades, recursos y tiempo. El proceso debe limitarse a las etapas esenciales, al término perentorio fijado, y solo serán admisibles los recursos de reposición y aclaratoria durante la sustanciación de la audiencia preliminar y su resolución debe ser inmediata.

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Asimismo, durante el proceso estará vedada la presentación de recursos de apelación y nulidad, pues solo la sentencia definitiva es susceptible de apelación y nulidad, las cuales deben fundarse en el mismo acto de su interposición ante el juzgado. Admitidos los recursos, la parte contraria tendrá un plazo de 3 días para contestar, tras lo cual el expediente será remitido al Tribunal de Sentencia Especializado, que a su vez también contará con 3 días para dictar resolución. La admisión de los recursos de apelación y nulidad suspende la ejecución de la sentencia.
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