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Operación encubierta: La operación encubierta es la técnica especial de investigación que posibilita mantener la confidencialidad de las operaciones o procedimientos realizados por agentes designados para participar en organizaciones criminales o en conductas criminales; para cuyo cometido los agentes podrán asumir identidades falsas o papeles ficticios de forma temporal, pudiendo acudir a engaños con el fin de evitar la consumación de delitos realizados por la organización criminal; obtener información y prueba para descartar o corroborar la sospecha del hecho punible, como también la posibilidad de incautar evidencias relacionadas al hecho punible; individualizar a los autores y demás partícipes, fuera o dentro del país, o cualquier otra información relacionada con la comisión del hecho punible realizado por la organización criminal.
Entrega vigilada: La entrega vigilada es la técnica especial de investigación que permite el control por parte de las autoridades del traslado o transporte, dentro o fuera del país, de remesas ilícitas de dinero o títulos valores, armas, sustancias estupefacientes o demás drogas peligrosas, bienes, personas o cualquier otro instrumento que sirva o forme para la realización de los hechos punibles cometidos por el crimen organizado, pudiendo momentáneamente impedirse la intervención de las autoridades, con la finalidad de identificar a los autores o partícipes; la recolección del material probatorio que sirva para el esclarecimiento de los hechos delictivos; identificar las rutas, lugares, medios, entidades públicas o privadas utilizadas para la comisión de los hechos punibles y para la identificación, localización y recuperación del producto de este.
Vigilancia electrónica: La vigilancia electrónica es la técnica especial de investigación que permite la utilización de todos los medios tecnológicos y/o electrónicos conocidos o a conocerse, que permitan obtener información y elementos de prueba con respecto a la comisión del hecho punible investigado o que permitan identificar a los autores y partícipes.
ALGUNAS DEFINICIONES
a. Agente encubierto: Es el agente especializado de la Senad de la Policía Nacional, que con autorización del órgano jurisdiccional a propuesta del Ministerio Público, es designado para introducirse en organizaciones criminales, ocultando su identidad o asumiendo un papel ficticio de forma temporal, simulando ser parte de ella o estar interesado en la realización de los hechos punibles cometidos por esa organización, con el propósito de identificar a los autores y partícipes; las acciones o modus operandi de la estructura criminal; sus planes de acción; los contactos; los medios y los resultados de la actividad delictiva, así como la identificación y recolección del material probatorio que sirva para el esclarecimiento del hecho punible investigado y para la identificación, localización y recuperación del producto de este.
b. Agente revelador: Es el agente especializado de la Senad de la Policía Nacional, que con autorización del órgano jurisdiccional a propuesta del Ministerio Público, es designado para que a través de una identidad falsa o asumiendo un papel ficticio de forma temporal, simule interés en trasladar, comprar, adquirir o transportar para sí o para terceros, dinero, bienes, personas, servicios, armas, sustancias estupefacientes o demás drogas peligrosas, o en cualquier otra actividad realizada por el grupo criminal, con la finalidad de identificar a las personas implicadas y la recolección del material probatorio que sirva para el esclarecimiento de los hechos punibles cometidos por el crimen organizado.
c. Informante: Es quien suministra datos o antecedentes al Ministerio Público, a la Senad o a la Policía Nacional, sobre la preparación o comisión de un hecho punible comprendido dentro del crimen organizado o de quienes participaron o han de participar en él.
d. Arrepentido: Es la persona que condenada, imputada o investigada por un hecho punible comprendido en el crimen organizado, coopera de manera voluntaria, oportuna y eficaz con la autoridad competente en la persecución penal, a fin de obtener la atenuación de la pena.