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En dicha resolución se admitió que hubo un error por parte de la proveedora High Hope Zhongding Corporation a la firma TCHE SA al embalar el producto y que se cargaron por “equivocación” otras mercaderías. (Las que fueron incautadas por la Fiscalía).
En el sumario también resaltaron el oficio número 352 del 13 de octubre pasado, firmado por la fiscala Carmen Gubetich de Cattoni. En dicho documento, la agente del Ministerio Público manifestó que se ha finiquitado el procedimiento de verificación e incautación de mercaderías ingresadas al país presumiblemente de contrabando. Agrega, además, que se deja sin efecto la orden de retención del contenedor en cuestión “a los efectos de que se prosiga con el trámite de despacho de importación de las mercaderías declaradas en el mismo y aquellas incautadas inclusive”.
Versión de fiscala
En conversación con nuestro diario, Gubetich de Cattoni explicó que su oficio se interpretó en forma “mal intencionada” en la Aduana, con el propósito de “reembarcar” los agroquímicos ilegales incautados.
“En ningún momento ordenó que los productos sean liberados. El Ministerio Público continúa con la investigación y los productos tienen que permanecer en Aduana de Villeta”, manifestó la fiscala del caso.
Gubetich de Cattoni expresó que existen muchos intereses en juego y que hay personas y grupos interesados en liberar el producto.
La agente afirmó que tiene 16 años de carrera el Ministerio Público y que hasta ahora nadie le puede señalar con el dedo.
La fiscala apuntó que existen otros oficios remitidos al administrador del puerto de Villeta y al director general de Aduanas. En uno comunica que las investigaciones penales siguen y en otro se pide que se remitan copia del sumario administrativo.
El 23 de enero pasado, la fiscala envió el oficio número 8 a la jueza de sumario, doctora Sirlene Decoud, en la que le recuerda que la Fiscalía continúa con la investigación penal.
En cuanto al oficio del 13 de octubre, que se pretende usar para liberar las mercaderías, la agente aclaró que el Ministerio Público, a solicitud de Aduana, cuando se realiza un procedimiento en el cual se incautan mercaderías, siempre ordena que el responsable de la importación prosiga con el pago de los tributos aduaneros, tanto de las mercaderías secuestradas como de las no secuestradas. “Mal podría interpretarse que con esto se absuelva de reprochabilidad alguna a los responsables de los hechos punibles de contrabando”, resaltó en su escrito.
La funcionaria del Ministerio Público dirigió el oficio a la jueza de sumarios, precisamente para que le remita con urgencia las conclusiones a la que arribó aduana en sede administrativa con respecto a las mercaderías incautadas por la fiscalía en su momento.
Informe del Senave
Un informe del Senave, del 9 de octubre pasado, señala que la firma TCHE SA está registrada en dicha institución para la importación de glifosato con nombre comercial Orglif 75,7. “Podemos concluir en principio que dicha firma no tiene autorización para importar el producto benzoato de emamectina, por lo que la importación de esta partida (la incautada) sería ilegal”, enfatiza la nota que lleva la firma del abogado Enrique Rojas Macedo, director general de la Asesoría Jurídica del Senave.
Marcelo Machado es el que aparece como residente de la firma TCHE SA.
En su declaración ante el Ministerio Público el 3 de noviembre pasado, Machado manifestó que hace dos años aproximadamente es presidente de la referida firma, en forma conjunta con su señora Sarita Comin de Machado. Negó cualquier implicancia en la comisión de hechos punibles, como los indagados por la fiscalía.