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Estuvo 11 meses en la penitenciaría y más de 9 años en prisión preventiva en su casa.
El extitular del BNT ejerció la presidencia del ente de octubre de 1996 a junio de 1997.
La jueza de ejecución penal Ana María Llanes decretó la extinción de la causa penal, por compurgamiento de la pena.
Es por ello que la Cámara de Apelaciones, al revocar la resolución del juez Víctor Medina, que le otorgó la libertad condicional a Sindulfo Ramírez, señaló que la reclusión domiciliaria es una farsa, un engaño a la ciudadanía.
Esta situación debería plantearse, porque en los casos de los peces gordos procesados siempre se les otorga reclusión domiciliaria.
Luego, cuando se hace el juicio oral en el que resultan condenados, al final ya tienen compurgada la pena sin haber pisado la cárcel.
En el caso del vaciamiento del BNT, la mayoría de los sentenciados, guardaron reclusión domiciliaria.
La Corte debería revisar la resoluciones por las cuales los jueces ordenan la reclusión domiciliaria, ya que existen fuertes sospechas de que es un gran negociado.