Modificaciones del Código pueden brindar rapidez

Actualmente el proceso para que una familia logre la adopción de un niño, una niña o un adolescente lleva en promedio dos años. Sin embargo, tras las modificaciones introducidas a la Ley 1680/01, “Código de la Niñez y Adolescencia”, se espera que dicha diligencia se resuelva en menor tiempo por el bien del niño.

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Recientemente entró en vigencia la Ley N° 6083/18, que modifica algunos artículos de la Ley 1680/01, “Código de la Niñez y la Adolescencia”. Con la nueva normativa se añaden ciertos requerimientos y obligaciones que deben cumplir los juzgados del fuero de la niñez.

De esta forma, en el artículo 158° “De la composición de la justicia de la niñez y la adolescencia” se establece que tanto la Corte Suprema de Justicia, los Tribunales, los Juzgados y la Defensoría especializados, así como los auxiliares entenderán las cuestiones relacionadas a los derechos del niño y el adolescente.

Agrega que en cada circunscripción judicial se crearán Tribunales y Juzgados especializados y las correspondientes Defensorías de concernientes a este fuero.

También el artículo 165° sufrió una ampliación especificando que los auxiliares especializados serán profesionales médicos, pedagogos, psicólogos, sociólogos y trabajadores sociales, quienes conformarán el equipo interdisciplinario que integrará cada juzgado de manera obligatoria con la finalidad de constituirse en asesor de justicia.

Con estas modificaciones, se espera que los juzgados, principalmente, los existentes en el área de la capital puedan trabajar con mayor fluidez en cuanto a la resolución de casos.

La directora general de Protección Especializada de la Secretaría Nacional de la Niñez y Adolescencia, abogada Dominique Mateus Gadea, manifestó que con estos cambios “se estima que los procesos de búsqueda y localización de la familia ampliada y el trabajo de mantenimiento del vínculo familiar; y en su defecto la reinserción familiar o la pérdida de la patria potestad y la posterior declaración de estado de adaptabilidad del niño se efectuarían en un lapso menor de tiempo, es decir, los procesos culminarían más rápido”.

El caso de aquellos niños que por maltrato físico o abuso sexual fueron apartados judicialmente de sus padres, si no resulta viable la reinserción a su núcleo familiar se los debe poner en situación de adoptabilidad, pero primero se debe quitar la patria potestad a los padres. Ese proceso es puntualmente el que más lleva tiempo en resolver, pues el juicio de adopción conlleva un breve periodo.

En tal sentido, Mateus declaró “esto fue un gran avance para los procesos en atención a que ambos trabajos de búsqueda y localización de la familia ampliada y el trabajo de mantenimiento del vínculo familiar –establecido en el Código de la Niñez– son la clave para que el proceso culmine en menos tiempo”.

Por otra parte, la directora general de Protección Especializada (Diproe) reflexionó en cuanto que actualmente “existen juzgados que cuentan con el equipo técnico y realizan el trabajo, a la vez el Centro de Adopciones y la Diproe desde el departamento central y sus regionales también realizan dicha tarea en interés superior del niño, sin embargo, la demanda es alta y cada trabajo tiene su particularidad, complejidad y lleva su tiempo realizarlo”.

Al mismo tiempo señaló Dominique Mateus que en ocasiones el trabajo que le correspondía a las dependencias de la Secretaría Nacional de la Niñez y la Adolescencia (SNNA) “fue realizado por ONG como Enfoque Niñez, Corazones por la Infancia, Unidos por Cristo, entre otras, para dar más celeridad a los procesos, conforme lo establece la Ley de Adopciones (Ley 1136/97)”.

En otro momento, expuso que la cifra de pedidos vía oficio judicial de búsqueda y localización así como de y mantenimiento del vínculo familiar a la Diproe llegaría a 10 por semana, según estimó Mateus.

Miles de niños aguardan definición 

Dentro de todo, el aspecto jurídico mencionado, hay un total de 1.388 niños, niñas y adolescentes que se encuentran dentro del sistema de cuidado alternativo y a la espera de que su situación pueda definirse, pues si bien algunos de ellos están al cuidado de una familia, otros están institucionalizados y otro pequeño grupo en situación de adoptabilidad.

De ese total de menores en un análisis por sexo, el 58 por ciento es femenino. Es decir, hay más mujeres dentro de la categoría de cuidado alternativo.

Ahora, todos ellos están destinados en 57 instituciones que alcanzan solamente a 12 departamentos del territorio paraguayo, como se muestra y detalla en la infografía que acompaña el artículo.

Las instituciones cuentan con cinco tipos de cuidado, el familiar, el residencial, los que están en proceso de ser residenciales, el institucional y los que están en proceso de convertirse en internado educativo.

Es necesario resaltar que los principales motivos por los que los niños ingresan al sistema de cuidado alternativo son: el 21,5% por situación de abandono; el 13,5% por maltrato físico o violencia intrafamiliar; el 5% por problemas que los padres tienen con el alcohol o las drogas; y un 4,6% por abuso sexual. 

De la misma forma, la Diproe señala en su informe que también están los niños en situación de calle, los que sufren explotación laboral y en otro grupo los que son víctimas de explotación sexual, muchas veces por los propios padres o bien por quienes tiene la tutela. Mateus también mencionó que “actualmente contamos con 64 familias acogedoras activas y 74 niños, niñas y adolescentes que están bajo cuidado de las mismas”. Estas familias reciben al menor de edad durante la resolución de su situación, pero sin contar con la posibilidad de adoptarlo, algo que instan a las autoridades a modificar.

ariel.espinoza@abc.com.py

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