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El 25 de agosto de 2010, por auto interlocutorio N° 960, el juez Hugo Bécker había hecho lugar a la excepción de prescripción que planteó la abogada Myriam Estigarribia, defensora de pobres, ausentes e incapaces, y rechazó la demanda promovida por Sanabria Cantero, para anular la venta de un inmueble de 25.000 hectáreas en el Chaco, al Indi.
Sin embargo, sugestivamente recién el 1 de noviembre de 2012, la abogada Carmen Marcel Orlandini, en representación del Indi, se notificó de la decisión judicial y solicitó que se levante la medida cautelar de no innovar.
Es decir, que la asesoría jurídica del Indi, que tendría que ser la más interesada en revisar el expediente, después de dos años y cuatro meses se enteró de que el juez Bécker había dictado un fallo a favor de la institución.
Este es otro de los tantos elementos de sospechas, de que la venta del inmueble habría sido un feroz negociado. La propiedad de 25.000 hectáreas, cuyo precio sería muchísimo más, se vendió a una tal Julia Beatriz Vargas Meza, en 1.250 millones de guaraníes. Es decir, a 50.000 guaraníes la hectárea.
El expediente civil que se tramitó ante el juez revela una serie de elementos, que hacen presumir que todo se trataría de un gran negociado. Se habla de una confabulación entre la Procuraduría General de la era Lugo y el actual titular del Indi, Rubén Darío Quesnel, que pese a las sospechas que pesa sobre su gestión, llamativamente continúa en el cargo con el respaldo del Poder Ejecutivo. Hay una denuncia penal en contra del mismo y de otras personas que podrían estar involucradas en el hecho unible de lesión de confianza. Según fuentes, estarían metidos conocidos abogados que sin tener intervención impulsaron el expediente, para apurar el levantamiento de la medida de no innovar para realizar la transferencia del inmueble a la compradora.
El 1 de noviembre del año pasado el juez Bécker levantó la medida cautelar y el 2 de noviembre, la compradora María Julia Beatriz Vargas Meza y e titular del Indi se presentaron ante la escribana Justina Maribel Esteche, cuya actuación también es indagada por la fiscala Alba Delvalle, quien solicitó una serie de informes para luego analizar los datos.
Además, los propios abogados del Indi, al solicitar el rechazo de la nulidad promovida por Sanabria Cantero, señalaron que la Constitución establece que las tierras para indígenas son inembargables e intransferibles. Sin embargo, esta postura de la propia institución fue ignorada por el titular del Indi, al momento realizar la presunta venta fraudulenta.
EL EXPEDIENTE CIVIL PASO A PASO
El 19 de diciembre de 2006, el abogado Luis Martínez Barboza, en representación de Eugenio Sanabria Cantero e Hilda Barrios de Sanabria, promovió la demanda contra Annelise Gutermann de Meiser y solicitó la nulidad del acto por el cual se transfirieron las 25.000 hectáreas a favor del Indi.
El 22 de diciembre, la justicia ordenó la prohibición de innovar en la finca número 10.245 del distrito del Chaco, padrón número 307. Para su cumplimiento se libró oficio a Registros Públicos.
El 23 de marzo de 2007, la escribana Aureliana Franco de Orué, jefa de la Sección Undécima de los Registros Públicos, informó al juez que el inmueble está inscripto a nombre del Indi.
El 16 de mayo de 2007, el abogado Barboza solicitó nuevo oficio para Registros Públicos para la inscripción de la medida de no innovar, que el juez ordenó en el mismo día.
El 12 de julio de 2007, los abogados Fidel Ignacio Samaniego e Higinio Lovera, en representación del Indi, solicitaron que se rechace la demanda. Ratificaron que la institución había pagado por el inmueble 1.250.000.000 de guaraníes. Igualmente pidieron que se dé intervención a la Procuraduría.
El 6 de julio 2009, tomó intervención la abogada Myriam Estigarribia, defensora de pobres, ausentes e incapaces, en representación de la demandada y solicitó excepción de prescripción de previo y especial pronunciamiento.
El 15 de octubre de 2009, el abogado Barboza solicitó al juez Hugo Bécker que rechace la pretensión de la defensora de pobres.
El 25 de agosto de 2010, por auto interlocutorio N° 960, el juez Bécker hizo lugar a la excepción de prescripción que planteó la defensora de pobres y rechazó la demanda que promovió Sanabria Cantero para anular la venta del inmueble al Indi.
El 26 de agosto de 2010, el abogado Barboza apeló la resolución del magistrado Bécker.
El 11 de marzo de 2011, siete meses después, el juez concedió la apelación.
El 1 de noviembre de 2012, la abogada Carmen Marcel Orlandini, en representación del Indi, se notificó de la decisión judicial y solicitó que se lavante la medida cautelar de no innovar.
El 1 de noviembre, por auto interlocutorio 1.985, el magistrado Bécker ordenó el levantamiento de la medida cautelar, que pesaba sobre la finca 10.245.
El 1 de noviembre, el juez ofició a la directora de Registros Públicos para hacerle saber de la decisión judicial de levantar la prohibición de innovar.
El 22 de noviembre de 2012, Bécker ofició al intendente de Mariscal Estigarribia. Además, el juez ordenó la normal tramitación de inscripción ante el municipio de la transferencia del inmueble a favor de Julia Beatriz Vargas Meza, instrumentada por escritura pública 74 del 15 de noviembre de 2012, pasada ante la escribana Justina Maribel Esteche Bareiro.
Fuente: Expediente “Eugenio Sanabria Cantero y otros c/ Annalise Gutermann de Meiser y otros s/ nulidad de acto jurídico”.
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