La sentencia más severa fue la remoción

El Jurado resolvió remover del cargo al agente fiscal José Luis Brusquetti, por haber incurrido en la causal de “mal desempeño de funciones”, por haberse probado los siguientes hechos: a) había negociado con el imputado en una investigación fiscal a su cargo, la forma en que iba a terminar la etapa investigativa, con lo cual se violó el principio de objetividad que debe imperar en la actuación del Ministerio Público; y, b) recibió una suma de dinero, a cambio de una salida favorable al imputado en un determinado proceso, con lo cual se desconoció la obligación de la objetividad, mediante conductas reprobables.

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La fiscala Victoria Acuña Ricardo solicitó juicio oral para su colega por los hechos punibles de cohecho pasivo (coima), en calidad de autor, y en coautoría, por extorsión.

Igualmente, la agente del Ministerio Público había requerido la elevación a juicio oral para los abogados Luz Bella Pereira Fernández por cohecho pasivo, extorsión y por la coautoría de tráfico de influencias, y en el caso de José Emilio Vega Insfrán, está acusado por cohecho pasivo y tráfico de influencias, tras recibir G. 17 millones de un procesado.

La abogada Pereira Fernández es defensora de Mariano Ayala, procesado por tentativa de homicidio doloso.

Para solucionar el problema, Brusquetti supuestamente pidió una suma de dinero que quedó en G. 17 millones.

Este hecho fue denunciado por Ayala y la fiscalía montó una entrega vigilada. El 11 de mayo de 2012 se procedió al pago de la suma exigida, en el mismo despacho del fiscal Brusquetti. En esta oficina se encontraba el abogado Vega Insfrán, quien ofició también de mediador, según la acusación.

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