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Los constituyentes encomendaron a este órgano enjuiciar y remover a los magistrados judiciales y fiscales, por la comisión de delitos o mal desempeño de sus funciones.
Están exceptuados los miembros de la Corte Suprema de Justicia y el fiscal general del Estado.
Sin embargo, el cargo de defensor general también está bajo la supervisión del Jurado, lo cual es discutible desde el punto de vista en materia de jerarquía.
La ley reglamentaria número 4423/14 es la que define los pasos procesales para el juzgamiento de los magistrados. Esta ley sumó a la remoción la figura de apercibimiento, como sanción.
Se trata de una sanción de menor efecto. La remoción debe ser una sanción extrema a la que no se acude en todos los casos de mal desempeño de funciones, justifica la ley al exponer esta figura menos gravosa.
El Jurado, al igual que el Consejo de la Magistratura, tiene una composición heterogénea pero amplia. Lo conforman dos ministros de la Corte Suprema de Justicia, dos miembros del Consejo de la Magistratura, dos senadores y dos diputados.
La clase política se aseguró en ese sentido, pues los representantes del Congreso Nacional conforman la mitad del Jurado.
De hecho actualmente el Jurado está presidido por el senador colorado Óscar González Daher, quien responde al Presidente de la República.
Un órgano como el Jurado permite controlar los excesos de los magistrados.
Pero también se convierte en un factor de extorsión cuando sus miembros utilizan el órgano para presionar en pos de sus interese particulares, estudios jurídicos a los cuales están relacionados o mandatos interesados de los políticos.
El Jurado dictó sentencias que fueron publicitadas, como por ejemplo la remoción de magistrados que ordenaron la reincorporación de ministros de la Corte removidos por juicio políticos o la sanción a jueces que beneficiaron a narcotraficantes. Sin embargo, no termina de convencer.
Un caso llamativo por ejemplo fue el de Isidoro Olazar, exjuez de Lambaré.
Arreciaban las denuncias en su contra, pero el Jurado hacía oídos sordos.
Hasta que parece que una de las resoluciones de ese exmagistrado tocó a un político cuyo voto es necesario para la enmienda y entonces el Jurado actuó con todo el peso de la ley a fines del pasado año.
Al igual que el Consejo de la Magistratura, el Jurado de Enjuiciamiento está en la mira ante una posible reforma de la Constitución Nacional al ser considerado un órgano de presión y no un juzgador imparcial.
El Jurado debe recuperar su esencia. Tiene que ser implacable con aquellos magistrados deshonestos y proteger a aquellos que quieren trabajar. Sus sentencias deben dejar un mensaje y de esa forma dará un empujón a esta Justicia que hoy se ve sumisa ante los intereses de los poderosos.
ocaceres@abc.com.py