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“Feliz de comunicar que la verdad y la justicia dieron la razón a Paraguay: Corte de Washington rechaza demanda de caso Gramont Berres”, escribió en la noche del martes 21 de marzo del 2017 en su cuenta de Twitter el presidente de la República, Horacio Cartes, al anunciar el fallo de la jueza del Distrito Columbia (Washington DC, EE.UU.) Ketanji Brown Jackson.
El argumento principal de la magistrada es que el argentino-uruguayo Gustavo Gramont Berres (cuyo nombre verdadero es Benjamín Levy Avzarradel) no tenía inmunidad ni autorización oficial para gestionar los dos préstamos internacionales en nombre de Paraguay. Gramont falsificó burdamente documentos oficiales para conseguir el crédito y comprometer al Estado paraguayo. El Parlamento nunca aprobó el empréstito, por tanto, no tiene validez.
La demanda contra Paraguay fue presentada en EE.UU. por la aseguradora italiana SACE, que compró los títulos de la deuda de un sindicato de diez bancos internacionales, que a su vez adquirió los documentos del Overland Trust antes de que desaparezca del mercado financiero.
La SACE, que emitió la póliza de seguro del préstamo otorgado en 1986 por el banco Overland Trust a Gramont, pidió la ejecución de los fallos de la justicia suiza luego de haber negociado y pagado 24.900.000 euros a los 10 bancos internacionales que en principio habían demandado al Paraguay por el crédito.
La SACE reclama a Paraguay unos US$ 95 millones porque están seguros de que Gramont podía endeudarle al Paraguay a título personal. Pero para la jueza Brown Jackson el argentino-uruguayo no tenía facultad porque era un cónsul honorario en Ginebra y no tenía los plenos poderes. Además, Gramont había falsificado documentos oficiales para conseguir el crédito y comprometer a nuestro país. Encima confesó en juicio que cobró una coima de unos US$ 4 millones por la gestión.
Los diez bancos internacionales que demandaron a Paraguay en Suiza por la deuda de Gramont Berres, fueron: Banca di Roma International (Luxemburgo), Banca Popolare di Milano (Italia), Banque Bruxelles Lambert (sucursal Suiza), Cassa di Risparmio di Torino (sucursal Londres), DG Bank (Suiza), Mecfint (Jersey) LTD (Gran Bretaña), Republic National Bank Of New York (Italia), San Paolo Lariano Bank SA (Luxemburgo), Union des Banques Arabes et Francaises (Francia) y Paribas (Francia). Esta última había retirado la demanda porque el entonces presidente francés Jacques Chirac dijo que su país no debe estar involucrado en un fraude. El 31 de mayo de 2005 la justicia suiza condenó a Paraguay a pagar a pagar US$ 85 millones a los diez bancos. La deuda aumentó con los años.
Argumentos de la defensa paraguaya
La defensa de Paraguay sostuvo que, conforme a las leyes vigentes en EE.UU. (Distrito de Columbia), el Estado solicitó la “desestimación de la demanda” con una defensa previa al fondo de la cuestión, fundada en que nuestro país, como nación soberana, tiene inmunidad frente a la demanda presentada en EE.UU., no ha renunciado a dicha inmunidad y por tanto no puede ser demandado por SACE en la nación del norte.
Como causal adicional para la desestimación, Paraguay ha sostenido en su contestación que el juzgado de EE.UU. no tiene jurisdicción sobre el caso “según las leyes estadounidenses debido a que las partes y los hechos no tienen relación alguna con dicho país”, refiere la Procuraduría.
Historia de un fraude
Gramont nació el 14 de febrero de 1936 y fue cónsul honorario de Paraguay en Ginebra, Suiza. Luego el dictador Gral. Alfredo Stroessner le confirió el rango de embajador en misión especial o “embajador itinerante” en 1983, falsificó documentos oficiales y obtuvo dos empréstitos internacionales del banco Overland Trust de Ginebra (Suiza) en 1986 y 1987.
Con ese dinero supuestamente iba a instalar una planta procesadora de cítricos en La Colmena (Paraguarí) y la firma Lapachos San Isidro SA debió fabricar productos farmacéuticos, pero ninguna intención se concretó. Los dos préstamos no fueron aprobados por el Parlamento nacional, requisito ineludible.
Tras la caída de la dictadura, por alteración de instrumentos públicos y tentativa de estafa, Gramont fue condenado por el entonces juez Dr. Nelson Mora a 17 años de pena privativa de libertad, que la Corte Suprema de Justicia de Paraguay redujo a siete años y seis meses.
Luego, Gramont fue extraditado a Suiza y tras cumplir la pena carcelaria quedó en libertad, en tanto que sus cómplices –altos ejecutivos de la SACE– fueron condenados por la Justicia italiana por delitos financieros. Gramont tenía fuertes lazos con el dictador Stroessner y formaba parte de una organización de guantes blancos que se dedicaba a hacer este tipo de operaciones internacionales con bancos europeos. Generalmente, los países elegidos a ser estafados estaban en manos de dictadores. Gramont hoy vive en libertad en España junto a familiares.
Es pasible de apelación
El procurador Roberto Moreno Rodríguez informó que la empresa aseguradora italiana SACE aún puede apelar el fallo de la justicia de EE.UU.
Se ahorran US$ 95 millones
“En el caso Gramont Berres el Paraguay se ahorra cerca de US$ 95 millones”, dijo el procurador general Roberto Moreno. “Es un fallo histórico que hace que dejemos de ser vistos como un país bananero”, afirmó el alto funcionario.
“El país fue maltratado”
“Hasta ahora los bonos tienen esa mancha. Es muy importante el fallo porque una jueza federal de EE.UU. es la que está diciendo es una burla, una estafa”, expresó el procurador general Roberto Moreno.
SACE no demostró supuesta autorización
El fallo de la jueza del Distrito Columbia (EE.UU.) Ketanji Brown Jackson refiere: “La demandante SACE es una sociedad anónima italiana que ha presentado una acción que busca hacer cumplir dos sentencias de pago de dinero extranjero contra la Demandada República del Paraguay (sic)”.
“SACE alega que tiene todos los derechos sobre dos juicios de dinero suizo que son ‘ejecutables contra Paraguay bajo las leyes de Suiza’, ha presentado la acción de conformidad con la Ley de Reconocimiento de Sentencia de Dinero de Uniformes del Extranjero del Distrito de Columbia de 2011, orden que entra en juicio contra Paraguay por el equivalente en dólares de los EE.UU. de la suma de los montos de dinero suizo, además de otros intereses”, señala.
La jueza Brown Jackson agrega en su escrito: “De manera significativa para los presentes propósitos, la queja de SACE sostiene que este tribunal tiene la jurisdicción para recibir esta acción coercitiva según lo dispuesto en la Ley de Inmunidades Soberanas de la Unión Europea, 28 U.S.C. 1602-11 (sic), debido a que Paraguay renunció a su inmunidad soberana con respecto a las transacciones de préstamo sobre las que pesa la acción suiza de juicios de dinero en virtud de la ley federal, la Corte tiene el deber de hacer sus propias determinaciones fácticas independientes para determinar su autoridad bajo la ley Inmunidad Soberana de los Estados Unidos (FSIA, su siglas en inglés)”.
“Este tribunal ha concluido que la FSIA solo permite la renuncia a la inmunidad soberana por parte del agente de un estado extranjero si el agente tiene autoridad real, que Gramont ciertamente no poseía con respecto a la exención expresa de la inmunidad soberana en cuestión en este caso. Sobre esta base, SACE no ha cumplido con su carga inicial de demostrar que se aplica una excepción”, señala el escrito.
“No tenía inmunidad”
“Sobre la base de los hechos alegados en la denuncia y de las pruebas escritas presentadas a esta Corte, se concluye además que SACE no ha demostrado que Paraguay manifestó su asentimiento al ejercicio de la autoridad de Gramont en relación con las garantías, de manera que los bancos tenían una creencia razonable de que Gramont tenía el poder de ejecutar las garantías en nombre del Paraguay y a renunciar a la inmunidad del Paraguay contra la demanda”.
“Por lo tanto, la presunta inmunidad soberana del Paraguay bajo la ley Inmunidad Soberana de los Estados Unidos se mantiene indemne como una cuestión de derecho y de hecho, y esa inmunidad hace que esta Corte no tenga jurisdicción materia para conocer de la presente demanda”, expresa el fallo.
Desestimación
“Por consiguiente, y tal como se establece en la orden que la acompaña, debe ser concedida la petición del Paraguay de desestimar la queja de SACE”, refiere el escrito firmado por la jueza federal Ketanji Brown Jackson, el 21 de marzo del 2017.
martin.riveros@abc.com.py