Fiscalía avala posición del juzgado

“Esta representación fiscal no comparte con lo manifestado por el señor Emigdio Benítez y sostiene que el hecho de que una rendición de cuentas esté pendiente de resolución que se presenta en sede del Tribunal de Cuentas no obstaculiza en nada absolutamente que el Ministerio Público, siempre y cuando tenga suficientes elementos de sospecha, formule imputación y continúe con el ejercicio de la acción penal pública en la persecución del hecho punible de lesión de confianza imputado al señor Emigdio Benítez”. Así manifestó su posición el fiscal Martín Cabrera sobre el pedido del exgobernador, que tiene medidas sustitutivas a la prisión.

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Siguió diciendo que ante la sospecha de la implicancia de Benítez, el Ministerio Público cumplió con su obligación legal de iniciar la investigación con todo lo que ello implica, conforme a lo que estable el artículo 18 del CPP, que reza textualmente “...El Ministerio Público estará obligado a promover la acción penal pública de los hechos punibles que lleguen a su conocimiento, siempre que haya suficientes indicios fácticos de las existencia de los mismos...”.

Cabrera manifiesta que al contar con elementos suficientes de sospecha sobre la existencia del hecho que se consignan en la imputación, la fiscalía formuló imputación por el hecho punible de lesión de confianza contra Emigdio Benítez.

“El mismo tenía la obligación de proteger el interés patrimonial de la Gobernación de Presidente Hayes, obligación que aparentemente se vio descuidada al librar cheques oficiales de la institución sin que existieran documentaciones necesarias para justificar dichas liberaciones”, menciona Cabrera.

“Es importante mencionar y resaltar que el imputado, el señor Emigdio Benítez, tiene todas las garantías constitucionales y legales dentro de esta investigación de presentar las documentaciones que hagan a su descargo, si así lo considera conveniente”, señala el escrito del fiscal anticorrupción.


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