Extinguieron dilatada causa de extitular de Copaco

Jorge Magno Candia fue beneficiado con la extinción de su proceso por lesión de confianza, en una dilatada causa que se inició en 2007 por la no ejecución de una póliza que produjo un daño patrimonial de 473.000 euros a la Copaco. El tribunal de sentencia otorgó el sobreseimiento definitivo por reparación del perjuicio pese a la oposición del Ministerio Público y de que no fue el procesado el que resarció el dinero, sino la empresa alemana T-System, que perdió un laudo arbitral, situación a la que se llegó tras las gestiones de la Procuraduría General de la República.

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Candia, conocido seccionalero colorado y actual concejal de Mariano Roque Alonso, quedó impune en el proceso por el millonario perjuicio, cuyo juicio oral estaba pendiente desde el 2011.

A pesar de las chicanas promovidas y que el caso casi cumplió 9 años, ni Candia ni sus abogados defensores fueron sancionados ni sumariados por la Corte.

El tribunal de sentencia integrado por las juezas Liza Battilana, Rosarito Montanía y Lourdes Peña decidió extinguir el proceso por reparación del daño.

Durante la etapa de incidentes, el defensor público Federico Hetter presentó un pedido de excepción de extinción de la acción alegando que no existe daño patrimonial al darse por resarcida la Copaco por parte de la empresa T-Systems, que perdió un laudo arbitral gracias a la gestión de la Procuraduría General de la República y tuvo que pagar 473.484,13 euros.

El fiscal de Delitos Económicos Martín Cabrera, en su contestación del incidente, pidió el rechazo de la extinción, debido a que no partió de Magno Candia la reparación del daño, como establece el inciso 10 del artículo 25 del Código Procesal Penal, en lo que refiere a la reparación integral del daño particular o social causado a la víctima.

“Si bien la Copaco ha percibido 473.484,13 euros, dicha recuperación fue a través de las gestiones realizadas por la propia Copaco SA con intervención de la Procuraduría General de la República, sin que para dicha reparación patrimonial o recuperación del dinero que la compañía había pagado en forma anticipada a la empresa alemana, haya intervenido de modo alguno el Ing. Jorge Candia y mucho menos haya el mismo erogado de su patrimonio el monto recuperado, por lo que no se da lo que establece el inciso 10 del artículo 25 del Código Procesal Penal en lo que refiere a la reparación integral del daño particular o social causado a la víctima, en este caso la Copaco SA, que si bien recibió el monto establecido en el laudo como ya dijimos, no se debió a la voluntad del hoy acusado Jorge Ramón Magno Candia”.

En otro punto, Cabrera explicó que “las partes se sometieron a un tribunal arbitral que el 22 de setiembre de 2009 culminó resolviendo que corresponde la devolución de 474.249 euros a favor de Copaco, por parte de la empresa T-Systems Enterprise Services GMBH. En consecuencia, habiéndose determinado en el laudo arbitral el valor exacto de lo debido por la firma T-Systems a favor de Copaco SA, puede afirmarse que el perjuicio ocasionado a la empresa mencionada precedentemente asciende a euros 474.249 que no hubiese acontecido de haber el acusado Jorge Magno Candia previsto y aplicado la cláusula que permitía a la empresa Copaco SA recuperar íntegramente el valor del pago anticipado realizado, que todas estas circunstancias constituyen la base de la acusación formulada por parte del Ministerio Público”.

El agente adelantó que apelará la extinción concedida por el tribunal y que sea fijado un nuevo juicio oral y público. Insiste en que el extitular de Copaco no podía ser beneficiado con la reparación de un tercero.

En otros casos, no

Las juezas Battilana, Peña y Montanía no tuvieron en cuenta la postura del fiscal acusador para decretar el sobreseimiento definitivo de Jorge Magno Candia, ni jurisprudencia como la del extitular del Indi, Rubén Darío Quesnel, quien intentó beneficiarse con una reparación de otra procesada en el caso de venta de tierras indígenas, pero fue condenado igualmente a 6 años de cárcel.

A esto se suma que las propias juezas Liza Battilana y Lourdes Peña fallaron en contra, en diciembre pasado, de la extinción por reparación en el juicio oral por medicamentos oncológicos vencidos. En ese ocasión dos exdirectores del Ministerio de Salud, José María Ruiz Díaz y Federico Fabián Gill (condenados a 3 años de cárcel), pretendieron beneficiarse con la condonación de deudas por parte de farmacéuticas. El fiscal de la causa, José dos Santos, había pedido el rechazo con el mismo argumento de su colega Martín Cabrera, pero en esa ocasión fue con éxito.

griselda@abc.com.py

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