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La fiscala Silvia Cabrera pidió a PDVSA que informe si a partir del año 2005 se suscribieron Acuerdos de Cooperación Energética con otros países de Latinoamérica, en caso afirmativo, cuáles serían, y la remisión de los textos oficiales correspondientes. A su vez, preguntó si los acuerdos realizados con otros países de Latinoamérica mantienen el esquema de financiamiento otorgado a Paraguay para la compra de hidrocarburos.
También, pretendía saber si la tasa Libor de 3 meses más 2,24% aplicada al Paraguay, en los contratos SA 128733, SA 130165, SA 130262, SA 133864, SA 134228, es la misma aplicada a otros países de Latinoamérica y si en el marco de la Ejecución del Acuerdo de Cooperación Energética de Caracas (ACEC) con Paraguay cuál fue el artículo aplicado con relación a la financiación de la compra de gasoíl en los contratos SA 128733, SA 130165, SA 130262, SA 133864, SA 134228. En el caso de que la aplicación sea de la cláusula cuarta del Acuerdo del ACEC, informe si dicho artículo es aplicado en forma conjunta o separada. También, buscó interiorizarse sobre si el interés del 2% FLAT mencionado en el inc. a) de la disposición 4ª del ACEC, constituye un recargo o una tasa de interés anual, entre otros puntos. La justicia venezolana debía tomar además declaraciones testificales a Asdrúbal Chávez, director ejecutivo de PDVSA en 2006; Fernando Valera, director ejecutivo en 2008 y Jarvin Sandoval, funcionario de PDVSA.