En manos de la justicia

El despachante de Aduanas, abogado Hernán Liseras, afronta hoy su audiencia preliminar, en medio de un cuestionado actuar de la fiscalía, pues el fue acusado por lavado de dinero, paradójicamente sin imputación previa.

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El letrado Hernán Lázaro Liseras Osorio se presenta en la fecha ante el juez penal de Garantías Humberto Otazú para su audiencia preliminar en el marco de la causa en su contra por lavado de dinero y asociación criminal. Igualmente otros procesados enfrentan esta etapa judicial.

Liseras fue procesado primeramente por narcotráfico, ya que en 2016 se lo involucró con el cartel mexicano de Sinaloa. Es más, para el Ministerio Público y para la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad), el mismo proporcionó cobertura e infraestructura a los integrantes de la red internacional.

Proceso viciado

Sobre la audiencia, Liseras señaló que para que el proceso judicial se realice de buena manera, las leyes establecen las etapas, formas y formalidades que se deben respetar. Todas ellas especificadas en el Código Procesal Penal. “Existe evidentemente, en todos los estratos sociales e instituciones públicas, ideas de perseguirle a las personas inocentes que se someten a las leyes positivas de la República”, declaró.

A todo esto, el letrado recordó que el 10 de diciembre de 2016 fue imputado por narcotráfico internacional y asociación criminal y luego, el 21 de noviembre de 2017, la fiscala Zully Figueredo pidió su sobreseimiento definitivo y la abreviación de plazo. En esa misma fecha debía culminar su proceso. Sin embargo, solo se suspendió el proceso por narcotráfico internacional que pesaba sobre él. Esto fue confirmado por el juez Penal de Garantías, Paublino Escobar en diciembre de 2017.

Pero, sorpresivamente el 9 de diciembre de 2017, fuera del plazo procesal establecido, la fiscala Lourdes Bobadilla lo acusa por asociación criminal, hecho punible que quedó flotando desde la causa anterior y también “me acusó sin estar imputado por lavado de dinero”.

Esto aún cuando el artículo 17 “de los derechos procesales”, numeral 7 de la Constitución Nacional establece: “la comunicación previa y detallada de la imputación, así como disponer de copias, medios y plazos indispensables para la preparación de su defensa en libre comunicación”. Según dicho artículo, “esto no ocurrió conmigo”, manifestó Liseras, quien agregó que “la fiscalía actuó de forma premeditada”.

Liseras relató que tras su sobreseimiento, el juez Escobar impugnó la acusación en su contra, pero Humberto Otazú volvió a impugnar esa decisión el 2 de enero de 2018. La causa fue a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia el 16 de abril de 2018 y el alto tribunal confirmó a Otazú como juez de la causa. Mientras tanto, él seguía preso en Emboscada.

Ya el 10 de mayo de 2018 el secretario del citado juez, realizó un informe sobre los procesados sin antes haber revisado el expediente judicial ni la carpeta fiscal. Esto se notó, cuando Otazú admitió la acusación contra Liseras, pese a que ni siquiera fue imputado. El artículo 282 del Código Procesal Civil establece que el juez es Penal de Garantías y Control, por lo que debe controlar si se cumplieron o no los presupuestos jurídicos.

Resignado ante lo que ocurre, Liseras dijo que confía en que Otazú le dará su sobreseimiento definitivo en la causa.

ariel.espinoza@abc.com.py

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