En el 2016 llegaría la “revolución” a la Corte Suprema

La nueva ley del Poder Judicial, que elabora una comisión nacional integrada por representantes de los tres poderes del Estado, busca mejorar el servicio de la administración de justicia separando las funciones administrativas de la Corte Suprema e imponiendo mecanismos que puedan combatir la corrupción. Así lo sostuvo la doctora María Victoria Rivas, coordinadora de la comisión que trabaja en el anteproyecto. La coordinadora de la comisión estima que la nueva ley podría ser sancionada este año y que en el 2016 se registraría el “gran cambio” o la nueva revolución en la Corte Suprema, tribunales y juzgados de todo el país.

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“Yo creo que este anteproyecto es una de las reformas judiciales más importantes que el país está asumiendo después de la Constitución de 1992”, sostuvo la doctora María Victoria Rivas, directora del Centro de Estudios Judiciales (CEJ) y coordinadora de la Comisión Nacional encargada de la redacción de la nueva ley del Poder Judicial.

La Comisión Nacional fue establecida por ley y está dividida en dos subcomisiones integradas por representantes del Poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial, quienes se reúnen los lunes y martes para analizar los artículos de la futura legislación.

En su carácter de coordinadora, la doctora Rivas es la que fija las tareas de comparaciones de legislaciones, disposiciones de convenciones internacionales y antecedentes de legislaciones que son utilizadas en las reuniones de los anteproyectistas para la elaboración de los artículos de la futura ley.

Según la ley que regula la integración y funcionamiento de la comisión nacional, esta tiene seis meses de plazo para entregar el anteproyecto al Congreso Nacional.

En opinión de la coordinadora, la nueva ley del Poder Judicial podría sancionarse este año y el gran “cambio” o “revolución” se podrá observarse a partir del 2016 en el seno de la Corte Suprema de Justicia, juzgados y tribunales de toda la República.

La norma legal proyectada contempla importantes cambios en las funciones de la Corte Suprema de Justicia, indicó la doctora Rivas.

Dijo que se busca potenciar las funciones de la cúpula judicial en tareas jurisdiccionales, o sea, obligar a lo ministros de la Corte a dedicar más tiempo en estudiar y resolver expedientes de procesos y no distraerse en asuntos administrativos.

Según denuncias de abogados litigantes, el presidente y miembros de la Corte Suprema de Justicia pierden mucho tiempo en estudios de fojas funcionarios y nombramientos de los mismos así como en las firmas de cheques, vales, autorizaciones para compras de insumos y otros asuntos relacionados a tareas que deben estar a cargo de gerentes operativos en cuestiones administrativas.

El anteproyecto de la nueva ley contempla la desvinculación de la Corte Suprema de esos trabajos administrativos y contables, indicó la coordinadora de la comisión nacional.

“Los grandes pasos que se están dando en la ley son las decisiones de potenciar las funciones jurisdiccionales de la Corte”, remarca la doctora Rivas.

La coordinadora de la comisión nacional destacó “la dinámica” y las “discusiones abiertas” que se registran durante los debates sobre las propuestas de los diversos artículos para el anteproyecto de legislación.

Al justificar la necesidad de modificar las disposiciones legales relacionadas al Poder Judicial, la doctora Rivas dijo que las legislaciones de la administración de justicia “están muy desfasadas” y requieren de una actualización y reforma.

Al afirmar que “la comisión tiene que producir sus resultados en seis meses”, la doctora Rivas dijo que las “propuestas intermedias” podrían registrarse entre mayo y junio de este año.

Entendió que las subcomisiones están realizando un buen trabajo e indicó que las tareas del grupo son apoyadas con sugerencias y aportes de la Asociación de Fiscales, gremios de magistrados. Indicó que ahora también se decidió contar con la participación de representantes de gremios de profesionales abogados.

Contó que una de las subcomisiones trabaja en la confección de normas relacionadas a las atribuciones y obligaciones jurisdiccionales de la Corte Suprema, mientras que el otro grupo tiene la tarea de analizar futuros artículos relacionados a las causales de enjuiciamiento de los fiscales, jueces de primera instancia, magistrados de segunda instancia y defensores públicos.

Las normativas relacionadas a los mismos se analizan de acuerdo a las propuestas que plantean legisladores, asociaciones de magistrados y entidades como el Jurado de Enjuiciamiento (JEM).

Las propuestas de normativas son estudiadas detalladamente y tras ser puestas a consideración de los integrantes de la comisión se las aprueban para posteriormente ser sometidas a nuevos análisis técnicos por parte de magistrados y legisladores que representan al Poder Judicial y al Congreso Nacional.

Una novedad para las logias

Otra de las novedades “revolucionarias” de la nueva ley del Poder Judicial es la disposición que prevé el procesamiento y destitución de todo juez o fiscal masón que favorezca a su “hermano” de logia con una resolución o sentencia.

La normativa que advierte sobre esta causal de proceso y remoción de los magistrados también afectará a los administradores de justicia ligados al Opus Dei que dicten fallos a favor de sus hermanos de cofradía, según los anteproyectistas.

Igual suerte de destitución correrán los administradores de justicia afiliados a algún club, entidad social o cooperativa que favorezca a sus compañeros o amigos que formen parte de esas agrupaciones.

Lo que en este caso se busca es sancionar a los agentes fiscales o jueces que dictaren un fallo en un caso concreto, influenciados por la pertenencia que poseen a una entidad específica, concluyeron los integrantes de la comisión nacional.

Sin embargo, los anteproyectistas advirtieron y determinaron que los magistrados no podrán ser sancionados por ser masón, devoto de una secta o religión o militante activo de una entidad social, cooperativa o religiosa.

Esas afiliaciones forman parte del derecho libre de asociación que está garantizado por la Constitución Nacional, salvo las partidarias que están expresamente mencionadas como causales de remoción.

Integrar una logia masónica o ser miembro de una cofradía religiosa no será causal de proceso ni remoción, según los argumentos esgrimidos por los miembros de la comisión de anteproyectistas.

Se busca evitar que los administradores de justicia favorezcan a sus “hermanos” de logias y asociaciones a fin de evitar que se desvirtúe el verdadero rol de la justicia, coincidieron en señalar quienes argumentaron a  favor de esta disposición.

Según las denuncias, se dieron casos de magistrados “schoenstattianos” (devotos de la Virgen de Schoenstatt) que dictaron alevosos fallos a favor de sus socios de cofradía.

Tampoco faltaron los fanáticos del Opus Dei, también metidos en la administración de justicia, que hicieron imposibles para favorecer a miembros de esa agrupación religiosa que aparecen como impulsores de procesos judiciales.

También están los magistrados socios de clubes sociales o de instituciones cooperativas que sin empacho favorecen a socios o compañeros que tienen en esas entidades, según exposiciones realizadas por quienes trabajan en la elaboración de la nueva legislación para el Poder Judicial que estaría en vigencia en el 2016.

eruizdiaz@abc.com.py

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