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Igor Cáceres y Luis Piñánez acusaron y pidieron juicio oral para el comisario general Alvarenga, como autor de lesión de confianza. Por su parte, el suboficial Roberto Osorio fue acusado por estafa y producción de documentos no auténticos, junto con el exgirador Juan Mendoza.
Los playeros de estaciones de servicios Miguel Barrios, Robert Flores, Gustavo Aquino, Claudio Montiel, Carlos Gómez y Pedro Delgado fueron acusados por hurto y complicidad en estafa.
“De la declaración indagatoria del comisario Juan Mendoza, surge que este comunicó al comandante de la Policía Nacional, Francisco Pastor Alvarenga, sobre la posibilidad de solicitar tarjetas libres a Petropar, a ser utilizadas para casos excepcionales como para vehículos de antisecuestros y vehículos de inteligencia. En consecuencia el comandante le solicitó verbalmente al comisario Juan Mendoza que efectuara un pedido a Petropar de seis tarjetas libres”, dice la imputación.
Los fiscales traen a colación que el entonces administrador de la Policía, Carlos Jara Adorno, declaró que “recién al momento de la constitución del Ministerio Público a la dependencia de la Comandancia de la Policía Nacional me entero según manifestaciones del Sr. comandante Francisco Alvarenga, que fue el mismo que había autorizado en forma verbal la emisión de solamente 6 tarjeta libres para tareas de investigación e inteligencia”.
La fiscalía deja sentada su postura. “Es posición del Ministerio Público que el acusado Francisco Pastor Alvarenga, al solicitar las tarjetas libres al portador, omitió la necesidad obligatoria de la firma de una adenda del convenio, ya que las tarjetas libres eran un producto no establecido en el convenio N° 14/2015. Sin embargo, el comandante de la Policía Nacional al solicitar las tarjetas libres incumplió la obligación que tenía como garante y protector del patrimonio estatal de velar por el buen cumplimiento y ejecución de los convenios, violando la aplicación del mismo”.
El Ministerio Público cita lo establecido en el Convenio N° 14/2015, en su cláusula N° 10 que dice: “Cualquier modificación parcial o total de las cláusulas del presente convenio, que se convenga durante su cumplimiento, no implicará dejar sin efecto las demás cláusulas del mismo. Dicha modificación debe ser aprobada y autorizada por las partes mediante la firma de una adenda, requisitos sin los cuales la misma no tendrá validez”.
Otro procesado clave es el suboficial Osorio. Este policía fue el cerebro que tramitaba las tarjetas –con el visto bueno de sus superiores– y enviaba al suboficial Rosalino Benítez a las estaciones de servicios.
Benítez pagaba a playeros que hacían consignar cargas de combustibles, pero en realidad entregaban dinero en efectivo que iba a parar en manos de Osorio.
La fiscalía también advierte sobre la relación entre el suboficial Roberto Osorio.
“La primera de esas circunstancias se da al momento de la constitución realizada en el estacionamiento Vector, ubicado en la Plaza de la Democracia, en el centro de la Ciudad de Asunción. El Ministerio Público llegó a conocimiento de que el suboficial Roberto Osorio pagaba estacionamientos mensuales en el lugar, circunstancia verificada al hablar con los responsables del estacionamiento”, indica.
La investigación refiere que hasta compartían vehículos.
“De todo esto se desprende inequívocamente que el suboficial Roberto Osorio pagaba el estacionamiento para el vehículo del hijo del comandante, Francisco Pastor Alvarenga. Así las cosas, inclusive puede afirmarse que compartían el uso de una Toyota modelo Hilux, porque de otra forma, cómo se puede explicar la tenencia de la llave de la camioneta por parte del acusado Francisco Pastor Alvarenga”, resalta el escrito.
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