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Todo se inició cuando la defensa de Alvarenga y Rotela, representada por los abogados Javier Timoteo González, Joel Talavera y Édgar Melgarejo Ginard, planteó un recurso de reposición con apelación en subsidio contra la providencia del juez Gustavo Amarilla, quien aceptó la imputación por enriquecimiento ilícito de los fiscales Aldo Cantero y Luis Piñánez.
Durante la audiencia, se discutió el tiempo de duración de la investigación, debido a que con relación a Alvarenga se trataba de una ampliación, porque antes fue imputado por lesión de confianza, debido al escándalo del negociado con tarjetas de combustible.
En el considerando de la resolución, Amarilla establece que la pesquisa por enriquecimiento solo debe subsumirse al tiempo de la lesión (abril de este año), pero rechaza la reposición de la defensa en el resuelve.
Los fiscales Cantero y Piñánez piden una aclaratoria y Amarilla la rechazó y se ratificó en el cercenamiento del plazo de la investigación por enriquecimiento.
Finalmente, los investigadores optaron por recurrir esa aclaratoria y la Cámara de Apelaciones la declaró inadmisible.
A criterio de los camaristas de la Primera Sala, Gustavo Ocampos y Bibiana Benítez (mayoría), con la disidencia de Pedro Mayor Martínez, los fiscales plantearon mal la apelación porque debían apelar el Auto Interlocutorio N° 745 por el cual el juez Amarilla rechazó la reposición.
“Siendo recurrida solo la resolución que contiene la aclaratoria (N° 777) y no la principal (N° 745) a la que se remite y convalida formando un todo, no acreditándose el agravio que ello acarrearía a la parte recurrente, en consecuencia, corresponde declarar inadmisible el recurso interpuesto”, dice la Cámara, en mayoría.
Por su parte, Mayor Martínez votó por la nulidad (de oficio) de la resolución N° 745 que cercena a solo un mes la investigación fiscal de enriquecimiento ilícito.
También, los camaristas Benítez y Ocampos le dieron la razón al juez Gustavo Amarilla en el sentido de que tanto Alvarenga como su esposa no pueden ser investigados por enriquecimiento ilícito por los últimos 10 años, sino por el periodo comprendido entre el 26 de marzo y 30 de abril pasado, tiempo en el cual se constató el robo de combustibles con los cupos que le pertenecían a la Policía Nacional.
Ahora, el Ministerio Público debe establecer qué mecanismo utilizará para sanear la investigación por enriquecimiento. Se baraja la posibilidad de volver a imputar por el plazo que no entró en este proceso.
Mientras tanto, Alvarenga y su esposa gozan del desmedido aumento de su patrimonio debido a que se constató que al asumir el cargo de comandante, en 2013, declaró bienes por G. 226 millones y salió dos años después con G. 2.400.000.000. Cuenta con diez inmuebles que serán objetos de tasación.
Defensa alega que advirtió anormalidades a magistrado
El abogado Édgar Melgarejo Ginard, quien ejerce la defensa del excomandante de Policía Francisco Alvarenga y su esposa Mirta Rotela junto con Javier Timoteo González y Joel Talavera, indicó que ya advirtió contradicciones y presumibles actos de investigación de la fiscalía a espaldas del juez Gustavo Amarilla.
Melgarejo dijo que en otros casos la Unidad de Delitos Económicos resolvió abrir diferentes procesos, cuando dentro de una causa encontró otros tipos penales, como enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.
En ese sentido, advirtió que él mismo representa al exfiscal Rubén Villalba, quien cayó con una coima con los fiscales René Fernández y Luis Piñánez, y ahora es indagado por presunto enriquecimiento ilícito y lavado de dinero por la fiscala Victoria Acuña, en otro proceso derivado del primero.
Asimismo, expresó que el propio fiscal Aldo Cantero ya tomó una determinación similar cuando acusó a Enzo Cardozo, exministro de Agricultura y actual senador liberal, por el desvío de G. 68.000 millones, y encontró más indicios de desaparición de otros G. 35.000 millones y remitió a su adjunto para un análisis. Finalmente, ese caso fue derivado a su colega Victoria Acuña.
La defensa objeta que primeramente Alvarenga fue imputado por lesión de confianza por el desvío de más de mil millones con tarjetas de combustibles al portador de la Comandancia de la Policía Nacional, cuyo escándalo lo terminó por tumbar del cargo.
Luego, durante esa investigación el Ministerio Público se percató de su incremento patrimonial y en la misma causa amplía la pesquisa por enriquecimiento ilícito.
Estas anormalidades fueron referidas en la audiencia oral de reposición y apelación en subsidio contra la providencia que aceptó la imputación penal.
Finalmente, Amarilla le dio la razón en la limitación del plazo e indicó que la fiscalía podía indagar el enriquecimiento producto de la lesión de confianza solo del 26 de marzo al 30 de abril de este año.
La defensa del excomandante también dijo que los fiscales Aldo Cantero y Luis Piñánez pretendían realizar actos investigativos a espaldas de la defensa.
En ese sentido, Melgarejo manifestó que el 25 de junio de este año presentó un escrito y denunció las anormalidades procesales y peticionaron el control judicial.
La defensa pidió que Amarilla solicite un informe al Ministerio Público porque supuestamente se iban a realizar tasaciones de diez inmuebles, objeto del enriquecimiento, sin su participación. “Bajo su digno cargo, interceda y solicite informe al respecto, a fin de realizar el debido control judicial, dado que esta diligencia se está realizando inaudita parte y a espaldas de la defensa, violando principios y garantías procesales...”, fue el pedido.
Una “puerta” para las defensas
Para el fiscal Aldo Cantero, el cercenamiento de la investigación por enriquecimiento ilícito del matrimonio Francisco Alvarenga y su esposa Mirta Rotela de Alvarenga, es una “puerta” para que otros involucrados busquen sacar ventajas procesales.
El agente recordó que el exsuboficial Roberto Osorio fue imputado por estafa, producción de documentos no auténticos y enriquecimiento ilícito, y está hace cinco meses preso en Tacumbú. El caso se originó con el escándalo del desvío de G. 1.159 millones con tarjetas free (al portador) de combustibles de la Policía Nacional. “En el marco de ese proceso, en el que incluimos por lesión de confianza a Francisco Alvarenga, descubrimos el desmedido aumento de su patrimonio e imputamos porque al tener la acción penal, es potestad del Ministerio Público hacerlo”, refirió Cantero.
A su vez, el agente indicó que el juez Gustavo Amarilla hasta la audiencia preliminar debe controlar que la fiscalía no realice alguna diligencia contraria a la ley, y en todo caso en la preliminar rechazar la acusación fiscal.
Por su parte, el fiscal Luis Piñánez ratificó que el Ministerio Público planteó bien la apelación contra la aclaratoria denegada por Amarilla.
“No podíamos irnos contra el Auto Interlocutorio N° 745 debido a que el resuelve rechazaba una reposición a la defensa, a la que nos opusimos, por lo que no nos causó agravio. Sin embargo, el rechazo de nuestra aclaratoria sí nos causó debido a que limitó el plazo de la investigación a un mes, siendo que el objetivo es hacerlo por los últimos 10 años”, indicó el fiscal.
Sobre el punto, ahondó: “Si nos íbamos contra la resolución original, la Cámara nos iba a decir qué agravio les causa si la reposición de la defensa fue denegada y la fiscalía pidió su rechazo en la audiencia”.
Ahora, ambos fiscales analizan presentar otra imputación por enriquecimiento ilícito por el resto del plazo que no es objeto de este proceso con el juez Gustavo Amarilla.
griselda@abc.com.py