Desacertada aprobación de la Comisión de Reforma Judicial

La Comisión de Reforma Judicial aprobó en una de sus sesiones la posibilidad de que los magistrados sean habilitados para la elección de los integrantes por el segmento de los abogados ante el Consejo de la Magistratura.

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Los representantes de la Corte Suprema de Justicia en dicha comisión se opusieron a esa posibilidad señalando entre otras cosas que los magistrados son abogados por exigencia de la función, sin ejercer o hacer uso de la matrícula e igualmente indicaron el riesgo de contaminación si participan en ese tipo de elecciones en relación con su independencia.

Contrariamente, los que abogaron por la inclusión de los magistrados como electores de los representantes de los abogados fueron los voceros de los gremios de jueces, fiscales y actuarios, argumentaron sobre la necesidad de participación democrática y que se los “defienda” en el Consejo de la Magistratura, ya que presuntamente el representante de la Corte Suprema de Justicia solo representa a dicha instancia.

Existen alrededor de 42.000 abogados con la matrícula habilitada. El que pretenda representarlos ante el Consejo de la Magistratura deberá crear u organizar una estructura electoral casi igual o mejor que la de un candidato a diputado nacional, acudir a los partidos políticos y contar con los recursos suficientes para tentar alguna posibilidad de sentarse en el curul de los consejeros.

Ahora con esta reforma so pretexto de la participación y la defensa, seríamos parte del electorado de un segmento que nos identifica por la profesión, pero que en casi todos los casos nuestros intereses difieren.

El abogado de la matrícula con o sin razón critica, cuestiona y denuncia a jueces y fiscales; participa en la elección de sus representantes ante el Consejo de la Magistratura, seducido más de las veces por la promesas de los candidatos de ocupar un cargo en el servicio de justicia.

Si la propuesta es aceptada, los candidatos en tiempos electorales actuarán no ya en forma desembozada si no estarán habilitados a visitar los despachos. Si el juez comete el error de dar a conocer sus preferencias o asistir a los eventos electorales organizados por los candidatos, corre el riesgo de exponerse a situaciones inadecuadas.

Es igualmente desacertada la inclusión del magistrado como futuro elector de los representante de los abogados, ya que es bien sabido que las elecciones de los candidatos es una expresión altamente política en la que intervienen partidos y actores políticos, en un clima más de las veces de enfrentamientos y no de cordialidad, y el juez por la función que cumple debe rehuir cualquier intervención que suponga falta de parcialidad en su desempeño profesional. Su participación en ese tipo de escenario dará pie a que uno de los candidatos pueda agraviarlo por la demostración de sus preferencias.

La llamada participación democrática o la presunta falta de representación en el Consejo de la Magistratura no se va a solucionar apoyando al candidato más “interesante” o el más “agraciado” de los abogados. Hubiera sido por demás auspicioso que se explorara la posibilidad de incluir en el futuro a los representantes, tanto de los jueces, fiscales y defensores en el Consejo de la Magistratura –por más que exista a la fecha obstáculo de rango constitucional–. Con eso se justificaría la llamada participación democrática o la falta de representación en ese organismo extra poder.

El camino para consolidar la independencia del Poder Judicial en nuestro país encuentra numerosos obstáculos. Algunos prefieren para potenciar sus cargos acudir a los atajos políticos antes de promover mecanismos que nos puedan beneficiar como parte del sistema de justicia. Uno de ellos es la ley de carrera, además, una ley de jubilación más digna. Estas herramientas jurídicas nos daría mayor énfasis, un sentido de pertenencia y apego al buen desempeño en nuestras funciones.

Finalmente si la propuesta es aceptada, implicará un obstáculo más de los que ya se tiene en la lucha por la consolidación de la independencia del Poder Judicial, que en nuestro medio no solo debe ser funcional sino personal. Que un juez intervenga en actos electivos que no le compete, es exponerse a exigencias o situaciones inadecuadas y sobre todo socialmente decrecer la credibilidad que hasta el momento nos cuesta consolidar.

(*) Juez de Sentencia. Doctor en Ciencias Jurídicas y Máster en Ciencias Políticas

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