Consejo, con siete miembros

El Consejo de Auditoría de la Nación en Argentina es un órgano colegiado previsto en la Constitución Nacional, aunque todavía no está reglamentado su funcionamiento, explicó el auditor general Horacio Pernasetti, quien desempeña el cargo desde el 2005.

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El órgano se rige por la Ley de Administración Financiera, que data del año 93. “Esa ley determina los distintos sistemas de la administración, sistema de contabilidad pública, sistema presupuestario, sistema de la tesorería y un sistema de control que tiene dos partes: El control interno que está a cargo del propio Poder Ejecutivo a través del síndico general de la Nación designado por el presidente y removido por el presidente, con delegaciones en cada uno de los ministerios; y un órgano de control externo, que depende del Congreso y cuyos informes son dirigidos al Congreso independiente. Son informes técnicos, no solamente de auditoría financiera sino de auditoría de gestión, de cumplimiento de objetivos y metas, y ambientales”, refirió Pernasetti.

Agregó: “La Auditoría General de la Nación está compuesta por un cuerpo colegiado que tiene siete miembros, tres son elegidos por la Cámara de Diputados, dos representan al partido de la mayoría y una a la minoría, los otros tres por el Senado de la Nación, también de la misma forma, dos por la mayoría y una por la minoría, pero con una característica que el presidente del organismo es elegido por el Congreso a propuesta del partido de la oposición con mayor número de legisladores. Siempre el presidente de la Auditoría va a ser alguien del partido de la oposición. Si bien hay un presidente de la oposición en la práctica, hoy en el organismo la mayoría la tiene el oficialismo con cuatro representantes y la oposición tres. No obstante, dada la naturaleza eminentemente técnica del trabajo que hacemos, diría que el 98% de los informes salieron por unanimidad, fruto de un trabajo consensuado”.

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