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Luego de casi un mes de juzgamiento, culminó el juicio oral y público en el caso de la muerte de Jesús Daniel, de cinco años, quién había sido encontrado muerto el 18 de marzo del 2015. El autor del hecho fue su padre, Julio César González Cáceres. Con los votos en mayoría de los jueces Christian González y Sonia Villalba, el autor fue condenado a la pena de 27 años de cárcel. El tercer magistrado, Christian Bernal, solicitó una condena de 30 años.
El hombre confesó a los magistrados los detalles del asesinato a su hijo Jesús Daniel González Benítez. Es por eso que para los jueces no existieron dudas acerca de la responsabilidad del acusado y descartaron que padeciera trastornos mentales. Para los juzgadores, González estaba en pleno uso de sus facultades mentales.
Varios testigos declararon en el juicio, entre ellos la psiquiatra Cinthia Oviedo, quien evaluó al acusado días después de cometer el crimen. La misma indicó al tribunal que Julio César González no poseía trastornos mentales crónicos, pero sí problemas de personalidad. Otra de las profesionales de la psiquiatría que declaró es Nancy Monges, quien calificó a Benítez de sicópata, por sufrir de trastorno disocial de la personalidad.
Por su parte, Gabriel Quintana había declarado que encontró el cuerpo al costado de la ruta, dijo que vio que el cadáver estaba boca arriba, tapado con una toalla, al lado de una mochila en la cual estaba escrito “Mabel” y su número de teléfono. El cuerpo sin vida del niño Jesús Daniel fue hallado el 18 de marzo del 2015 en el kilómetro 43 de la ruta Troncal III, de Chaco’i donde hasta hoy día está un nicho en el cual los pobladores de la zona llevan flores y prenden velas. Tras cometer el crimen, el hombre huyó y fue capturado el 29 de abril del 2015 en la ciudad de Buenos Aires, Argentina, por agentes de la Interpol de la Policía Federal y posteriormente fue extraditado a nuestro país. Mabel Benítez, madre del niño, había denunciado a las autoridades que su expareja la amenazaba constantemente con matar al pequeño, pese a eso, González obtuvo permiso para llevarse al chico los fines de semana y en la primera ocasión que lo hizo, perpetró el hecho.
Voto en disidencia
El juez Christian Bernal votó en disidencia con respecto a los años de pena. Argumentó que existieron maltratos, discriminación de todo tipo, “como juzgador me he puesto a analizar si alguien puntualizó que el elemento del artículo 65 pueda beneficiar al señor Julio César González, pero no, la conducta del mismo fue muy agravante, primero en atención al sufrimiento en demasía que ha ocasionado a la madre, por ejemplo llamándole, amenazándola, diciéndole que le iba a matar a su hijo, llamándole a su amiga Mirta Orué y diciéndole dónde estaba el niño muerto, llamándole a la madre en numerosas ocasiones, parece que este señor gozaba haciéndole pasar mal a ella y a toda su familia, insistiéndole en que encuentre el cuerpo del niño. Eso para esta magistratura es un agravante, no tiene ningún tipo de atenuante”, refirió.
Añadió: “por más que la ciencia forense no determinó cómo fue sofocado, pudo haber sido estrangulado o pudo haber sido sofocado con las manos, pero según la explicación del médico, sufrió en demasía, siendo un niño de cinco años, teniendo la conciencia sana, en el sentido de conocer y que su propio padre le esté haciendo... y un elemento más que no puedo dejar de mencionar, el cuerpo fue abandonado como una basura, dejando un número de teléfono e insistiéndole a la madre que lo encuentre, por lo que para esta magistratura la pena para Julio César González es de 30 años”, puntualizó.
perla.silguero@abc.com.py