Cámara ratifica condena de 25 años a Toma’i

La Cámara de Apelaciones confirmó la condena de 25 años de cárcel a Tomás Rojas Cañete, sindicado como jefe de una organización de narcotraficantes de Alto Paraná. Para otros ocho integrantes de la banda, entre ellos un hermano de Toma’i, fueron también ratificadas las penas. El Tribunal de Alzada también confirmó el comiso de varios bienes del principal procesado, entre ellos estancias, lujosas residencias, camionetas 4x4 y hasta un yate, debido a que el mismo no puede justificar esos ingresos y quedó demostrado que son productos del tráfico de cocaína al exterior.

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Por unanimidad, los camaristas José Waldir Servín, Agustín Lovera Cañete y Emiliano Rolón, de la Tercera Sala, ratificaron la Sentencia Definitiva Nº 276 del 10 de setiembre de 2015 dictada por las juezas Gloria Hermosa, Blanca Gorostiaga y Alba González. por la cual se condenó a Rojas y a otros acusados por el tráfico de 101 kilos de cocaína.

En el fallo escrito se indica: “De lo expuesto, se concluye que la fundamentación del Tribunal de Sentencia que sustenta la resolución apelada, se basa en valoraciones objetivas siguiendo los lineamientos que indican la psicología, la experiencia común, las reglas de la lógica y el recto entendimiento. Como queda dicho, no se advierte en la sentencia apelada ninguna inobservancia o errónea aplicación de la ley penal de fondo ni de forma y, en consecuencia, corresponde confirmar la sentencia apelada”.

“El Tribunal A-quo, ha llevado a cabo, en forma efectiva y conforme a las reglas previstas en el Código Penal, el procedo de individualización de la pena y la pena impuesta resulta ser útil y justa, pues se adecua a las particularidades del caso concreto, atendiendo al marco penal establecido para el hecho punible realizado y así mismo se halla dentro de los límites del grado de reproche y conforme a los fines preventivos. Asimismo, en la determinación de la pena se han reunido en cuenta y aplicado correctamente las circunstancias relevantes que orientan la determinación y fijación de la misma, atendiendo a la finalidad de la pena dentro del sistema”, dice en su voto Waldir Servín.

Todos los procesados fueron condenados por comercialización de estupefacientes. En el caso del jefe narco Tomás Rojas Cañete, alias Toma’i, fue además condenado a 25 años de prisión por tráfico, tenencia de drogas, asociación criminal y lavado de dinero.

Por su parte, Ángel Tranquilino Giménez, a 21 años de penitenciaría, por tenencia de drogas y asociación criminal; Fermín Centurión Godoy, a 21 años, por tenencia de estupefacientes y asociación criminal; Marcos Carballo, a 20 años de encierro por tenencia de drogas y asociación criminal; Ignacio Rojas Cañete a 18 años por comercialización de drogas, asociación criminal y lavado de dinero.

Robert Agustín Lesmo fue condenado a 18 años de prisión por tráfico de drogas y asociación criminal; Cirilo de León Valiente, por tenencia de drogas y asociación criminal; Mario Arévalos Amarilla, a 16 años de prisión por comercialización de drogas y asociación criminal, y a 15 años de cárcel, Aldair Pozzamai por tráfico y comercialización.

Durante el juicio oral fueron liberados por compurgamiento de pena Herminio Aguilera y Guillermo Dávalos, condenados a 4 años en carácter de “guardias de seguridad”.

También se ordenó la libertad de Teodoro Dávalos, cuñado de Tomás Rojas, quien fue sentenciado solo a 2 años y 5 meses por lavado de dinero. El mismo abrió un negocio (playa de venta de autos) para “colocar, convertir y ocultar las ganancias provenientes del narcotráfico”.

El megaoperativo donde cayeron los 101 kilos de cocaína se realizó en la noche del sábado 7 de setiembre de 2011. La comitiva de la Secretaría Nacional Antidrogas, integrada por 60 agentes y los entonces fiscales antinarcóticos Francisco de Vargas (hoy ministro del Interior), Jorge Kronawetter (director de Migraciones), Javier Ibarra (viceministro de Seguridad), junto al fiscal adjunto Marco Antonio Alcaraz, logró la detención de Toma’i Rojas.

Manipulación de evidencias, alegan

Los abogados Leonardo Garófalo y Orlando Cuevas, por la defensa de Tomás Rojas Cañete, habían pedido la nulidad de la condena de 25 años de cárcel por supuestas serias falencias y la violación de derechos constitucionales durante la etapa investigativa.

En ese sentido, los apelantes aducen que la interceptación de comunicaciones realizada por el Ministerio Público, con orden del juez penal de garantías N° 3 Óscar Delgado, está viciada debido a que la prueba nunca fue entregada al magistrado, como establecen los artículos 199 y 200 del código ritual.

En este punto, la defensa critica la supuesta manipulación de la evidencia. “Otro hecho no menos importante se da en las pericias biométricas realizadas en la causa, bajo la regla del artículo 320 del Código Penal... resulta verdaderamente inentendible que varios profesionales, peritos de voces, hayan afirmado y concluido en el juicio oral y público que las grabaciones, interceptaciones y escuchas telefónicas han sido manipuladas 100 %... es decir, estos profesionales han afirmado que dichas grabaciones que han sido captadas por la Senad, fueron manipuladas... sencillamente las juezas integrantes del tribunal de sentencia señalaron que estos peritos faltaban y faltaron a la verdad y remitieron sus antecedentes al Ministerio Público”.

“El tribunal de sentencia ha condenado a mi defendido sin justificar los motivos que llevaron al tribunal a tomar esa decisión... en violación al artículo 3 de Código Penal, que establece el fin de la pena”, se desprende de los argumentos de los abogados.

Comiso y embargo de bienes

Además de las altas penas carcelarias impuestas a los acusados por el tráfico de 101 kilos de cocaína, incautado en el club Acosta Ñu de Ciudad del Este, el 3 de setiembre de 2011, la Cámara de Apelaciones también ratificó el comiso y embargo preventivo de bienes muebles de los condenados, entre los que se destaca los de Toma’i Rojas.

Durante el juicio oral se ordenó el comiso de por lo menos 11 vehículos pertenecientes a los narcotraficantes, en su mayoría camionetas 4x4 de las marcas Toyota, Mercedes-Benz, Nissan y Chevrolet.

El embargo preventivo pesa sobre unos 30 vehículos, la mayoría de ellos de alta gama, entre los que está incluida una lancha de la marca Wellcraft, con motor fuera de borda.

Los jueces, además, habían ordenado el comiso de varias propiedades, entre ellas el predio de un club de fútbol (Acosta Ñu) que está a nombre de la madre de Tomás Rojas y donde fue hallado un laboratorio de cocaína.

También se decomisó la casa de Toma’i, que se hizo famosa por tener una réplica reducida de la Basílica de Caacupé.

A su vez, se decomisaron otras tres casas urbanas y una propiedad rural, de 25 hectáreas en Alto Paraná, que están a nombre de Zulma Ramona Dávalos de Rojas, esposa de Toma’i. En una de ellas funcionaba una cabina telefónica que fue allanada durante el operativo antidrogas.

La ley establece que el 70% del producto que es objeto de comiso va para la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad) y el 30% al Ministerio Público.

Tomás Rojas Cañete, según la fiscalía, no puede justificar ingresos para semejantes lujos, a pesar de que quiso pasar como comerciante de vehículos y hasta incursionar en la ganadería para lavar dinero producto del narcotráfico.

griselda@abc.com.py

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