Apelan absolución a médicos

La querella y la fiscalía apelaron la sentencia dictada por el tribunal integrado por los jueces Héctor Capurro, Juan Carlos Zárate y Cynthia Lovera (voto en disidencia) que absolvieron a los médicos Blas Centurión y Antonia Acosta, en expediente que los investigaba por el homicidio culposo de un recién nacido.

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En sus escritos presentados a la Cámara de Apelación, los recurrentes solicitan que anule la sentencia definitiva N° 405 del 23 de octubre de 2017 dictado por los jueces que absolvieron a los médicos Blas Centurión y Antonia Acosta y que el expediente se reenvíe para que se haga un nuevo juicio.

Este caso se inició en agosto de 2011, cuando el bebé Pablo Ibarra falleció horas después de haber nacido en un parto en el que su madre Amelia Rodríguez fue asistida por los doctores del Instituto de Previsión Social (IPS) Blas Centurión y Antonia Acosta, quienes fueron acusados por homicidio culposo.

Este juicio oral que duró casi tres meses se vio envuelto en muchos hechos que la querella y el Ministerio Público, representado por la fiscala Sara Torres, denunciaron como irregulares y donde se introdujeron pruebas fuera de plazo, además se dejaron otras primordiales para llegar a una absolución.

Los jueces Héctor Capurro y Juan Carlos Zárate fallaron a favor de absolver a los acusados, mientras que la magistrada Cynthia Lovera votó en disidencia y basó su fallo en pruebas dejadas de lado por sus colegas.

La querella y la fiscalía fundamentaron su apelación en gran medida en lo expuesto por la jueza Lovera en su fallo, que a decir de los recurrentes fue muy claro.

“En relación a la honorable jueza Cynthia Lovera, esta querella comparte plenamente y destaca la congruencia y la coherencia con la que la misma ha emitido su voto, atendiendo a todo el caudal probatorio que se produjo durante el desarrollo el juicio, justificando incluso las razones por las que no valoró algunas pruebas. Es dable destacar que la citada magistrada durante todo el juicio y en todo momento ha mostrado interés en todos los detalles del mismo, durante los largos meses en los que ha sido desarrollado, siempre ha tomado notas, realizó preguntas, demostrando interés en buscar la verdad real en el presente juicio”, dice una parte del escrito de apelación presentado por las abogadas Juliana Samaniego y Raquel Mendieta, representantes de la querella.

“El tribunal en mayoría no ha señalado en que fojas se encuentran las pruebas en que basan su decisión, han restado valor a pruebas documentales que fueron obtenidas y producidas en tiempo y forma dentro del proceso, sostenidas de manera objetiva; sin embargo, valoró otras pruebas de origen espúreo, ingresadas al proceso por la ventana, dudosas e interesadas declaraciones de testigos médicos y pericias realizadas en violación de la ley y la propia Constitución Nacional, basando su decisión en dichos elementos probatorios. Entre ellas se pueden citar: el dictamen médico del doctor Manuel Gallo, la declaración testifical del doctor Aníbal Peris Manchini y una Junta Médica por Profesionales Médicos amigos de los acusados, Dres: Fanny Bernardina Corrales, Olga Lucia González Ayala y Francisco Vicente Molinas Koy, cuya exclusión había sido solicitada por el Ministerio Público en la sesión del juicio oral y público de fecha 24 de julio del 2017 (fs. 894), con adhesión de la querella adhesiva, fundada en que una de sus miembros, específicamente la doctora Fanny Corrales, había preopinado realizando una publicación por la red social Facebook en fechas 25 y 28 de noviembre del 2016, expresando abiertamente su apoyo y solidaridad a los médicos enjuiciados”, explica en la parte principal la apelación.

Los médicos en su defensa dijeron que la señora Amelia Rodríguez, en el momento del parto se sentó sobre su bebé y fue ella la que mató a la criatura. El tribunal también llegó a esa conclusión y señaló que a las claras se demostró que fue la madre la culpable del fatal desenlace. Para la jueza Lovera, esa teoría es incorrecta y dijo que el bebé Pablo Ibarra murió por asfixia y que no fue la madre la culpable, ya que la mujer estaba acostada en una camilla y sedada con anestesia regional. Apuntó que los médicos violaron el deber del cuidado, al no realizar estudios previos para ver si la paciente necesitaba de una cesárea, para no poner en peligro al bebé.

victor.franco@abc.com.py

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