Anulan condena y Estado se salva de millonario pago

Por disposición del Tribunal de Apelación en lo civil y comercial, 2ª sala, el Estado paraguayo se “salvó” de pagar más de G. 1.200 millones de una supuesta deuda derivada del alquiler de un inmueble utilizado por el Ministerio de Educación y Cultura, en la década del 90. El motivo argumentado por la Cámara es que la Procuraduría General del Estado no intervino en el juicio y, por ende, hubo indefensión. En su fallo, los camaristas Juan Carlos Paredes, María Sol Zuccolillo y Linneo Ynsfrán incluso exhortan al Estado a accionar contra los funcionarios públicos que permitieron los pagos ya realizados.

/pf/resources/images/abc-placeholder.png?d=2074

Cargando...

La resolución del tribunal fue dictada en el marco de una acción autónoma de nulidad promovida por la Procuraduría General de la República, que pretendía la nulidad del juicio impulsado por ZG Consultores y Asociados contra el MEC, en el cual el ente estatal fue sentenciado a pagar más de G. 1.169.584.405.

Los camaristas de la 2ª sala en lo civil y comercial anularon una sentencia dictada el 4 de noviembre del 2011 por el entonces juez en lo civil y comercial Alberto Martínez Simón. El magistrado había rechazado la acción autónoma de nulidad promovida por la Procuraduría General de la República, en representación del Estado contra el Ministerio de Educación y Cultura, la firma ZG Consultores y Rosa Virginia Ricciardi de Heisecke.

La demanda fue promovida en la década del 90, en reclamo de pago de una serie de gastos derivados del alquiler de un inmueble de propiedad de Virginia Ricciardi de Heisecke. Específicamente, la demanda exigía el pago de alquileres atrasados de setiembre del 2000 a diciembre del 2001, a razón de US$ 12.000 mensuales, según lo pactado en el contrato firmado entre las partes.

La acción destaca que fue advertido por vecinos que el inmueble estaba desocupado y reclamó pago de deudas impagas de agua, luz, teléfono y reparaciones varias. Lo cierto y lo concreto es que del reclamo inicial de US$ 156.000 en concepto de alquileres atrasados y de G. 201.363.481 por gastos de reparaciones varias, deudas impagas de agua, luz, teléfono y elevadores, con intereses en dólares y en guaraníes incluidos, la deuda trepó a G. 1.858.669.196, según cálculo presentado por el abogado demandante Gervasio Orué.

Por resolución del 6 diciembre del 2007, el entonces juez Silvino Delvalle fijó el monto a pagar en G. 1.169.583.405.

“Desde el momento en que el Estado, mediante sus órganos idóneos pagó la deuda reclamada, ha reconocido la misma, y no es viable –por lo menos a criterio de este juzgado– que en estas condiciones se pretenda pedir la nulidad de un proceso, cuya sentencia ha sido cumplida por el propio Estado, ente que hoy invoca indefensión, a través de la Procuraduría”, alegó Martínez, al rechazar la acción.

La Cámara aclara que al no existir una correcta integración de la litis, mediante la intervención de la Procuraduría General en representación del Estado, dicha situación conlleva la nulidad del proceso y por ende, la procedencia de la acción planteada. Asimismo, destaca que el hecho de que el Estado haya abonado parte de la deuda no sanea el vicio inicial y como el proceso es nulo, los pagos son irregulares y se debe requerir la repetición de lo pagado a los funcionarios públicos que los autorizaron.

EL PROCESO ANULADO PASO A PASO

28/04/2001: ZG Consultores y Asociados prepara acción ejecutiva por cobro de alquileres contra el Ministerio de Educación y Cultura, según contrato firmado el 19 de diciembre de 1007.

13/06/2001: ZG Consultores inicia juicio ejecutivo por cobro de G. 201.363.481 y US$ 72.000.

14/08/2001: Por SD N° 802, se lleva adelante la ejecución por el monto reclamado.

5/10/2001: La parte demandante solicita ampliación de ejecución, a US$ 84.000.

13/12/2006: El abogado Gervasio Orué, nuevo representante de la parte actora, presenta liquidación de intereses, costas y costos del juicio y solicita pago de saldo deudor de G. 1.858.669.196.

21/12/2005: La parte actora acusa la rebeldía de la parte demandada y solicita la aprobación de la liquidación presentada. El actuario informa que el Ministerio de Educación y Cultura fue notificado de la providencia por la cual se le corrió traslado de la liquidación presentada por todo el término de Ley, según cédula de notificación del 13 de diciembre del 2006 y no ha formulado oposición alguna dentro del término legal.

22/12/2006: El juez Silvino Delvalle dio por decaído el derecho que ha dejado de usar la parte demandada por no haber contestado el traslado de la liquidación presentada dentro del plazo de ley.

6/12/2007: El juzgado concluye que existe un remanente a favor de Ricciardi por G. 1.169.583.405.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...