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Así, los cambios son cíclicos en la Corte Suprema de Justicia y Fiscalía General del Estado. La renovación usualmente termina en esos cambios, para de vuelta empezar en periodo de elecciones con lo mismo; todos los sectores políticos claman a viva voz la necesidad de despolitizar el servicio de justicia, por lo menos en cuanto a la designación de sus operadores.
Lamentablemente, nadie o muy pocos de aquellos sectores han explicado a la ciudadanía cómo hacerlo, qué sistema implementar para que “los políticos no se metan”, a fin de lograr el loable y anhelado fin de una justicia independiente, según lo indican esos sectores.
Es necesario resaltar que en su momento la Corte Suprema de Justicia por medio de su iniciativa legislativa presentó dos proyectos de leyes : la ley de jubilaciones y la ley de la carrera judicial. Ambos proyectos de leyes se hallan reposando desde hace años en los anaqueles del Parlamento Nacional; si ambas leyes se aprobaban la independencia del Poder Judicial a la fecha iba a tomar un rumbo estratégico hacia su consolidación.
La ley de carrera judicial tácitamente rechazada por algunos sectores políticos de nuestro medio, hubiera significado antes que nada clarificar los mecanismos de ingreso, permanencia y promoción del operador judicial en el servicio; pero aun así como una manera de alentar la carrera judicial la Corte Suprema de Justicia viene usualmente confirmando a todos los operadores del sistema que objetivamente han demostrado un buen desempeño profesional.
Ante ese hecho que nadie lo menciona, el escenario para la consolidación de un Poder Judicial independiente fue sobrepasado por las coyunturas políticas que se fueron presentando.
Sin embargo, dentro de ese contexto es necesario rescatar que los jueces tienen una independencia funcional, no se sabe o no se tiene noticia que un ministro de Corte haya sugerido a un magistrado cómo resolver un conflicto. Por el contrario, realizar una buena tarea es la recomendación constante.
Uno de los obstáculos para que el juez asuma con plenitud un rol independiente se encuentra en la misma Constitución Nacional que dispone que los magistrados sean designados a plazos, y adquieren su inmovilidad luego de dos confirmaciones, después de la primera designación, en muchos casos un periodo mínimo de 15 años de servicio.
El Paraguay es uno de los pocos países –sino el único– adherido a este sistema, en los demás países del continente y de casi todo el mundo, el operador de justicia es inamovible desde el inicio de sus funciones, inamovilidad que es entendida como garantía de independencia de quienes se hallan adscripto al servicio de justicia.
La inmovilidad del magistrado es entendida en aquellos países como una garantía de justicia y de seguridad para el ciudadano, que ven en el magistrado –cualquiera sea su servicio– como alguien ajeno a los juegos de poder que muchas veces se presentan en la resolución de los conflictos, el ciudadano tiene la seguridad de que el magistrado va a aplicar la ley.
Igualmente, el perfil del operador de justicia independiente se desdibuja en el proceso de designación del juez o fiscal, donde el estamento constitucionalmente indicado para el efecto en su interior tiene una alta participación de los sectores políticos.
El Consejo de la Magistratura cuenta con una composición heterogénea, pero con un énfasis político, desde parlamentarios hasta abogados electos todos representan a un sector a quien responder. El parlamentario a su estamento o a sus electores y los profesionales del derecho organizado en movimientos responden a sus simpatizantes.
Pretender levantar banderas y culpar a estos sectores como los causantes de todos los problemas relacionados al servicio de justicia en nuestro país sería injusto y un exceso, no existe sistema alguno de selección de magistrados en el mundo en donde el abogado o el político no estén presentes.
Por citar un ejemplo recurrente, el servicio de justicia de los Estados Unidos se nutre de los grandes centros académicos, pero deben contar con una especie de patrocinio para el ingreso al servicio, donde es norma que las élites apoyen a los que certifiquen objetivamente sólidas acreditaciones profesionales.
En nuestro medio, el Consejo de la Magistratura hace pocos años implementó los exámenes de competencia, los test psicológicos y los exámenes de ingreso en la Escuela Judicial; proyecto que pretendió ser implementado en los primeros años de existencia de dicho organismo, pero por diversas causas es de reciente data.
Si bien existe un avance en el aspecto técnico para la conformación de las ternas –exámenes y test psicológico– no menos cierto es el hecho de que es necesario reforzar criterios que tiendan a elegir a aquellos, independientemente de sus preferencias políticas o no, que sean objetivamente aptos para desempeñar el cargo.
Es precisamente el criterio de objetividad la que debe reformularse a nivel de Consejo de la Magistratura, su reglamento de selección debe modificarse y dar un mayor puntaje a los logros profesionales y académicos del postulante; actualmente conforme al reglamento del Consejo, no importa de dónde haya uno egresado como abogado, todos tienen el mismo puntaje, es decir da lo mismo egresar de una universidad de garaje que uno de reconocida acreditación.
Por de pronto en este tema, que es amplio y complejo, es conveniente que los sectores que pretenden mejorar el servicio de justicia en nuestro medio, tengan suficiente coraje y visión como para analizar en su conjunto el origen de las presuntas afecciones del servicio, en ese proceso –si es que se inicia– las voces de los afectados, sean estos magistrados , funcionarios , abogados, organizaciones civiles , deberían ser escuchadas y las élites políticas dejar de lado su inveterada costumbre de buscar soluciones coyunturales y concordar en una visión de país donde el magistrado y los demás operadores del sistema cuenten con una ley que los ampare y los aliente hacia la transparencia, excelencia y eficiencia en el servicio que presta.
(*) Juez Penal. Doctor en Ciencias Jurídicas, Máster en Ciencias Políticas.