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El juez Raúl Insaurralde rechazó el pedido del fiscal Yegros y el caso por disposición de la fiscalía general pasó al agente Carlos Giménez, que rectificó el pedido de su colega.
“Este órgano constitucional constata que existen graves presunciones del supuesto mal desempeño de funciones del agente fiscal Julio César Yegros, por el supuesto desconocimiento de sus deberes legales en la tramitación de una investigación fiscal en la cual la rectificación por vía del trámite de oposición denota que se cerró una investigación que a esa altura, por las constancias objetivas que se señalaran precedentemente, produjo una sensible afectación de la confianza en el desempeño fiscal como representante genuino de la sociedad, como lo establece el artículo 268 de la Constitución de la República, a lo que debe añadirse que la denuncia expresaba el secreto profesional de un abogado que reclamaba máxima prudencia en el manejo de la información para evitar afectación de derechos humanos fundamentales del conocedor del o los hechos que motivaron el inicio de la investigación fiscal, y, finalmente, la devolución de evidencias sin dar intervención al órgano jurisdiccional, tal como lo exige el Código Procesal Penal, extremos estos que –en suma– autorizan a este Jurado, a utilizar la potestad prevista en el artículo 13 de la Ley Nº 3759/09, en el sentido que corresponde suspender oficiosamente de manera preventiva”, dice el Jurado.