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El 27 de agosto pasado, se conoció la denuncia realizada por la modelo María Gabriela Rodríguez Da Silva Wolscham, más conocida como Gaby Wolscham, contra el juez de la Niñez y la Adolescencia Guillermo Pereira Saguier. El documento de la denuncia expresaba textualmente que la denuncia era “por su conducta indecorosa, acoso sexual en contra de mi persona y mal desempeño de sus funciones”. La víctima manifestó que le costó tomar la decisión de hacer la denuncia porque tenía miedo y porque se enfrentaba a un juez de la causa donde se tenía que decidir un conflicto relacionado con su hijo. El juez denunciado es hijo de Benito Pereira Saguier, un notado jurista que ha llegado a ocupar el cargo de ministro de la Corte Suprema de Justicia. Luego de la denuncia, el mismo, más como padre que como jurista, intentó disculpar a su hijo argumentando que estaba divorciado y que por eso se sentía libre para tener ese tipo de comportamientos. Al mismo tiempo, trató de justificar el hecho porque la denunciante es modelo.
La modelo realizó la denuncia contra el juez Guillermo Pereira ante el Consejo de Superintendencias de la Corte Suprema de Justicia. Al día siguiente del escándalo, la Corte lo suspendió en sus funciones y remitió los antecedentes al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, a la Oficina de Ética y a la Superintendencia de Justicia de la Corte. A la semana siguiente, el juez Pereira Saguier renunció al cargo. La denunciante declaró públicamente que no haría ninguna denuncia penal y que habría sido amenazada luego de haber realizado la denuncia.
-¿Qué implica esta denuncia contra el entonces juez de la Niñez y Adolescencia?
-A partir de la denuncia realizada, la Corte Suprema de Justicia lo suspendió en sus funciones y remitió los antecedentes al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y al Tribunal de Ética. Ante la presión, el juez Guillermo Pereira Saguier renunció al cargo. La renuncia implica que ya no puede seguir siendo investigado en este ámbito, porque tras la renuncia, tanto el Jurado como el Tribunal pierden competencia para juzgarlo.
Sin embargo, sigue abierta la vía penal para investigar estos hechos. Por un lado, podría investigarse la existencia de acoso sexual, que conforme al artículo 133 del Código Penal se define como: “El que con fines sexuales hostigara a otra persona, abusando de la autoridad o influencia que le confieren sus funciones, será castigado con pena privativa de libertad de hasta dos años”. Este tipo penal requiere la instancia de la víctima, es decir, ella debe denunciar el hecho para que la fiscalía pueda intervenir.
Por otra parte, habría que investigar la existencia de cohecho pasivo u otro tipo penal, ya que en la grabación de la conversación, pareciera que en algún momento el juez le pide a ella que le diga cómo quiere que termine su caso. El artículo 300 del Código Penal, que define el cohecho pasivo, establece: “El juez o árbitro que solicitara, se dejara prometer o aceptara un beneficio como contraprestación de una resolución u otra actividad judicial que haya realizado o que realizará en el futuro, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años o con multa”. Este es un tipo penal de acción penal pública, es decir, que ante la noticia criminis, la fiscalía está obligada a actuar. Hay que ver si algún fiscal o fiscala “se anima” a investigar de verdad, porque es gravísimo que los jueces se aprovechen del poder que le otorgan sus funciones para solicitar “favores sexuales” a cambio de alguna resolución.
Este tipo de violencia sexual suele ser recurrente e impune, pues hay una negación de la sociedad a aceptar su existencia y en la mayoría de los casos las víctimas tienen miedo de denunciar. En los casos que son denunciados, muchas veces pasa lo que ha pasado en este caso, que se pone bajo la lupa a la mujer denunciante, para menoscabar su testimonio, como si el hecho de ser modelo hiciera que el acoso fuera menos real o menos grave. En muchos casos quien termina siendo castigada es la víctima. Este caso debe importarnos porque es inadmisible que el aparato judicial esté siendo utilizado para que jueces y otros operadores se aprovechen de sus funciones para acosar a las mujeres.
–Hay una deuda pendiente de la justicia sobre el tema de violencia hacia las mujeres.
-Las mujeres víctimas de violencia viven una verdadera ruta crítica cuando acuden a la justicia para buscar protección cuando son víctimas de violencia. Esta ruta crítica tiene mucho que ver con el funcionamiento antes que con la existencia de mecanismos.
Lo que en muchos casos sucede es que cuando llega a una comisaría una mujer que alega ser víctima de violencia, lo primero es la desconfianza sobre lo que alega, incluso el maltrato o la negativa a tomar la denuncia. Conocemos muchos casos de mujeres que al llegar a la comisaría les han dicho que ese es un “problema privado”, “que se vaya a su casa a hacerle una rica comidita” y que con eso se solucionaría. En muchos casos, se han negado a tomarles la denuncia. Pasada esta instancia, en el juzgado de paz es a veces lo mismo, la desconfianza en la palabra de la víctima, a veces incluso los juzgados de paz han intentado realizar conciliaciones. Es bastante común la situación en la cual los juzgados entregan las notificaciones a las propias víctimas para que se las entreguen a sus agresores, dejándolas en una situación de mayor vulnerabilidad. El caso de Lucía Sandoval nos mostró esto claramente, lo que puede llegar a suceder cuando los mecanismos de protección no actúan con la debida diligencia para estos casos.
Ciertamente es necesario avanzar en legislaciones y políticas públicas que de manera más amplia reconozcan otras formas de violencia contra las mujeres y todas las manifestaciones, no solamente aquella que se realiza en el ámbito de las parejas heterosexuales.
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