Lucha contra el lavado

El Ejecutivo promulgará esta semana la última ley del paquete antilavado de dinero, de 10 en total, que son parte de la recomendación del Gafilat para el país. El Senado sancionó la semana pasada la última normativa que trata sobre la modificación de la ley de la Seprelad.

Blas Llano, presidente del Senado, cuando recibió a los técnicos del Gafilat, en noviembre. El Legislativo aprobó todas las leyes.
Blas Llano, presidente del Senado, cuando recibió a los técnicos del Gafilat, en noviembre. El Legislativo aprobó todas las leyes.

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El presidente Mario Abdo Benítez promulgó días atrás las dos últimas normativas antilavado de dinero. Se trata de la Ley N° 6.446 “Que crea el registro administrativo de personas y estructuras jurídicas y el registro de beneficios finales del Paraguay” y de la Ley N° 6.452 “Que modifica varios artículos del Código Penal que se refieren, entre otros, a hechos punibles contra la competencia (cohecho y soborno privado)”.

Ambas leyes fueron promulgadas el 29 de noviembre pasado y publicadas en la Gaceta Oficial, el 2 de diciembre.

Hace dos semanas, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que modifica la ley de Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad). Este jueves último, el Senado la sancionó. De acuerdo a fuentes del Ejecutivo, la normativa será recibida hoy o este jueves para su promulgación, quedando de esa manera vigente la última ley antilavado de dinero (10 en total).

Estas normativas son recomendación del Grupo de Acción Financiera Latinoamericana (Gafilat).

El lunes 18 de noviembre pasado, la comitiva del Gafilat estuvo en el Palacio de López, iniciándose de esa manera el proceso de evaluación de Paraguay para conocer el funcionamiento del sistema de combate al lavado de activos que aplica el país.

Paraguay quiere evitar caer en la lista gris de países no cooperantes en la lucha contra el lavado de dinero.

El Gafilat es un organismo intergubernamental regional que agrupa a 17 países de América del Sur, Centroamérica, América del Norte y el Caribe para prevenir y combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

En una visita al Congreso, técnicos de la Gafilat informaron que el mes de mayo de 2020 es el plazo límite para que el Congreso de nuestro país apruebe las leyes vinculadas al combate contra el lavado de activos, terrorismo y otros delitos transnacionales, ya que para esa fecha vendrá al país el equipo evaluador de Gafilat para su última observación.

Cuando el equipo evaluador se retire ya no habrá tiempo de aprobar o introducir normas que puedan ser incorporadas.

El presidente de Gafilat, Sergio Espinosa (peruano), informó que se trata de un examen periódico que realizan a cada uno de los 17 países miembros. “Se conversó acerca de las fechas, parámetros y los procesos a seguir durante todos estos meses hasta la aprobación de un informe final de la evaluación que tendrá lugar en diciembre del 2020”, refirió el técnico.

Agregó que Paraguay será evaluado conforme al cumplimiento de las 40 recomendaciones que había realizado el Gafilat, a través de un equipo conformado por los demás países.

Señaló que en un primer momento revisarán la información entregada por Paraguay. Posteriormente, vendrán a Asunción los técnicos para una evaluación in situ en mayo del 2020, para entrevistarse con representantes del sector público y privado.

Como resultado de esos encuentros, los evaluadores redactarán el primer borrador del informe y luego el reporte final que estará listo en diciembre del 2020.

Modifican la Seprelad

El Senado sancionó el jueves pasado la normativa que modifica la Ley 1015/97 de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad). La iniciativa es la última del paquete de leyes antilavado. La normativa fue tratada y aprobada sin modificaciones pese a la oposición de algunos senadores.

La ley sancionada amplía los controles a los sujetos obligados a reportar operaciones sospechosas y dar información, incluyendo a instituciones privadas, y actualiza la terminología para adaptarlas a los estándares internacionales.

La polémica surgió en torno al artículo 22 de la ley que dispone que “las personas físicas, los organismos y entidades del Estado, las entidades del sector privado, así como los sujetos obligados, deberán proveer toda la información relacionada con la materia legislada en la ley que les sea requerida por la autoridad de aplicación”.

El artículo se refiere también a que no se podrá oponer el deber de secreto bancario o tributario ni habrá reserva legal alguna. Esto fue considerado excesivo por algunos senadores como Fernando Silva Facetti (PLRA) y Enrique Riera (ANR), que advirtieron que iba contra el derecho a la privacidad previsto en la Constitución.

Martín Riveros@abc.com.py

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