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Los fiscales Liliana Alcaraz, Rodrigo Estigarribia y Francisco Cabrera, presentaron acusación contra Óscar González Daher y su hijo el concejal de Luque con permiso Rubén González Chaves e hicieron un detallado relato de cómo se cometieron los tres hechos por los que acusaron.
Para los agentes del Ministerio Público, en el año 2009 se fundó la inmobiliaria Príncipe Di Savoia, con dos testaferros de los hoy acusados, ya que ellos tenían el dominio total de la firma.
A través de esta empresa los González Daher lavaron sus activos y se enriquecieron. Para ocultar sus ingresos en sus declaraciones juradas presentadas ante la Contraloría General de la República iban escondiendo gran parte de sus bienes.
“La firma Príncipe Di Savoia era una empresa de fachada, utilizada para justiciar el movimiento de dinero, pero que ni siquiera poseía movimiento en su cuenta bancaria” apuntan los fiscales.
También señalan que Príncipe Di Savoia pese a no presentar movimiento en sus cuentas, obtuvo la propiedad y administración de 198 propiedades, pertenecientes a los acusados y adquiridas con dinero de los mismos, las cuales pudieron integrarse al sistema financiero.
“No caben dudas de que la empresa Príncipe Di Savoia, vinculada a los acusados, produjo utilidades no significativas. Sin embargo, claramente, y reforzando las explicaciones precedentes, han cumplido con la intención de los acusados de ser objeto disimulado de colación de bienes irregulares, esquema detectado en esta causa penal”, se lee en una parte de la acusación.
En otra parte se apunta que padre e hijo, en sus declaraciones juradas, ocultaron grandes cantidades de dinero en guaraníes y dólares, así como inmuebles ubicados en diferentes municipios y una gran flota de vehículos lujosos.
También se pidió el comiso
El Ministerio Público pide que se apliquen el comiso y comiso especial de los bienes de los acusados Óscar González Daher y Rubén González Chaves, en atención a que gracias a actividades delictivas los acusados han utilizado bienes inmuebles, que les han generado ganancias indebidas, inyectadas al sistema financiero.
“Con relación al comiso, dicho instituto prevé la posibilidad de que sean decomisados los objetos producidos y los objetos con los cuales este se realizó o preparó; en ese sentido, todos los bienes con los que se constituyó la firma Príncipe Di Savoia SA han servido como sustento logístico para el lavado de dinero, puesto que mediante la utilización de estos se creó una empresa de fachada utilizada para la adquisición y administración de otros bienes ilícitos”, dice la acusación presentada por los fiscales.
“Sobre el comiso especial, cabe recordar que el Estado, a través de sus autoridades, podrá privar a una persona de los beneficios obtenidos por la realización de un hecho antijurídico. Mediante esta figura (comiso especial) no se decomisan los instrumentos del delito, sino lo producido por la realización de las actividades ilícitas, que en este caso serían todos aquellos depósitos de dinero, tanto en efectivo como en cheques, realizados a las cuentas de los acusados que no posean sustento”.
A través de firma hubo lavado
En una parte la fiscalía hace un relatorio de hechos y señala que no hay dudas de que la empresa inmobiliaria Príncipe Di Savoia es a través de la cual los dos acusados Óscar González Daher y Rubén González Chaves lavaron sus activos.
“Príncipe Di Savoia, vinculada a los acusados, produjeron utilidades no significativas. Sin embargo, claramente, y reforzando las explicaciones precedentes, han cumplido con la intención de los acusados de ser objeto disimulado de colocación de bienes irregulares, esquema detectado en esta causa penal”, apuntan los agentes investigadores.
“Categóricamente, se visualizan con sustento suficiente que las siguientes fases: Colocación, primera etapa del lavado de dinero, los acusados se sirvieron de la empresa Príncipe Di Savoia, con la que realizaron actividades económicas principalmente construcción y compra venta de propiedades, mimetizando con transacciones legales en el intento de dificultar su detección. Ocultación, segunda etapa del lavado de dinero, la que posteriormente ya como ganancias legales se procedía a su integración, tercera etapa del lavado de dinero, a Óscar González Daher y Rubén González Chaves para la adquisición de bienes activos”; es el esquema que armó la fiscalía para probar cómo se lavó el dinero de padre e hijo.
Hubo mentira en declaración
Para el Ministerio Público, Óscar González Daher y Rubén González Chaves mintieron al presentar sus declaraciones de bienes en la Contraloría General de la República reiteradas veces, para poder ocultar ganancias que no podían justificar.
En el caso de Rubén González Chaves, en el año 2016 el concejal de Luque con permiso no declaró inmueble alguno; sin embargo, en los documentos que obran en la carpeta fiscal contaba con varias propiedades a su nombre.
En su declaración presentada el 5 de noviembre de 2018 González Chaves declara un pasivo de G. 14.179.938.325 que no se había declarado anteriormente, sin ninguna documentación que lo avale.
En distintas declaraciones Rubén González Chaves detalló falsamente información referente a su condición patrimonial. La fiscalía encontró que el concejal de Luque tiene una diferencia negativa de G. 51.043.359.784 y US$ 82.794.
La misma situación se dio con el exsenador Óscar González Daher, quien al igual que su hijo fue dejando fuera de su declaración inmuebles, vehículos y millonarias cuentas bancarias. Por eso el exsenador cartista no puede justificar G. 6.076.062.260. Todo esto configuró para los fiscales el delito de declaración falsa y el tercer delito por el cual se acusó a padre e hijo.
Abogado es sancionado
La Sala Penal de la Corte integrada por los ministros Manuel Ramírez Candia,
Carolina Llanes y el camarista Gustavo Santander, al momento de destrabar el caso de la “niñera de oro”, también dejó sentada en su resolución que el abogado Felipe Duarte, quien patrocinó la última chicana presentada por la “niñera de oro” Gabriela Quintana, sea multado por ejercicio abusivo del derecho.
La multa asciende a G. 4.217.000 y el abogado Duarte tiene tres días después de ser notificado de la sanción para pagar el referido monto. El profesional del derecho debe depositar el dinero en una cuenta del Banco Nacional de Fomento (BNF) que está a nombre de la Corte y luego debe agregar en el expediente la constancia del pago. Esta sanción también será agregada al legajo del abogado.
Desde octubre de 2013 cuando se inició el proceso los procesados vienen presentando una serie de incidentes para evitar el avance del caso.
Es por eso que el próximo 24 de octubre prescribe el delito por el que fueron condenados Bogado y su “niñera”; es por esa razón que están chicaneando el expediente para tratar de llegar a esa fecha límite y que sus delitos queden impunes.
El caso pasó por manos de muchos jueces, camaristas y ministros de la Corte y nadie se animó a sancionar a los abogados que patrocinaron los incidentes infundados y meramente dilatorios, hasta ahora y que este hecho deja un buen precedente.
No hay premiación por ser chicaneros
Luego de que la Sala Penal de la Corte lograse destrabar una tras otra las chicanas que fueron presentando los condenados Víctor Bogado, su “niñera de oro” Gabriela Quintana y hasta el absuelto Miguel Pérez, exjefe de Gabinete de Bogado, finalmente la Cámara de Apelación conformada por Pedro Mayor Martínez, Cristóbal Sánchez y Mirtha González pudo emitir su fallo para confirmar la sentencia de primera instancia por la cual fueron condenados Bogado a un año de cárcel y Quintana a un año y seis meses, con suspensión de la ejecución penal para ambos por el delito de cobro indebido de honorarios.
Pero el fallo de los camaristas fue más allá de una simple confirmación de las penas, ya que dejan bien en claro que no se puede premiar a los procesados que desde hace más de seis años vienen chicaneando el caso.
Esto es relación a que mientras Bogado y su “niñera de oro” venían presentando chicanas para trabar el caso, ambos requirieron la prescripción del hecho y la extinción del proceso. Pero los camaristas rechazaron ambos pedidos.
Los magistrados señalaron que el plazo para que opere la prescripción se suspende en todas las ocasiones en las cuales el procedimiento no ha podido continuar y en este caso desde agosto no dejan que la Cámara resuelva la apelación del fallo de primera instancia.
El 20 de agosto pasado Bogado planteó recusación contra los camaristas Pedro Mayor Martínez y Mirtha González. Cuando el expediente fue a la Sala Penal de la Corte para estudiar estas dos recusaciones, el exsenador pidió que el ministro Manuel Ramírez Candia también se aparte del proceso, con argumentos sin fundamentos judiciales. Cuando se resolvieron todos los incidentes, otra vez Bogado presentó nulidad de actuaciones de la Sala Penal de la Corte y la extinción del proceso, que también fueron rechazados.
Para evitar ser sancionado, una vez que Bogado tuvo un rotundo revés, le tocó el “turno” a Gabriela Quintana recusar a los camaristas Pedro Mayor Martínez y Cristóbal Sánchez; cuando se rechazó eso, la misma “niñera de oro” presentó una segunda recusación contra los camaristas Pedro Mayor Martínez, Cristóbal Sánchez y Mirtha González y la misma tampoco corrió.
Entonces entró en escena Miguel Pérez, exjefe de Gabinete de la Cámara de Diputados, quien paradójicamente fue absuelto de culpa y reproche y recusó a los camaristas Cristóbal Sánchez y Mirtha González.
Por todas estas chicanas, reiteradas y sin fundamentos es que los camaristas señalaron: “Las recusaciones interpuestas se han convertido en obstáculos insuperables, situación que amerita la aplicación de las consecuencias previstas en la ley”. De esta manera la Cámara no solo confirmó la condena para el exsenador Víctor Bogado y su “niñera” Gabriela Quintana, sino que también le rechazaron sus pedidos de extinción y prescripción. La condena no quedó firme debido a que todavía se puede recurrir a la Corte y se espera que esta semana se presenten los incidentes.