Cargando...
¿La justicia humana será, dentro de poco, colonizada y sustituida por los robots y la inteligencia artificial? ¿El avance de la tecnología y la informática sentenciarán la desaparición del abogado y cerrarán las aulas de Derecho? El proceso expansivo de la aplicación de la tecnología informática dentro del campo del Derecho es una realidad innegable, que viene empujando las fronteras conocidas y consensuadas de nuestro mundo –hacia límites insospechados y peligrosos– desde 1950 en adelante.
Muchos y reiterados artículos científicos y periodísticos así lo vaticinan, de manera coincidente y progresiva, sin una mueca de duda. Tanto es así que con la irrupción del siglo XXI en el albor del 2000, esta posibilidad se multiplica, afianzándose el cumplimiento de la profecía enunciada por la Matrix, la del cine, que amenaza con abandonar su mundo ficticio para convertirse en una impensada, distópica y vulgar realidad.
El temor, al igual que la incertidumbre, de los obreros y artesanos manuales de la segunda mitad del siglo pasado, ahora lo sufren los abogados: el peligro de ser desbancados por las máquinas inteligentes. Por cualquiera de ellas, entre las que ya ejercieron y ejercen efectivamente la profesión podemos citar a ROSS INTELLIGENCE (experto en cuestiones financieras y quiebras), producido en el 2015 por la IBM; a DoNotPay (experto en defender a ciudadanos multados por infracciones de tránsito) creada por un adolescente Inglés, o por LEX MACHINA (experto en jurisprudencia) desarrollada por la Universidad de Stanford.
DoNotPay, actualmente una app descargable desde play store (chatbot), después de las multas de tránsito pasó a ofrecer asistencia para obtener reembolsos por vuelos atrasados en Europa, y actualmente se aplica también para asistir en sus trámites a los refugiados en Estados Unidos y Canadá.
En Argentina opera desde el 2017 OFICIOS el software que, por sí solo, emite oficios y mandamientos en varios juzgados de Buenos Aires, Mendoza, Jujuy, Santa Fe y en la Fiscalía. No son los únicos, ya existen muchos otros software y programas diseñados cibernéticamente con el fin de realizar tareas propias de la abogacía, y la tendencia irreversible es que continúe expandiéndose.
El 23% del trabajo del abogado puede ser automatizado, según un estudio investigativo efectuado, en enero del 2017, por el McKinsey Global Institute de los Estados Unidos. Otros estudios estiman que ese porcentaje puede llegar al 50%.
Particularmente suscribo la postura sensata e inteligente de los expertos que advierten que se sobreestima la importancia del robot abogado y que su efecto no llegará al porcentual apocalíptico señalado por algunos. También apoyo el pensamiento de los que afirman que el neo advocatus machina no tiene la capacidad de sustituir por completo al abogado, pero si lo relevará en aquellas tareas rutinarias que pueden procesarse mediante algoritmos lógicos no muy complejos.
Lo que no puede negarse, y hay que asumirlo, no como una amenaza sino como una magnífica oportunidad de recrear la función y la imagen del abogado, es que el mundo jurídico, y sobre todo el perfil del profesional sufrirá un cambio de notables proporciones y que, de aquí a poco, ninguno será igual al que conocemos.
Las interrogantes
Hasta dónde irá la participación de los ciber-abogados; cuáles son los límites reales, técnicos, morales, jurídicos o políticos que le deben ser impuestos, ¿o, tal vez, exista la postura, expresa o velada, de no imponerle ninguna limitación?
Será una herramienta o, en algún momento, llegará a ganar independencia y autosuficiencia, desprendiéndose de la tutela del estudio jurídico o del abogado humano, adquiriendo identidad propia.
Al tratarse de un ser inanimado, sin deseo ni voluntad, sin libre albedrío ni autodeterminación, el robot abogado resulta ser absolutamente inimputable; carece de responsabilidad. En tal caso, ¿quién se hará responsable de los daños y perjuicios irrogados por un error o un defecto en el funcionamiento de la máquina leguleya? ¿Será el estudio jurídico propietario del robot, su diseñador, su programador, el informático o el cedente de la patente de uso del software ciber-jurídico, quizás el juez que permitió su intervención. Quién?
La sensata y esclarecida interpretación de los Derechos Humanos universales, estatuidos y declarados por la ONU, ¿permite la intervención de robots con inteligencia artificial en cuestiones tan inalienables e inmanentes a la dignidad humana como son la libertad, el honor, la vida, el buen nombre, la familia?
(Continuará)
(*) Abogado, periodista y docente universitario