Licencia del conductor profesional A.

La licencia de conducir no es un documento más de los conductores, sino al contrario, es su carta de presentación. Tener una licencia profesional de categoría A superior supone mucha responsabilidad, porque habilita al conductor a manejar transportes de gran porte, tanto de personas como de cargas.

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El Reglamento General de Tránsito de la Municipalidad de Asunción dispone en el capítulo segundo todo lo concerniente a la licencia. A continuación, exponemos lo mencionado en los artículos 13 y 14 de dicho reglamento.

El artículo 13 habla de las licencias a expedirse y, consecuentemente, de las siguientes categorías:

1. Profesional clase A Superior.

2. Profesional clase A.

3. Profesional clase B Superior.

4. Profesional clase B.

5. Profesional clase C.

6. Particular.

7. Extranjero.

8. Motociclista.

9. Para tracción animal.

Art. 14.º. La licencia de conductor profesional A superior habilita a su titular a conducir todo tipo de vehículo automotor, en exclusividad el afectado al servicio de transporte público de pasajero del servicio internacional y de cargas peligrosas. Para la obtención de esta categoría, deberá cumplir con los requisitos siguientes:

a. Ser poseedor, con una antigüedad mínima de un año, de la licencia de conducir de la categoría A.

b. Haber cumplido 25 años de edad.

c. Acompañar a la solicitud: cédula de identidad civil, certificado de realización de curso de capacitación expedido por las instituciones públicas autorizadas y certificado de antecedentes penales.

d. En caso de que el solicitante sea extranjero con radicación permanente en el país, además de los requisitos y documentos exigidos en los incisos a), b) y c) del presente numeral, deberá presentar el carné de inmigrante que lo acredite como tal. Poseer la suficiente aptitud físico-psíquica para conducir, y una preparación académica básica, que lo justificará mediante certificado expedido por los organismos especializados para el efecto.

Actividades

1. Reflexiona sobre la responsabilidad de los conductores del trasporte público y los de gran porte que transitan por las rutas.

2. Comenta sobre los requisitos dispuestos en el artículo 14 del Reglamento General de Tránsito de la Municipalidad de Asunción.

Fuente: Municipalidad de Asunción, C. 2010. Reglamento General de tránsito. Disponible en http://bit.ly/29Imrm5

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