La Universidad Nacional de Asunción y su fundación

Si bien es cierto, y como hemos visto hasta ahora, existen figuras muy importantes en la antecedencia de la creación de la Universidad como institución educativa en nuestro país, sobresale de todas ellas la de José Segundo Decoud.

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El 13 de julio de 1869, presentó en el Senado su Proyecto de Ley de Enseñanza Secundaria y Superior, el cual fue publicado al día siguiente en el periódico La Razón, que escribió: "Importante es el proyecto presentado ayer á la consideración del Senado por el miembro de aquella alta Cámara, el ilustrado estadista don José Segundo Decoud./ Por él se pretende establecer tres colegios más de segunda enseñanza; uno en Villa Concepción, otro en Villa Rica y el otro en Villa del Pilar, y además una universidad en la capital" (La Razón, Nº 87, 14 de julio de 1889, pág. 1).

A continuación, el articulista transcribió la alocución de Decoud (ver recorte de prensa de la época). La propuesta, con algunas modificaciones, fue aprobada en ambas Cámaras, pero luego vetada por el Poder Ejecutivo, lo que generó una amplia discusión y una firme posición de parte del Senado a favor de la apertura de la universidad.

El Poder Ejecutivo, encabezado por Patricio Escobar, no tuvo otra alternativa que aceptar la propuesta y promulgó la ley el 24 de setiembre (fecha fundacional de la UNA) y se dispuso su inauguración para el 1 de marzo de 1890, fecha histórica a 20 años de la culminación de la Guerra Grande.

Mientras tanto, las polémicas continuaron a la par de los procesos de ordenamiento y estructuración de la futura alta casa de estudios, entre ellas una caballerosa pero dura discusión en la prensa nacional entre el Dr. Benjamín Aceval (hermano de Emilio Aceval, luego presidente del Paraguay) y José Segundo Decoud, sobre todo acerca de la pertinencia o no de la injerencia del Poder Ejecutivo en las cuestiones que hacían al gobierno de la universidad.

"Dejar al ejecutivo el resorte exclusivo de la reglamentación en materias que versan sobre principios de enseñanza es exponerse a que el espíritu de la ley sea adulterado en su esencia. Tal facultad sería muy peligrosa", expuso Decoud afirmando el principio de autonomía de la casa de estudios (Monte de López Moreira, M.G. Historia de la Universidad Nacional de Asunción (1889-1989), Vol. I, 1990). Dicha libertad está refrendada en el actual estatuto de la UNA del 2005, Capítulo II, arts. 5 y 6.

En el próximo capítulo se dará culminación a esta serie de notas con más datos que hacen a la historia de la UNA.

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