Las peores formas de trabajo infantil
Aunque el trabajo infantil adopta muchas formas diferentes, una prioridad es la eliminación inmediata de las peores formas de trabajo infantil según la definición del Artículo 3º del Convenio núm. 182 de la OIT:
a. todas las formas de esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, como la venta y la trata de niños, la servidumbre por deudas y la condición de siervo, y el trabajo forzoso u obligatorio, incluido el reclutamiento forzoso u obligatorio de niños para utilizarlos en conflictos armados;
b. la utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la prostitución, la producción de pornografía o actuaciones pornográficas;
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c. la utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la realización de actividades ilícitas, en particular la producción y el tráfico de estupefacientes, tal como se definen en los tratados internacionales pertinentes, y
d. el trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños.
e. El trabajo que pone en peligro el desarrollo, físico, mental o moral del niño, sea para su naturaleza o por las condiciones en las que se efectúa, es denominado “trabajo peligroso”.
Los trabajos peligrosos que deberían ser prohibidos (1999) son:
a. aquellos en los que el niño queda expuesto a abusos de orden físico, psicológico o sexual;
b. los que se realizan bajo tierra, bajo el agua, en alturas peligrosas o en espacios cerrados;
c. los que se realizan con maquinaria, equipos y herramientas peligrosos, o que conllevan la manipulación o el transporte manual de cargas pesadas;
d. los realizados en un medio insalubre en el que los niños estén expuestos, por ejemplo, a sustancias, agentes o procesos peligrosos, o bien a temperaturas o niveles de ruido o de vibraciones que sean perjudiciales para la salud, y
e. los que implican condiciones especialmente difíciles, como los horarios prolongados o nocturnos, o los trabajos que retienen injustificadamente al niño en los locales del empleador.
Actividades
a. Determino, según la OIT, cuándo se califica una actividad de trabajo infantil.
b. Cito cuáles son las peores formas de trabajo infantil que se deben eliminar.
c. Explico por qué son las peores formas de trabajo infantil.
d. Enumero los trabajos que deberían ser prohibidos por peligrosos.
-Fuente: Organización Internacional del Trabajo http://www.ilo.org/ipec/facts/lang--es/index.htm
