La bicicleta como medio de transporte

En el mundo se fabrican más de 100 millones de bicicletas anualmente, tres veces más que el número de automóviles, y únicamente en los países desarrollados como Canadá, Alemania, Holanda y China son tomadas en cuenta como medio de transporte, dándoles la misma prioridad que los colectivos y automóviles.

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En nuestro país, poco o nada se preocupan las autoridades para fomentar el uso de bicicletas, teniendo en cuenta el beneficio que reporta al medioambiente, la economía y salud.

Más que un medio de transporte, la bicicleta ahora forma parte de un estilo de vida. Se fue incorporando a las actividades de paraguayos que apostaron principalmente a la salud y economía.

Su uso como medio alternativo de transporte fue avanzando considerablemente en Asunción y las ciudades aledañas, en las que el tráfico de las principales arterias se ve rebasado por la cantidad de automóviles y motocicletas.

Los ciclistas deben lidiar con el malhumor y la poca predisposición de los conductores de vehículos, con quienes luchan a diario por un espacio en el asfalto.

El pésimo servicio del transporte público y la falta de lugar para estacionar son, tal vez, las principales razones por las cuales muchos ciudadanos decidieron cambiar su medio de transporte habitual por la bicicleta.

Varias son las ventajas: las bicicletas no necesitan combustible, no pagan estacionamiento, no deben ir de tanto en tanto al mecánico; el ciclista no paga pasaje, no tiene que pagar impuestos; está comprobado que andar en bici mejora el humor y estado de ánimo, ayuda a reducir el colesterol, combatir los problemas cardíacos y quemar grasa.

Además, evita la contaminación y el ciclista se ahorra tiempo en el tráfico. Sin embargo, muchas personas no se animan a usarla por temor a ser hostigadas y atropelladas por automovilistas y motociclistas.

El Reglamento General de Tránsito de la Municipalidad de Asunción, en el capítulo tercero, sección cuarta «De las bicicletas, triciclones sin motor y vehículos similares», menciona en el artículo 48:

«Toda bicicleta o vehículo similar deberá presentar, para circular por la vía pública, las siguientes condiciones:

a. Timbre o bocina. Su inobservancia constituye falta leve.

b. Condiciones mecánicas y frenos adecuados. (Su inobservancia constituye falta grave).

c. Dos faros: uno en la parte delantera que proyecte luz blanca y otro en la parte trasera que irradie luz roja; este último podrá ser remplazado por un dispositivo cuya superficie refleje la luz roja. (Su inobservancia constituye falta grave)».

Actividades

1. Observa en el tránsito, el uso de la bicicleta como medio de transporte.

2. Describe el grado de peligrosidad del uso de la bicicleta en nuestras calles, teniendo en cuenta la poca reglamentación existente.

3. Comparte los resultados con tus compañeros.

Fuentes

Municipalidad de Asunción, C. 2010. Reglamento General de Tránsito. Disponible en http://bit.ly/2dDzlW1

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