Formar una cooperativa

La creación de una empresa cooperativa es un proceso que requiere la observancia de requisitos establecidos en las leyes.

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La Ley de Cooperativas 438/94 establece los pasos a seguir. Actuar conforme a la misma y cumplir con sus requisitos, hará que la organización sea confiable y las personas que decidan unirse a ella tengan la confianza necesaria para depositar sus recursos y hacer que la empresa funcione y se mantenga en el tiempo.

COMUNICAR EL PROYECTO PARA CREAR LA COOPERATIVA

En reunión con posibles interesados, mencionar el proyecto de crear la cooperativa. Hablar de las necesidades del grupo o la comunidad, que podrían ser satisfechas con la cooperativa a crearse.

Comentar las posibles actividades que puedan desarrollarse. Cómo se obtendrían recursos, materia prima y de qué manera podrían organizarse.

CONFORMAR UN COMITÉ ORGANIZADOR

Pueden ser dos o más personas del grupo mayores de 18 años.

La conformación debe estar escrita en un acta de la reunión, que será firmada por al menos cinco de los asistentes a la reunión.

El comité se encargará de toda la organización, de la elaboración de un proyecto de estatutos y de convocar a la asamblea.

PROYECTO DE ESTATUTOS

Son la definición de los objetivos, las actividades y la organización de la futura cooperativa.

En los estatutos se detallan también los derechos y obligaciones para los asociados a la cooperativa.

Debe ser elaborado por el comité organizador para su presentación en la asamblea de constitución y allí esperar la aprobación de los socios.

CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA DE CONSTITUCIÓN

Al fijar la fecha para la asamblea de constitución, el comité organizador debe convocarla por lo menos 20 días antes. Hará constar en el acta de reuniones y ordenará publicidad del evento.

También se debe comunicar al Instituto Nacional de Cooperativismo que es la autoridad de fiscalización de las cooperativas.

ASAMBLEA DE CONSTITUCIÓN

Para iniciarla, se requieren 20 personas por lo menos, quienes serán los socios fundadores de la cooperativa.

Se tratarán los temas fijados: estudio de los estatutos, monto de las aportaciones y elección de quiénes serán las autoridades de la cooperativa que se está formando.

Un representante del Instituto Nacional de Cooperativismo podrá participar de la asamblea de constitución.

SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO

El Instituto Nacional de Cooperativismo, luego de verificar que la documentación y el proceso fueron correctos, procede a otorgar la personería jurídica a la cooperativa, además la inscribe en el registro y otorga un certificado de inscripción.

Con esto, la cooperativa está en condiciones legales de realizar todas las actividades establecidas en sus estatutos.

CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN

Finalizada la asamblea de constitución, luego de ser aprobados los estatutos y depositadas las primeras aportaciones de capital, se tienen 180 días para solicitar al Instituto Nacional de Cooperativismo el reconocimiento de la cooperativa.

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