Control de la junta de vigilancia

Así como los asociados de la Cooperativa La Esperanza eligieron a quienes administrarán la cooperativa trabajando en el consejo de administración, también nombraron a otro grupo de personas que se encargará de controlar las actividades a través de la junta de vigilancia.

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Para elegir a los miembros, los asistentes a la asamblea de constitución, tomaron en cuenta, además de la confiabilidad y honestidad de los futuros miembros, los conocimientos que pudieran tener sobre temas contables y administrativos.

La función principal de este órgano es el control de las actividades realizadas tanto en los aspectos administrativos y contables, como en los de organización. Sus miembros deben conocer la Ley de Cooperativas y el estatuto de la cooperativa. Deben tener conceptos de contabilidad y administración. Si consideran que no disponen de los conocimientos suficientes al inicio, deberían asistir a cursos y seminarios de capacitación que habitualmente se dictan en otras entidades cooperativas.

El papel que desempeña la junta de vigilancia en una cooperativa es igual de importante que el del consejo de administración. La junta es representante de los asociados en verificar que este cumpla adecuadamente con sus funciones, que se respeten los estatutos y que la administración de la cooperativa sea llevada adecuadamente.

Con el fin de cumplir tan importante tarea, los miembros electos de la junta establecieron como primera actividad conocer mejor la leyes sobre las cooperativas; para ello, además de la lectura, también creyeron conveniente recurrir a personas conocedoras del tema que asistan a estas primeras reuniones y analicen los principales aspectos del trabajo que les toca desempeñar.

Asimismo, consideran de gran importancia que los asociados conozcan sobre el estatuto de la cooperativa La Esperanza, y para ello propondrán al consejo de administración la realización de talleres de capacitación para asociados.

PRINCIPALES FUNCIONES

- Fiscalizar la administración de la cooperativa.

- Revisar los libros contables y documentos.

- Verificar los fondos de dinero y las deudas.

- Recibir e investigar los reclamos de asociados.

- Informar a la Asamblea de su trabajo.

 Para recordar

JUNTA DE VIGILANCIA

Órgano encargado de controlar las actividades económicas y sociales de la cooperativas.

Art. 74 Ley n.° 438 de Cooperativas

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