Condiciones técnicas de los vehículos

Uno de los requisitos básicos para que los vehículos puedan salir a las rutas es que deben estar en condiciones óptimas. Cuando decimos chatarras, sabemos a qué nos referimos. Todos los días vemos algunas de ellas transitar por nuestras calles, echando excesiva cantidad humo, con ruidos por rozamiento de metales o con chaperías calamitosas.

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En nuestro país, a pesar de las normativas existentes, cientos de vehículos circulan por las calles sin las debidas condiciones. Un vehículo que tiene un desperfecto y queda sobre la calzada, trastorna todo el tráfico.

El artículo 42 del Reglamento General de Tránsito de la Municipalidad de Asunción en el capítulo tercero, sección segunda «De los automóviles», menciona las particularidades de las condiciones técnicas de los rodados, que a propósito deben cumplir los rodados, a fin de que estén en condiciones perfectas para transitar por las rutas.

Para circular por la vía pública todo vehículo deberá presentar las siguientes condiciones (art. 42, 1.a parte):

a. Motor y accesorios en buen funcionamiento. (Su inobservancia constituye falta grave).

b. Sistema de iluminación, que deberá estar compuesto de los siguientes elementos:

En la parte delantera no más de dos pares de faros con iluminación adecuada, blanca o amarilla clara, con combinación de luz alta y baja. (Su inobservancia constituye falta grave).

Luces de posición, adelante un par, de color blanco, y detrás otro par, de color rojo. (Su inobservancia constituye falta grave).

Luces de giros intermitentes, de color amarillo adelante y atrás podrán ser de color rojo o amarillo. (Su inobservancia constituye falta grave).

Luces de freno traseras, de color rojo, que se encenderán al accionar el comando, antes de que este actúe. (Su inobservancia constituye falta grave).

Luz de retroceso blanca. (Su inobservancia constituye falta grave).

Luces amarillas intermitentes de emergencia entre las que se incluirán a todas las utilizadas como indicadores de giros. (Su inobservancia constituye falta grave).

Luz blanca para las placas traseras. (Su inobservancia constituye falta leve).

Los vehículos de otro tipo se ajustarán en lo que corresponda.

Las máquinas especiales deben contar con luces de posición, luces de giro, luces de freno traseras, luz de retroceso blanca y luces intermitentes de emergencia, que incluye a los indicadores de giro. (Su inobservancia constituye falta grave).

Actividad

1. Observa las condiciones de los vehículos en tu comunidad o por los lugares en los que transitas.

Fuente

Municipalidad de Asunción, C. 2010. Reglamento general de tránsito. Disponible en: http://bit.ly/29Imrm5

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