Artículo 6: Derecho a la vida (I)

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Lic. Marisol Palacios

Objetivo: Conoce uno de sus derechos fundamentales: el derecho a la vida.

En esta lección vamos a estudiar el artículo 6º de la Convención de los Derechos del Niño, que habla de un derecho fundamental de todo ser humano: el derecho a la vida.  

Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la vida

El derecho a la vida es inherente al ser humano y debe estar protegido por la ley; sin embargo, este derecho no siempre ha sido tenido en cuenta. Muestra de esto es que desde hace siglos, el acto de quitar la vida ha sido fuertemente condenado por la mayoría de las religiones y filosofías. Por esa razón, con el correr del tiempo, las leyes internacionales de derechos humanos han buscado hacer respetar estos derechos inviolables a través de varios tratados, con lo cual se ha logrado determinar, de manera contundente, que la vida de un individuo está protegida por las leyes y el Estado. Entre estos tratados que buscan asegurar el cumplimiento de este derecho fundamental, en el caso de los/as niños/as, se encuentra la Convención de los Derechos del Niño del 20 de noviembre de 1989.

La pena de muerte

Sin embargo… el derecho a la vida, a pesar de todas las leyes, tratados, convenios, etc., no es tan inviolable como lo aseguran en los papeles. Hay casos, en algunos países —afortunadamente no en el nuestro—, en los que es posible que los Estados puedan quitarles la vida a individuos, sin que las leyes internacionales de derechos humanos puedan hacer nada al respecto, como en los casos de la pena de muerte, aplicados en casos de delitos graves o en tiempos de guerra. En este sentido, el art. 37 de la Convención de los Derechos del Niño establece: "(…) No se impondrá la pena capital ni la de prisión perpetua sin posibilidad de excarcelación por delitos cometidos por menores de 18 años de edad".

Un derecho sagrado

Si bien el principio fundamental de los derechos humanos es el derecho a la vida y que nadie podrá ser privado arbitrariamente de ella, este derecho no es tan sagrado como pareciera. Y en el caso de los/as niños/as, existen muchas maneras en que este derecho es violado, como, por ejemplo, el aborto. Así también, si el Estado no cumple con su obligación de satisfacer las necesidades básicas del/la niño/a en términos de nutrición, salud, comida, hogar, etc., no está asegurando su supervivencia.

Derecho a la supervivencia

Todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida, pero, en ciertos casos, cuando hablamos de niños, el derecho a la vida con frecuencia significa el derecho a la supervivencia. Las leyes de los derechos humanos prohíben la aplicación de la pena de muerte en niños. Sin embargo, los tratados de derechos infantiles imponen a los países la obligación de cumplir con las necesidades básicas del niño en términos de nutrición, salud, comida, refugio, etc., para permitir la supervivencia del niño.

La suma de todos los derechos

El derecho a la vida es la suma de todos los derechos por la sola razón de haber nacido. Es el derecho del/la niño/a a la casa para habitar, a la atención materna, al reconocimiento obligatorio por el padre, con todos los deberes que la paternidad impone, a la vigilancia y asistencia del Estado para el desarrollo y su prosperidad fisiológica. La suma de todos estos derechos del niño forma el derecho integral: derecho a la vida. De su reconocimiento y su observancia depende el futuro de un país. En la salud, el desarrollo pleno, la formación sin trabas de los niños para la cultura, para el trabajo, para la libertad y la cooperación se basan los valores que formarán a los hombres y mujeres del futuro.

Medidas apropiadas

Algunas de las medidas que el Estado debe adoptar para asegurar la plena efectividad de este derecho son:

- Asegurar atención sanitaria prenatal y posnatal apropiada a las madres.

- Asegurar una atención continua a la salud de la madre, del recién nacido y del niño.

- Reducir la mortalidad materna.

- Reducir la mortalidad infantil y en la niñez.

- Asegurar el sano desarrollo de los niños.

- Asegurar la prestación de la asistencia médica y la atención sanitaria que sean necesarias a todos los niños, haciendo hincapié en el desarrollo de la atención primaria de salud.

- Mejorar en todos los aspectos referentes a la higiene y seguridad del trabajo, y del medio ambiente.

- Asegurar la prevención y el tratamiento contra las enfermedades epidémicas, endémicas y de otra índole, y la lucha contra ellas.

- Crear condiciones que aseguren a todos asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad.

- Facilitar el acceso a los servicios médicos.

- Combatir las enfermedades y la malnutrición en el marco de la atención primaria de la salud mediante, entre otras cosas, la aplicación de la tecnología disponible y el suministro de alimentos nutritivos adecuados y agua potable salubre, teniendo en cuenta los peligros y riesgos de contaminación del medio ambiente.

- Asegurar que todos los sectores de la sociedad, y en particular los padres y los niños, conozcan los principios básicos de la salud y la nutrición de los niños, las ventajas de la lactancia materna, la higiene y el saneamiento ambiental y las medidas de prevención de accidentes, tengan acceso a la educación pertinente y reciban apoyo en la aplicación de esos conocimientos.
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