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Artículo 156.- De la estructura política y la administrativa
A los efectos de la estructuración política y administrativa del Estado, el territorio nacional se divide en departamentos, municipios y distritos; los cuales, dentro de los límites de esta Constitución y de las leyes, gozan de autonomía política, administrativa y normativa para la gestión de sus intereses, y de autarquía en la recaudación e inversión de sus recursos.
Vocabulario
Autonomía. Potestad que dentro de un Estado tienen municipios, provincias, regiones u otras entidades, para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios.
Autarquía. Política de un Estado que intenta bastarse con sus propios recursos.
Fuente: MEC. 2014. Programa de estudios de la EEB. 2.° ciclo Ciencias Sociales.