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En este sentido, el Art. 5º de la Ley Nº 1535 de Administración Financiera especifica que el PGN constituye la expresión financiera del plan de trabajo anual de organismos y entidades del Estado, donde se prevé la cantidad y el origen de ingresos, así como el monto de gastos autorizados y los mecanismos de financiamiento.
El conocido como proceso presupuestario arranca meses antes con el decreto de lineamiento general dado a conocer en abril de cada año, que representa la base sobre la cual entidades del estado programan y formulan sus anteproyectos para el siguiente año. Tras esto, remiten a Hacienda con fecha límite hasta el 30 de junio, donde la Dirección General de Presupuesto formula y termina por diseñar el PGN, que finalmente será arrimado por el PE al titular del Congreso con fecha límite el 1 de setiembre para que se dé inicio al estudio en instancia legislativa.
El Legislativo conforma la Comisión Bicameral de Presupuesto (CBP), donde senadores y diputados que integran el cuerpo legislativo, tienen tiempo para analizar y dictaminar sobre el plan de gastos presentado por el PE hasta el 30 de octubre. Con dictamen de la CBP, Diputados cuenta con plazo de 15 días para estudiar el proyecto de PGN y sancionarlo con modificaciones o no. Una vez terminado este proceso lo remite a Senadores, que también tiene 15 días para analizar el plan de gastos, es decir, hasta el 30 de noviembre. En caso de aceptar las modificaciones introducidas por Diputados, el proyecto pasa directamente al PE para promulgación o veto. Sin embargo, si el Senado rechaza los cambios realizados por la Cámara Baja, tiene tiempo para devolver a la misma hasta el 10 de diciembre, que a su vez, debe remitir su dictamen al Senado hasta el 30 de diciembre. Cumplido estos procesos, el plan de gastos es enviado finalmente al PE para su promulgación, como una de las alternativas, y entrada en vigencia del PGN. En el caso de veto o rechazo, Diputados debe contar con mayoría absoluta (23 votos) para ratificarse en su aprobación, tal como ocurrió por primera vez en 2017, cuando el PE decide vetar el PGN 2017 y Diputados, con 34 votos a favor de la decisión del PE, permite que el PGN 2016 sea el que entre en vigencia en el presente año.
Como todos los años, el PE pidió a sus ministros y secretarios no realizar ningún pedido de ajustes al Congreso en sus respectivos presupuestos, marcando la directiva de que las negociaciones o acuerdos serán llevados exclusivamente por Hacienda. En esta edición, se analizan alcances del PGN y sus principales desafíos, la calidad del gasto y el déficit fiscal.