Cargando...
Podemos definir por tanto como medio de cobro/pago internacional a la operación que tiene como objeto el facilitar el cobro/pago de las operaciones de compra/venta de mercancías, de servicios o de movimientos de capitales, entre sujetos de diferentes países.
La elección de un medio de pago determinado favorecerá los intereses bien del comprador, bien del vendedor. Por lo tanto lo normal o habitual es que el medio de pago a utilizar en una transacción sea impuesto por la parte mejor posicionada en la negociación comercial.
Si el vendedor se encuentra en una situación o posición negociadora ventajosa respecto al comprador, forzará la aceptación de un medio de pago que le permita tener total seguridad en el cobro, y si es posible, con anterioridad a la entrega de la mercancía.
Por el contrario, es evidente que si la posición ventajosa corresponde al comprador, tratará de imponer un medio de pago que le asegure la recepción de la mercancía, y si es posible con anterioridad al pago de la misma.