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Basilea III es una medida reactiva para combatir las causas de la crisis financiera global última de los años 2008-2009. Se enfoca en medidas en las que se recomienda penalizar a las entidades financieras que invierten en actividades especulativas; no se los prohíben pero se sientan bases para que ellos absorban sus perdidas con su propio capital y no con recursos captados. Se veía venir, ya que las potencias como Estados Unidos y la Unión Europea están introduciendo factores fuertes en sus regulaciones financieras a fin de ir paliando sus debilidades regulatorias.
No confundir el tema de Basilea
Para entender bien el tema de Basilea hay que ubicarse en el rol del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea que fue creado en 1975 por los gobernadores de los bancos centrales del G-10 y compuesto por altos representantes de autoridades de supervisión bancaria y de bancos centrales. Actualmente los miembros son de Argentina, Australia, Bélgica, Brasil, Canadá, China, Francia, Alemania, Hong Kong SAR, India, Indonesia, Italia, Japón, Corea, Luxemburgo, México, Holanda, Rusia, Arabia Saudita, Singapur, Sudáfrica, España, Suecia, Suiza, Turquía, Reino Unido y Estados Unidos de América. Este Comité tiene como funciones la cooperación técnica en temas claves referentes a la supervisión. De allí que han publicado documentos sobre acuerdos y principios que rigen el ámbito financiero.
¿Qué son los Principios de Basilea?
Los Principios Básicos para una Supervisión Bancaria Eficaz fueron publicados por el Comité por primera vez en setiembre de 1997 y actualizados en el año 2006. Estos Principios, en un total de 25, conforman un marco de normas mínimas para la adecuada supervisión que se considera de aplicación universal. A la fecha es un indicador de medición para el sistema financiero. Cuando se tienen informaciones de que se está en un 40 o 50% con Basilea, implica que ese es el porcentaje de cumplimiento de esos 25 principios en el país evaluado. A la fecha es ampliamente utilizado por calificadoras de riesgos, por el FMI; el CEMLA y otros organismos multilaterales, para ver cuán avanzado estamos en el proceso de una robusta supervisión bancaria.
¿Qué es el Acuerdo de Capitales?
Es uno de los pronunciamientos más importantes del Comité de Basilea y que más ha contribuido a la estabilidad financiera y la solvencia de las entidades de crédito. Estos Acuerdos de Capitales es lo que en la jerga común se conocen como Basilea I, Basilea II y actualmente Basilea III en proceso.
¿Qué es Basilea I?
Es el acuerdo que en 1988 publicó el Comité de Basilea y que se compone de un conjunto de recomendaciones para establecer un capital mínimo que debía tener una entidad bancaria en función de los riesgos que afrontaba. Según Basilea I, el capital mínimo que la entidad bancaria debía tener era del 8% del total de los activos de riesgo (crédito, mercado y tipo de cambio sumados). Este Acuerdo tuvo muchas actualizaciones en el periodo 1988 a 2004. En parte, la legislación paraguaya trató de aproximarse a este parámetro, ya que en la Ley 861/95 se establece un capital de adecuación para riesgos y se tiene bien desglosado lo referente a riesgos de créditos (que fuera reglamentada en la derogada Revolución 8 de clasificación de riesgos cartera). Lo que no se pudo completar es la diferenciación taxativa de niveles de capital 1 y 2 según el acuerdo, debido a que entonces nuestro mercado no era muy sofisticado.
¿Qué es Basilea II?
Es el segundo de los Acuerdos de Capitales de Basilea, publicado inicialmente en junio de 2004, aunque ya con consultas en los años 2001 y 2003 con un fuerte ajuste en el año 2006. Todo ese periodo hasta junio de 2010 se fue actualizando. Su objetivo era lograr una medición del capital regulatorio más sensible al riesgo, complementada con la profundización del proceso de supervisión bancaria y la disciplina de mercado. El aporte principal es la estructuración en 3 pilares, de los cuales el primero es referente a los requerimientos mínimos de capital según los riesgos de crédito, riesgo de Mercado y riesgo Operativo (o sea la ampliación del escenario de riesgos incluyendo a estos 3 grupos); el segundo pilar referente a la supervisión (donde se usan los 25 principios revisados) y el tercer pilar la disciplina de mercado a base de una fuerte transparencia de las instituciones financieras. La Resolución 1/2007 de clasificación de riesgos de créditos y otras normativas capturan en parte los modelos estandarizados establecidos por Basilea II. Sin embargo, existen grandes avances en medidas de supervisión prudencial a pesar de algunas restricciones legales para la implementación plena de este Acuerdo.
El origen de Basilea III. En su reunión del 12 de setiembre de 2010, el Grupo de Gobernadores y Jefes de Supervisión, el órgano de vigilancia del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, anunció un sustancial fortalecimiento de los actuales requerimientos de capital y aprobó sin reservas los acuerdos alcanzados el 26 de julio de 2010. Estas reformas sobre el capital, junto con la introducción de una norma de liquidez internacional, se insertan en el plan de reformas del sistema financiero mundial y se presentarán en la cumbre de Líderes del G-20 en Seúl en noviembre.
¿Cuáles son las principales introducciones de Basilea III?
Se puede resumir en los siguientes. Aumento de capital:
Acorde a Basilea III, el requerimiento mínimo de capital ordinario, que es la forma de capital que permite la mayor absorción de pérdidas, se elevará desde el actual 2% (antes de la aplicación de ajustes reguladores) hasta el 4,5% después de la aplicación de ajustes más estrictos. Esto se hará de forma paulatina hasta el 1 de enero de 2015.
La implementación de las reglas de nuevo capital estructural comenzará en enero del 2013. Las normas estarán plenamente en vigencia en enero del 2015.
Colchón de conservación de capital
Se establece en 2,5% por encima del requerimiento mínimo obligatorio. La finalidad de este colchón es garantizar que los bancos mantengan una partida de capital específica con la que absorber pérdidas durante periodos de tensión económica y financiera.
Colchón anticíclico
Que oscilará entre el 0% y el 2,5% del capital ordinario u otro tipo de capital que permita la completa absorción de pérdidas. Esta partida persigue el objetivo macroprudencial más amplio de proteger el sistema bancario frente a periodos de crecimiento excesivo del crédito agregado
Ratio de apalancamiento
Se acordó la aplicación en prueba de un coeficiente mínimo de apalancamiento del 3% del capital de Nivel 1 o que el balance no pueda exceder en 33 veces el capital estructural durante un periodo de prueba y para llegar a un ratio final en enero de 2018.
Liquidez
En este aspecto, los requisitos de liquidez común buscan asegurar que los bancos cuenten con suficiente efectivo o equivalentes de efectivo para enfrentar situaciones de corto plazo. Así, el colchón de liquidez de corto plazo sería principalmente deuda soberana de alta calidad, aunque incluiría también deuda corporativa de alta calidad. Con esto se trata de desmotivar la inyección indiscriminada de liquidez en el sistema para operaciones altamente arriesgadas, especulativas, que fueron las principales causas de la última crisis financiera global.
¿Estamos preparados?
No hay que tener miedo, las normas y los principios internacionales no son leyes taxativas sino más bien son estándares o indicadores que deben ser adaptados a la realidad nacional. En el fondo, en la aplicación de estas normas de Basilea sucede el mismo proceso que cuando tratamos de adaptar los estados contables a las NIC (Normas Internacionales de Contabilidad), a las NIA (Normas Internacionales de Auditoría) o a las NIIF (Normas Internacionales de Información Financiera). Es bueno estar bajo estos estándares, siempre y cuando se hayan identificado el alcance y la forma de implementarlos en el escenario paraguayo.
En la fecha, el Paraguay cuenta con un sistema financiero robusto y con un marco macroeconómico estable, por lo que el proceso iniciado debe continuar sus pasos hacia el fortalecimiento y de desarrollo para converger en un mediano plazo hacia estándares que hacen bien al sistema.
Recomendaciones finales
Si bien Basilea III estará siendo implementada en forma piloto en las grandes potencias económicas, se prevé un largo periodo de consultas en el mismo, que tal vez lo aplacen como ha sucedido con Basilea II. No obstante, el sistema financiero paraguayo, tanto reguladores como entidades supervisadas, deben ir mirando y previendo detalles hacia un escenario de una solvencia sostenible y de mucho cuidado de la liquidez ante las coyunturas cíclicas.
Zulma Espínola
Directora de la Carrera de Economía, Facultad de Ciencias Contables, Administrativas y Económicas (UCA).
No confundir el tema de Basilea
Para entender bien el tema de Basilea hay que ubicarse en el rol del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea que fue creado en 1975 por los gobernadores de los bancos centrales del G-10 y compuesto por altos representantes de autoridades de supervisión bancaria y de bancos centrales. Actualmente los miembros son de Argentina, Australia, Bélgica, Brasil, Canadá, China, Francia, Alemania, Hong Kong SAR, India, Indonesia, Italia, Japón, Corea, Luxemburgo, México, Holanda, Rusia, Arabia Saudita, Singapur, Sudáfrica, España, Suecia, Suiza, Turquía, Reino Unido y Estados Unidos de América. Este Comité tiene como funciones la cooperación técnica en temas claves referentes a la supervisión. De allí que han publicado documentos sobre acuerdos y principios que rigen el ámbito financiero.
¿Qué son los Principios de Basilea?
Los Principios Básicos para una Supervisión Bancaria Eficaz fueron publicados por el Comité por primera vez en setiembre de 1997 y actualizados en el año 2006. Estos Principios, en un total de 25, conforman un marco de normas mínimas para la adecuada supervisión que se considera de aplicación universal. A la fecha es un indicador de medición para el sistema financiero. Cuando se tienen informaciones de que se está en un 40 o 50% con Basilea, implica que ese es el porcentaje de cumplimiento de esos 25 principios en el país evaluado. A la fecha es ampliamente utilizado por calificadoras de riesgos, por el FMI; el CEMLA y otros organismos multilaterales, para ver cuán avanzado estamos en el proceso de una robusta supervisión bancaria.
¿Qué es el Acuerdo de Capitales?
Es uno de los pronunciamientos más importantes del Comité de Basilea y que más ha contribuido a la estabilidad financiera y la solvencia de las entidades de crédito. Estos Acuerdos de Capitales es lo que en la jerga común se conocen como Basilea I, Basilea II y actualmente Basilea III en proceso.
¿Qué es Basilea I?
Es el acuerdo que en 1988 publicó el Comité de Basilea y que se compone de un conjunto de recomendaciones para establecer un capital mínimo que debía tener una entidad bancaria en función de los riesgos que afrontaba. Según Basilea I, el capital mínimo que la entidad bancaria debía tener era del 8% del total de los activos de riesgo (crédito, mercado y tipo de cambio sumados). Este Acuerdo tuvo muchas actualizaciones en el periodo 1988 a 2004. En parte, la legislación paraguaya trató de aproximarse a este parámetro, ya que en la Ley 861/95 se establece un capital de adecuación para riesgos y se tiene bien desglosado lo referente a riesgos de créditos (que fuera reglamentada en la derogada Revolución 8 de clasificación de riesgos cartera). Lo que no se pudo completar es la diferenciación taxativa de niveles de capital 1 y 2 según el acuerdo, debido a que entonces nuestro mercado no era muy sofisticado.
¿Qué es Basilea II?
Es el segundo de los Acuerdos de Capitales de Basilea, publicado inicialmente en junio de 2004, aunque ya con consultas en los años 2001 y 2003 con un fuerte ajuste en el año 2006. Todo ese periodo hasta junio de 2010 se fue actualizando. Su objetivo era lograr una medición del capital regulatorio más sensible al riesgo, complementada con la profundización del proceso de supervisión bancaria y la disciplina de mercado. El aporte principal es la estructuración en 3 pilares, de los cuales el primero es referente a los requerimientos mínimos de capital según los riesgos de crédito, riesgo de Mercado y riesgo Operativo (o sea la ampliación del escenario de riesgos incluyendo a estos 3 grupos); el segundo pilar referente a la supervisión (donde se usan los 25 principios revisados) y el tercer pilar la disciplina de mercado a base de una fuerte transparencia de las instituciones financieras. La Resolución 1/2007 de clasificación de riesgos de créditos y otras normativas capturan en parte los modelos estandarizados establecidos por Basilea II. Sin embargo, existen grandes avances en medidas de supervisión prudencial a pesar de algunas restricciones legales para la implementación plena de este Acuerdo.
El origen de Basilea III. En su reunión del 12 de setiembre de 2010, el Grupo de Gobernadores y Jefes de Supervisión, el órgano de vigilancia del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, anunció un sustancial fortalecimiento de los actuales requerimientos de capital y aprobó sin reservas los acuerdos alcanzados el 26 de julio de 2010. Estas reformas sobre el capital, junto con la introducción de una norma de liquidez internacional, se insertan en el plan de reformas del sistema financiero mundial y se presentarán en la cumbre de Líderes del G-20 en Seúl en noviembre.
¿Cuáles son las principales introducciones de Basilea III?
Se puede resumir en los siguientes. Aumento de capital:
Acorde a Basilea III, el requerimiento mínimo de capital ordinario, que es la forma de capital que permite la mayor absorción de pérdidas, se elevará desde el actual 2% (antes de la aplicación de ajustes reguladores) hasta el 4,5% después de la aplicación de ajustes más estrictos. Esto se hará de forma paulatina hasta el 1 de enero de 2015.
La implementación de las reglas de nuevo capital estructural comenzará en enero del 2013. Las normas estarán plenamente en vigencia en enero del 2015.
Colchón de conservación de capital
Se establece en 2,5% por encima del requerimiento mínimo obligatorio. La finalidad de este colchón es garantizar que los bancos mantengan una partida de capital específica con la que absorber pérdidas durante periodos de tensión económica y financiera.
Colchón anticíclico
Que oscilará entre el 0% y el 2,5% del capital ordinario u otro tipo de capital que permita la completa absorción de pérdidas. Esta partida persigue el objetivo macroprudencial más amplio de proteger el sistema bancario frente a periodos de crecimiento excesivo del crédito agregado
Ratio de apalancamiento
Se acordó la aplicación en prueba de un coeficiente mínimo de apalancamiento del 3% del capital de Nivel 1 o que el balance no pueda exceder en 33 veces el capital estructural durante un periodo de prueba y para llegar a un ratio final en enero de 2018.
Liquidez
En este aspecto, los requisitos de liquidez común buscan asegurar que los bancos cuenten con suficiente efectivo o equivalentes de efectivo para enfrentar situaciones de corto plazo. Así, el colchón de liquidez de corto plazo sería principalmente deuda soberana de alta calidad, aunque incluiría también deuda corporativa de alta calidad. Con esto se trata de desmotivar la inyección indiscriminada de liquidez en el sistema para operaciones altamente arriesgadas, especulativas, que fueron las principales causas de la última crisis financiera global.
¿Estamos preparados?
No hay que tener miedo, las normas y los principios internacionales no son leyes taxativas sino más bien son estándares o indicadores que deben ser adaptados a la realidad nacional. En el fondo, en la aplicación de estas normas de Basilea sucede el mismo proceso que cuando tratamos de adaptar los estados contables a las NIC (Normas Internacionales de Contabilidad), a las NIA (Normas Internacionales de Auditoría) o a las NIIF (Normas Internacionales de Información Financiera). Es bueno estar bajo estos estándares, siempre y cuando se hayan identificado el alcance y la forma de implementarlos en el escenario paraguayo.
En la fecha, el Paraguay cuenta con un sistema financiero robusto y con un marco macroeconómico estable, por lo que el proceso iniciado debe continuar sus pasos hacia el fortalecimiento y de desarrollo para converger en un mediano plazo hacia estándares que hacen bien al sistema.
Recomendaciones finales
Si bien Basilea III estará siendo implementada en forma piloto en las grandes potencias económicas, se prevé un largo periodo de consultas en el mismo, que tal vez lo aplacen como ha sucedido con Basilea II. No obstante, el sistema financiero paraguayo, tanto reguladores como entidades supervisadas, deben ir mirando y previendo detalles hacia un escenario de una solvencia sostenible y de mucho cuidado de la liquidez ante las coyunturas cíclicas.
Zulma Espínola
Directora de la Carrera de Economía, Facultad de Ciencias Contables, Administrativas y Económicas (UCA).