El “infortunio” tributario del Paraguay

Tenemos un país chico, poblacionalmente considerado pequeño. En consecuencia las posibilidades de crecer y desarrollar internamente el empleo, fundamento moral de la vida, el mercado interno no justifica sino su extensión al mercado externo.

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Este es el fundamento que podría justificar eso que se llama “paraíso fiscal”, o sea, ventajas con  relación a tributos más altos que se cobran en cualquier país del exterior. Pero, así vista la realidad, debemos concebir un régimen de tributos que dé al Estado los ingresos suficientes para cubrir sin dificultades las demandas de una mejor calidad de vida del pueblo, en las obras o servicios públicos y privados: educación, salud, trabajo, viviendas dignas, estabilidad económico, moral, espiritual de la familia, saneamiento del medio ambiente. Un Estado vinculado como función fundamental a la solidaridad con la ciudadanía. Además, manejar la realidad, la misma que nos fija nuestra geografía, y abandonar la ficción especulativa del país “virtual” (contrario a la realidad), muy cómodo para las promesas desvinculadas de demandas y necesidades reales.

Abandonar, por madurez y responsabilidad ciudadana, los “programas de simple captación de votos”. Veamos cómo se puede manejar con realismo esta situación, del inicio limitante.

II- SI PRODUCIMOS POCO NO ABASTECE EL MERCADO INTERNO

Es nuestro gran problema. Poca producción, más desempleo. La única alternativa es PRODUCIR MÁS Y VENDER AL MERCADO EXTERNO. Esta realidad no se modifica. La conclusión será siempre ampliarnos hacia la demanda externa, abasteciendo la interna. Además, dar productividad a la producción de bienes y servicios, o sea, agregarle a la producción que se exporta, VALOR AGREGADO, y generar más empleo y generando seguridad económica con bienestar social para toda la población.

III- ANALICEMOS EL PROBLEMA TRIBUTARIO CON EQUIDAD

Por lo general así se expresa en la Ley 125/92 y la de Adecuación Fiscal 2421 del 5 de julio de 2004, una fuerte influencia de los factores económicos de poder, lo que se divorcia de lo que manda la Constitución Nacional, en especial en su Art. 170 (DE LA CREACIÓN DE TRIBUTOS) que expresa: “Todo Tributo, cualquiera sea su naturaleza o denominación, será establecido por la Ley, respondiendo a PRINCIPIOS ECONÓMICOS Y SOCIALES JUSTOS, así como a políticas favorables al desarrollo nacional”; y en su Art. 181 (DE LA IGUALDAD DE TRIBUTOS), a la letra DICE: “La igualdad es la base del Tributo. Ningún impuesto tendrá carácter confiscatorio. Su creación y su vigencia atenderán a la capacidad contributiva de los habitantes y a las condiciones generales de la economía del país”. Estos constituyen el principio de legalidad del tributo, que debe orientar la política tributaria del país aplicado a su realidad. Compete al Gobierno (Congreso y Poder Ejecutivo) ajustar la legalidad a la realidad, pues se gobierna para toda la Nación, sin establecer privilegios, ya sea por acción o por omisión. Por lo general, es la omisión que facilita romper el equilibrio de “la igualdad ante el tributo”, veamos casos muy notorios:

a) El IVA: Que debiera llamarse “Impuesto al Consumo” para que sea general. Tal está su redacción actual, todos los intermediarios en actividades de producción, importación y exportación, reconoce a favor de los mismos convertir este tributo en un CRÉDITO FISCAL, pero el consumidor final es discriminado al tener que pagar el IVA. El argumento de esta discriminación es que los intermediarios PAGAN RENTA y los consumidores no. Esta situación QUEDÓ MODIFICADA con la aplicación del IMPUESTO A LA RENTA PERSONAL, que hace que los consumidores también paguen dicho tributo, que es del 10%, al igual que el que pagan los sectores de mayores ingresos, como productores nacionales, importadores y exportadores.

b) El IMAGRO: Que es un tributo sin significación pero encubre una forma de evasión fiscal que regularizar. ¿Cómo? Tener un catastro de la superficie agronómicamente útil, hoy establecido por el mismo productor rural agro-ganadero, por una simple DECLARACIÓN JURADA. Además, miles de medianos productores, que no son directamente agroexportadores, venden localmente y sin ninguna documentación respaldatoria a los grandes BROKER exportadores que, finalmente, son quienes se benefician con el crédito fiscal IVA.

Es evidente que existe una gran evasión en el pago de este tributo, que por equidad tributaria debe derogarse y sustituirlo directamente por el impuesto a la renta de las empresas, sean estas unipersonales o jurídicas. Hay una evidente EVASIÓN TRIBUTARIA y lamentablemente las autoridades tributarias carecen de los adecuados medios de control para ejercer sus funciones de fiscalización y sanción por evasiones.

c) El IMPUESTO A LA RENTA PERSONAL: No estamos contra el tributo, pero sí en la forma de su aplicación, que pretende incorporar como sujetos de este impuesto a miles de trabajadores manuales de irregulares ingresos, que ya están atrapados por el IVA y es el único impuesto que se les puede aplicar. Incorporar a este gran sector de trabajadores (albañiles, pintores, carpinteros, electricistas, enfermeros y tantos otros) en nuestra realidad resulta, a más de un absurdo, un abuso, considerando que por lo general no pueden pagar contadores.

Y, como si fuera poco, se les impone con carácter REGRESIVO a estos ingresos, tomando como parámetro el salario mínimo para sectores no especificado: primero no pagan por el ingreso equivalente a diez salarios mínimos y luego regresivamente se impone este tributo al ingreso equivalente a TRES SALARIOS MÍNIMOS.

CONCLUSIÓN

Necesitamos un Sistema Tributario Nacional mejor sistematizado en su redacción, en su legalidad y como respuesta a la realidad. Ley clara, mayores ingresos para el fisco y más claridad y eficiencia para la fiscalización. Debe terminar la irracionalidad de dictar tantos decretos reglamentarios y tantas resoluciones “aclaratorias”, más o menos una por semana, que solo confunden al propio contribuyente. Una Ley Tributaria se dicta una vez y no requiere agregarle tantas aclaraciones, tal se viene manifestando desde hace unos años en nuestro país. El exceso de leyes, decretos y reglamentos, más miles de resoluciones, termina por distorsionar el espíritu de la ley. Falta una buena gestión en el poder administrador, que por contrapartida permita crear la cultura tributaria que hoy nos falta, aunque hay que reconocer en este sentido el esfuerzo educativo que viene impulsando la Subsecretaría de Estado de Tributación con buen criterio pedagógico. No hace falta amenazar sanciones sino educar en la equidad tributaria para que la gente pague sus tributos.

Sistema

Necesitamos un Sistema Tributario Nacional mejor sistematizado en su redacción, en su legalidad.

Faltan

Como respuesta a nuestra realidad faltan ley clara, mayores ingresos para el fisco, claridad y eficiencia para fiscalizar.

Exceso

El exceso de leyes, decretos y reglamentos, más miles de resoluciones, termina por distorsionar el espíritu de la ley.

Gestión

Falta una buena gestión en el poder administrador, que por contrapartida permita crear la cultura tributaria.

Esfuerzo

Hay esfuerzo educativo que viene impulsando la Sub Secretaría de Estado de Tributación con buen criterio pedagógico.

(*) Abogado, economista con doctorados. Autor del primer anteproyecto de Ley Tributaria, año 1990.


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