Buscan fortalecer a la ANDE a costa del sector eléctrico

Previo al análisis de los méritos del proyecto de ley de fortalecimiento de la ANDE conviene desmitificar algunas creencias populares que si no las desenmascaramos pasan como verdades absolutas sobre las cuales se elucubran proyectos populistas, que muchas veces son perversos y con posibles efectos negativos para la sociedad.

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Mito 1: La ANDE es el sector eléctrico paraguayo

Paraguay no tiene un sector eléctrico sano debido a que agentes políticos y sindicales confabulados mantienen este monopolio estatal eléctrico inconstitucionalmente a través de los años, ocasionando una miopía de ideas, llegando a crear en el imaginario popular que la ANDE representa al sector eléctrico local.

Tantos años de prohibición de la libertad de concurrencia en el sector eléctrico por medio de la ley ANDE (N° 966) y a la vez la ausencia de leyes regulativas desmonopolizantes, llegó a confundir a gran parte de la sociedad, que piensa que una sola empresa que monopoliza la producción, transmisión, distribución y comercialización de la energía eléctrica representa a la industria eléctrica y que cualquier crítica a esta agencia estatal es una afrenta al sector eléctrico en su conjunto.

Un sector eléctrico sano tiene agentes que participan libremente en un mercado eléctrico, tiene una estructura legal que facilita la libre concurrencia de los sujetos, fomenta la competencia empresarial, penaliza la colusión, castiga los comportamientos anticompetitivos, FORTALECE y profesionaliza al regulador del sector. Instituyamos y FORTALEZCAMOS AL ÁRBITRO y evitemos desbalancear el juego apoyando a un solo equipo.

Mito 2: La ANDE es la co-propietaria de Itaipú

Definitivamente, los únicos co-propietarios de la entidad binacional Itaipú son los estados (ciudadanos) de Brasil y Paraguay, representados por sus respectivos gobiernos.

Ambos gobiernos, de común acuerdo, crearon la entidad (Art. III), concesionaron un tramo del cauce del Paraná y un área territorial específico (Art V), financiaron la integración del capital inicial (Art VIII), avalan créditos (Art. X), pueden modificar los anexos del Tratado (Art. III), acuerdan los grandes planes y proyectos de la binacional y finalmente se reparten el producto final (Art. XIII).

Entonces surge la pregunta obligada: ¿qué rol de co-propietario le otorga el Tratado a la ANDE? ¿Qué sobra para la agencia eléctrica estatal? El Tratado le asigna a la ANDE un modesto rol administrativo en la binacional, como miembro minoritario del Consejo, un secretario técnico del Poder Ejecutivo. Buscando una descripción cortés, pero distante, quizás muy distante está la ANDE de ser co-propietaria de la binacional. Tan lejos que el Acuerdo y Sentencia N° 280/11 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia negó la posibilidad de cumplir siquiera el rol de co-administrador y supervisor, tal como usualmente se conoce a esta función.

La Corte hizo lugar a la acción de inconstitucionalidad promovida por ambas binacionales contra la Ley N° 1167/97, donde se pretendía, entre otras medidas de control, que la ANDE pueda solicitar documentaciones e informes a las binacionales. ¿Qué tipo de co-propietario es esta agencia eléctrica estatal que –aparte de no haber hecho ningún aporte financiero, ni ejercer derechos de propietario reales en la entidad, tampoco puede ejercer control y supervisión en la entidad, más allá de las limitadas acciones administrativas por las cuales recibe ingentes sumas de dinero por resarcimiento?

La Argentina ha ejercido su calidad de co-propietaria en Yacyretá en forma más dinámica. A lo largo de la existencia de la binacional Yacyretá, cambió a la contraparte de ANDE un par de ocasiones, siendo Aguas y Energía (A y E) la figura operante original en el Tratado. Actualmente la agencia estatal que recibe los fondos por “capital integrado” y “Resarcimiento por administración” es el Ministerio de Planificación Federal, M.P.F.I. y S., que había sustituido al Ministerio de Relaciones Exteriores. EBISA reemplazó a A y E en la función de comercialización de la energía de Yacyretá. Ambos tratados permiten estos cambios, bastando la voluntad de los propietarios.

Mito 3: Los ingresos desde las binacionales deben aplicarse solamente al sector eléctrico

Esta tesis antojadiza y corporativa de que el sector eléctrico (¿solo a través de la ANDE?) debe ser el único beneficiado con los ingresos extraordinarios, producto del “rendimiento del capital integrado” y de los “resarcimientos” de las binacionales no tiene ningún sustento lógico ni justificación moral. Hay sectores más carenciados del país que precisan la atención urgente del gobierno y este brinda cobertura limitada por falta de recursos. La injusticia se acentúa cuando sabemos que en toda la región el sector eléctrico se autofinancia –como sistema– a través de ingentes inversiones privadas, pero debido a la retrógrada visión monopolizante se prefiere dejar en el abandono el precario sistema de salud y educación de nuestros compatriotas, escamoteándoles estos recursos y los bonos estatales hacia un sector perfectamente autosostenible financieramente.

Es de entera justicia rectificar esta anormalidad y parte de estos ingresos extraordinarios deben reforzar los fondos de programas sociales tal como protección de la primera infancia, Fonacide, etc.

Mito 4: El aporte intergubernamental, eterno causante de problemas financieros de ANDE

El monto total transferido por la ANDE a la Dirección del Tesoro desde 1999 hasta la fecha en concepto de “Transferencias Consolidables de Entidades Descentralizadas” es de G. 937.561.754.930 o US$ 201.700.000 aproximadamente, según datos de la ANDE.

La ANDE recibió –como subsidio encubierto– de la Itaipú los siguientes montos: en concepto de “rendimiento de capital” US$ 203.400.000 desde 1987, descontado la amortización al Banco do Brasil. En concepto de “resarcimiento” recibió US$ 370.900.000 desde 1.989, sumando un total de US$ 574.300.000 en ambos conceptos. Estas gigantescas sumas de dinero las ha recibido en concepto de dudosas funciones reales dentro de la entidad y sin hacer ningún aporte real de dinero.

Descontando el aporte intergubernamental –el supuesto motivo del infortunio financiero de la ANDE– el flujo neto de subsidio recibido por la ANDE representa US$ 372.600.000, suficientes recursos EXTRAORDINARIOS con los cuales ANDE pudo haber financiado la construcción de líneas de transmisión nuevas y adicionalmente haber reforzado y expandido la red de distribución en gran medida. Como se ve, el negocio de transferencias estatales entre el gobierno central y ANDE resulta altamente ventajosa para el monopolista del mercado eléctrico, mostrándose insaciables. A la ANDE le llueve dinero sin hacer un mayores esfuerzos técnicos ni financieros en las binacionales, y son estos recursos regalados los que sostienen la pésima administración de la estatal.

* Autor de esquemas regulativos en distribución eléctrica (UNA).

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