Bienes públicos

Son mercancías que todos pueden disfrutar y que es imposible impedir que alguien las disfrute, es decir, son no rivales y no excluyentes. Entre algunos bienes públicos se encuentran la prestación regular de servicios (educación, salud, justicia, etc.); la distribución más equitativa de la renta y la riqueza; alcanzar un mayor grado de desarrollo y crecimiento. Otro de los considerados bienes públicos son ayudar a mantener estable el nivel general de precios; promover el pleno empleo (Fuente Superintendencia de Bancos, Banco Central del Paraguay).

Otra definición de bienes públicos refiere a la categoría constituida por los bienes generados o no por el estado, y orientados a satisfacer necesidades de orden social, sean estas colectivas o públicas, cuyas características principales son: a) que una vez producidos están disponibles para todos los agentes de la comunidad, b) su uso o consumo no excluye a otros consumidores simultáneos (no rige el “principio de la exclusión” característico de los bienes privados); c) el uso por otros consumidores no disminuye la dotación del recurso (no rivalidad en el uso); y d) Indivisibilidad de beneficios (no supone un beneficio igual para todos pero es problemática su determinación), ya que no todos se benefician de la misma forma con su producción. Son ejemplos de bienes públicos: un faro para la navegación, las emisiones de las radios y los canales de aire de televisión, o el programa de defensa de una nación, una plaza, etc. (Fuente: http://www.eumed.net)

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