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El Pliego de Tarifas es el documento en el que se fijan las categorías y tarifas aplicadas a los consumidores. Ahí figuran los clientes residenciales, industriales, gubernamentales, otros en baja tensión y media tensión. El último ajuste de tarifas data de 2017.
La ANDE instaló medidores que tienen la capacidad de registrar el consumo de energía de acuerdo a los tramos horarios, pero hasta ahora solo a clientes en media tensión, con determinada potencia, se les aplicaba tarifas discriminadas, por horario.
La opción de referencia, voluntaria, permite a los clientes en baja tensión de las categorías Residencial, Industrial, Gubernamental y otros, si lo piden, que se les facture con tarifas diferentes, de acuerdo a los horarios en que utilicen energía.
Por ejemplo, en la categoría Residencial o de viviendas, hasta ahora se aplicaba una sola tarifa para las 24 horas del día y solo variaba de acuerdo con el consumo total (observa el cuadro).
Así, si el consumo es 250 kWh se aplica la tarifa de 365,45 G./kWh y si el consumo mensual es de 400 kWh la tarifa aplicada es de 403,82 G./kWh. Así funciona hasta hoy. A medida que aumenta el consumo mensual, la tarifa va creciendo de 311,55 G./kWh a 435,51 G./kWh, pero se aplica una sola para todo el mes.
La propuesta de tarifas monómicas plantea que se apliquen dos tarifas en el mes; uno para el horario de punta de carga (casi el doble de lo que se aplica hoy) y otro para el horario de fuera de punta de carga (31% menos que la tarifa actual).
Las horas de punta de carga son 8 hs en 2 tramos (de 12 a 16 hs. y de 18 a 22 hs.) de lunes a sábado.
El domingo todo el día es horario fuera de punta de carga
Las tarifas para la categoría Residencial que se van a aplicar ahora son:
De 0 a 500 kWh: punta de carga: 669,17 G,/kWh y fuera de punta de carga: 263,88 G,/kWh.
De 501 a 1000 kWh: punta de carga: 696,42 G./kWh y fuera de punta de carga: 274,62 G./kWh.
Mayor a 1000 kWh: punta de carga: 721,68 G./kWh y fuera de punta de carga: 284,58 G./kWh.
Un ejemplo numérico: si es una vivienda que consume 400 kWh en un mes; el importe de la factura sería G. 161.528: 1) Si la familia utiliza esos 400 kWh de manera uniforme en todas las horas del mes, en forma lineal, su consumo en el horario de punta de carga sería el 29% del total y el de fuera de punta seria de 71%; el importe sería G. 152.503 que resultaría 5,5% menos que la tarifa única.
Si el consumo en el horario de punta de carga aumenta al 35% del consumo total, el importe sería similar a la tarifa única.
Si el consumo en el horario de punta de carga es el 40% del consumo total; el importe sería 5,5% superior a la tarifa única.
Si el consumo en horario de punta de carga es el 50% del consumo total; el importe de la factura mensual será 16% superior a la de tarifa única.
Finalmente, si no se usa energía en el horario de punta de carga, y solo se usa en el de fuera de punta de carga, el importe se va a reducir un 35%.
En resumen:
1) La tarifa monómica por tramos horarios es una opción que, dependiendo de cuánto consuma el usuario en el horario de punta de carga el importe de la factura puede ser menor, pero también puede ser superior principalmente en verano.
2) La aplicación requiere que los usuarios cambien sus hábitos de consumo entre las 12 y las 16 horas (siesta) y entre las 18 y 22 horas (tardecita/noche) y coincide que, en verano, en esos horarios, se utiliza mucho el aire acondicionado, es decir, deben limitar el uso de esos aparatos en esos horarios.
3) Si pueden limitar el uso en el horario de punta de carga, los usuarios pueden disminuir sus factores entre 5 y 35%.
4) Si no limitan el uso en el horario de punta, los importes pueden aumentar en torno al 20%.
5) En el verano, los mayores consumos de energía se dan en los horarios de punta de carga.
6) Para la ANDE es conveniente, porque tendría una menor exigencia el sistema eléctrico en el horario de punta de carga y también mejoraría el factor de carga mensual, al trasladar el consumo al horario de fuera de punta.
7) Para que sea conveniente al usuario se requiere de un cambio en los hábitos de uso de la energía eléctrica del usuario, quien también debe aceptar la pérdida de confort que implique al limitar el uso de a/a cuando más lo necesite.
8) Además, este mes se utilizan muchas luces de Navidad, que se encienden desde las 18 horas en adelante, esto obligaría a que la gente prenda sus luces de Navidad después de las 22 y que no use a/a por la siesta, ni cuando vuelva de su trabajo.
9) Hubiera sido más conveniente que se aplique después del verano, en forma planificada, de mediano plazo. Si conviene o no, la respuesta es: depende... Por suerte es voluntario.
Para alguien que puede controlar y limitar el uso en el horario de punta de carga es conveniente pero a costas de no disfrutar del confort del a/a, pero para el uso normal sería igual o más caro.
Se necesita un cambio de hábito, que a su vez exige una campaña de concienciación, que pide tiempo. Tal vez hubiera sido más conveniente tal vez después del verano.
El cambio de hábito exige tiempo. Sería mejor que la ANDE ahora concientice para aplicarlo luego del verano. Aplicarlo en diciembre, cuando aumenta el consumo justo en el horario de punta de carga sería contraproducente para el consumidor y quedaría como una sobrefacturación. Además, hace falta que los medidores registren en forma adecuada, que las lecturas se realicen en fecha y en la facturación se aplique la parametrizacion para cada faja de consumo.
La idea no es nueva, pero reiteró que este no es el momento de aplicarla si buscan beneficiar al consumidor.
Cambios
Para que convenga al usuario debe cambiar sus hábitos de uso de la energía y aceptar la pérdida de confort al limitar el uso de a/a cuando más necesite.
Igual, o...
Para alguien que pueda controlar y limitar el uso en la hora pico es conveniente, pero ya no disfrutará del a/a. Si el uso es normal, sería igual o más caro.