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El proyecto de PGN debe ser presentado en una fecha que tiene como límite el 1 de setiembre de cada ejercicio fiscal. Sin embargo, el diseño del proyecto se inicia meses antes con el decreto de lineamiento general dado a conocer en abril, que representa la base sobre la cual las entidades del Estado deben programar y formular sus anteproyectos para el siguiente año. Tras esto, remiten al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) con fecha límite hasta el 30 de junio, donde la Dirección General de Presupuesto, formula y consolida el Presupuesto General Nación, que finalmente será el presentado por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional para dar inicio al estudio en la instancia legislativa.
Una vez ingresado en el Poder Legislativo, si se conforma la Comisión Bicameral de Presupuesto (CBP), los senadores y diputados que integran el cuerpo legislativo tienen tiempo hasta el 30 de octubre para analizar y dictaminar sobre el plan de gastos presentado por el Ejecutivo.
Con el dictamen de la CBP, la Cámara de Diputados cuenta con un plazo de 15 días para estudiar el proyecto de Presupuesto General de la Nación y sancionarlo con modificaciones o no. Una vez terminado este proceso, lo remite a la Cámara de Senadores, que tiene el mismo plazo para analizar el plan de gastos, es decir, hasta el 30 de noviembre. En caso de aceptar las modificaciones introducidas por la Cámara Baja, el proyecto de PGN pasa directamente al Poder Ejecutivo (PE) para su promulgación o veto. Sin embargo, si el Senado rechaza los cambios realizados por Diputados, tiene tiempo para devolver a esta cámara hasta el 10 de diciembre que, a su vez, debe remitir su dictamen al Senado, como fecha límite, hasta el 20 de diciembre.
Cumplidos estos procesos, la propuesta del Plan de Gastos es remitida finalmente al PE para su promulgación (una de las alternativas) y entrada en vigencia del Presupuesto General de la Nación. En el caso de veto o rechazo, la Cámara de Diputados debe contar con una mayoría absoluta (23 votos) para ratificarse en su aprobación, tal como ocurrió por primera vez en el año 2017, cuando el Ejecutivo decide vetar el PGN 2017 y diputados, con 34 votos a favor de la decisión del PE, permite que el Presupuesto General de la Nación 2016 sea el que entre en vigencia en ese año. El proyecto había sido enviado al Senado para aceptar o rechazar la decisión del Ejecutivo; sin embargo, la cámara no pudo sesionar, por lo que el veto fue el que prevaleció.
Cada año, el Congreso Nacional es el centro de interminables pedidos, principalmente de aumentos salariales, que se acrecientan en años preelectorales entre sindicatos y partidos políticos. El proyecto de Presupuesto General de la Nación para el 2025 no es la excepción, más en un escenario de aumentos sostenidos en la recaudación. Sin embargo, el proceso de convergencia fiscal al 1,5% del Producto Interno Bruto (PIB) se presenta como un componente clave.