“Engordar al cerdo”: así funciona la estafa de “pig butchering”

En la doctrina (existente) se ha distinguido una situación irregular que compromete al ordenamiento económico, y que refuerza el perjuicio causado a “personas” que se encuentran ligadas a la controversia de los mensajes digitales falsos; que son utilizados para atraer a los inversores en criptomonedas.

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GENTILEZA

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Por consiguiente, los estafadores han perfeccionado nuevas técnicas digitales con una variante denominada “pig butchering” (matanza del cerdo), que reside en el injusto de estafar, generando una (similitud) con la coloquial práctica de los granjeros que engordan a sus cerdos antes de pasar a sacrificarlos. Es que, esta acción se promueve a través de un mensaje de texto con un número equivocado que conlleva a que, indefectiblemente, las víctimas respondan, para luego ser atraídas hacia inversiones en criptomonedas.

Dicho lo anterior, debemos indicar que las referidas (inversiones) que se proponen a las víctimas; en realidad, nunca son reales. Así, lo que los (sujetos) del ilícito buscan es que las víctimas envíen fondos suficientes, y posteriormente, concretar la apropiación del (activo) del estafado. Por ende, hemos de distinguir el suceso del “pig butchering”, que, desde el margen de planificación busca establecer un objetivo (posible), utilizando diversas opciones de interacción social, como ocurre con el uso de las redes sociales (Instagram, Facebook, WhatsApp, entre otros), para que el estafador alcance un contacto con la víctima (aparentando) que se equivocó de número, sin embargo, es parte de la estrategia para generar una conexión inmediata con la persona.

Así, una vez que se concrete la interrelación y se alcance el nivel de confianza, el estafador procede a obtener toda la información respecto a la (víctima), con quien se encuentra interactuando. Subsiguientemente, el (sujeto) finge entablar un interés de relación, y procede a apoyarse en la amistad adquirida para luego exponer una idea de gran oportunidad de inversión (normalmente) relacionada con las criptomonedas (Bitcoin, Ethereum (ETH), Tether (USDT), etc).

Ciertamente, en el tiempo de construir la confianza requerida, el (sujeto) simula un estilo de vida figuradamente ostentoso, para complementar el grado de credibilidad respecto a los beneficios de la inversión sugerida. Ante ello, los sujetos que ejecutan esta maniobra tienden a presentar a las víctimas una cantidad de pruebas ficticias y/o simuladas con relación a las ganancias que conllevarían la inversión propuesta.

También, existen volubles consideradas en la planificación criminal, ante la creación ficticia a través de apps o sitios webs (ficticios) que parecen reales, y en donde se puede “representar” los diversos movimientos y transacciones de los inversionistas (inexistentes) en tiempo real. En otros casos, inclusive se deja que la víctima experimente el retiro de una pequeña cantidad de dinero, para que se sienta beneficiado por su “inversión”.

Por supuesto, una vez suministrado mayor inversión (engorde a la víctima), el sujeto activo del injusto se encarga de sustraerle todo el dinero, para finalmente desaparecer de la reciente relación. Por ende, estos hechos fraudulentos revelan una tipología de estafa que perjudica al ámbito económico – financiero e incide en la desconfianza de aquellas inversiones reales.

A medida que avanza este injusto (técnico), se amplía como parte del esquema delictivo, el parámetro de las criptomonedas, acompañado de la práctica de sitios webs de inversiones falsos para lograr la transferencia de fondos, así como, la incidencia de servicios de alteración facial (deepfake) para concretar el engaño causado a las víctimas. De igual forma, la nomenclatura criminal conlleva potenciar el ilícito de lavado de dinero, para ocultar el origen de lo obtenido por los estafadores.

Definitivamente, estas secuencias fraudulentas generan un perjuicio financiero a los usuarios (inversores), pero a la vez entablan la desconfianza transaccional que desanima a invertir en criptomonedas, causando un sentido negativo en las personas, que en algunos casos han expuesto sus ingresos de retiro. Es por tanto que, debemos reconocer la diversidad de (acciones) de timo, como ocurre con el caso (analizado) del “pig-butchering” scams que ocupa una especie de “estafa en línea” a raíz de la operación y el engaño de personas, especialmente inversores, a través de criptomonedas u otros activos digitales.

Pues bien, se simula una constante del valor de un activo antes de “sacrificarlo” al retirar los fondos de forma fraudulenta, puesto que, siempre se encuentran ligados a una (aparente) inversión lucrativa. Es decir, se establecen varios presupuestos objetivos de una estafa, reconocida por las declaraciones falsas mediante tácticas persuasivas, posibilitando el (engaño), convenciendo a las personas de que inviertan su dinero en un activo, como una criptomoneda, y/o también en alguna otra inversión ficticia, con la promesa de retorno inmediato y fructuoso, manipulándose una plataforma (ficticia) de inversión para simular el aumento del valor de activos.

Finalmente, hemos de esbozar que, la amplia gama de estrategias ilícitas señala (nuevas) metodologías de estafas, como el reciente “Wangiri”, que precisa de la interrelación entre los consumidores y las llamadas telefónicas perdidas realizadas desde números internacionales, pues bien, involucra “robocallers” que generan llamadas para después colgar de una o dos timbradas. En dicho sentido, si la víctima devuelve la llamada, los estafadores comienzan a cobrar dinero, que (igualmente) pueden ocupar cargos monetarios en la factura telefónica.

Variante

Perfeccionan nuevas técnicas digitales de estafas con la variante denominada “pig butchering” (matanza del cerdo). Similar al engorde del animal para luego sacrificarlo.

Acción

La acción se promueve a través de mensaje de texto con un número equivocado que conlleva a que las víctimas respondan, para luego ser atraídas hacia inversiones en criptomonedas.

(*) Docente investigador de la carrera de Derecho de la Universidad Americana. Doctor en Derecho. PosDoctor en Ciencias (PD Cs.) - Mención Investigación Científica. Magíster en Ciencias Penales. X: @MatiasGarceteP

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