Fraude financiero en el metaverso

El actual paradigma (falaz) reside en el denominado “metaverso”, que ocupa un término experimentado que globaliza las distintas formas de “intercomunicación” dentro del mundo cibernético (universo tridimensional persistente en línea, que une múltiples espacios virtuales). Así, hemos de referenciar nomenclaturas técnicas que entablan justiprecio en el contexto económico financiero, tal como ocurre con los NFT vestibles (tokens no fungibles), que han logrado conquistar el mundo digital, así como la interacción de tecnología blockchain, entre otros vértices en el ciberespacio. Es que, los sujetos que ejecutan un injusto, activan aprovechándose de la descentralización de las plataformas y aplicaciones, y ante el alto nivel en tecnología y finanzas que se promocionan a través de la web.

Ciertamente, en la medida en que el sistema tecnológico avanza, también se dan mayores filtraciones de datos, por lo que muchos usuarios se arriesgan, así como el sector financiero (global).
Ciertamente, en la medida en que el sistema tecnológico avanza, también se dan mayores filtraciones de datos, por lo que muchos usuarios se arriesgan, así como el sector financiero (global).GENTILEZA

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En tal sentido, los referenciados (NFT), que se aplican dentro del metaverso, formulan un código individual asociado, que es rastreable (para el ilícito), hasta su propietario, a raíz de diversas cadenas de bloques. Entonces, todo este margen fraudulento persiste en el mundo virtual, en vista a que, los tokens no fungibles son utilizados en las distintas plataformas. Así, se inicia un riesgo (innegable) como fraude en el metaverso, lo que se encuentra ligado a la utilización de las criptomonedas y a las cadenas de bloques, creando posibles irregularidades, promovidas por defraudadores, que se amparan en un conocimiento hábil, capaz de influenciar en el ilícito de lavado de activos y/o para la sustracción de identidades para realizar estafas.

Por consiguiente, estamos ante la necesidad de mínimas medidas regulatorias, puesto que, las conductas (ilícitas) consideran nuevos métodos, para crear riesgos, tanto a empresas como a usuarios (particulares) dentro del ámbito económico-financiero. Asimismo, estos injustos conducen a la desconfianza respecto a las diversas transacciones basadas en la cadena de bloques, porque existe una constante; es decir, una intimidación por parte de “hackeos” que incrementan un perjuicio en el metaverso.

Igualmente, la ejecución (negativa) de fraude en el metaverso se debe tomar (presente) por las diversas organizaciones que ofrecen servicios de transferencias y/o monederos de criptomonedas, pues bien, ocupa un deber legal el reconocimiento a los diversos esquemas y técnicas delictivas que introducen el factor (riesgo) a las diversas plataformas. No obstante, cuando se entabla valor a las (complejas) transacciones mediante criptomonedas, se debe explorar que toda la información administrada va a un registro abierto de la cadena de bloques. Pero, luego de generarse una transacción, resulta difícil de revertir.

Por otro lado, se tiene (además) aquellos sucesos que inciden en contra de la identidad de usuarios, en vista a que es uno de los métodos más tradicionales que se ejecutan, ligado a los ataques de phishing, para acceder a cuentas de terceros. Entretanto, en el metarverso se consolidan aquellas conductas de defraudación que conducen a la creación de múltiples cuentas, dentro de una plataforma, a efectos de constituir el blanqueamiento de capitales, tal como ocurre, cuando el sujeto del injusto compra un NFT de otra cuenta que también controla, “manipulando” dinero de un hecho antijurídico (fuente), y en forma tal, poder ocultar el origen, y retirarlo una vez vendida a un usuario honesto.

Pues bien, se consolidan los delitos financieros que posibilitan la sustracción de carteras digitales (de terceros), y a la vez, se conectan los parámetros de movimiento de gran cantidad de dinero digital utilizando el metaverso, debido a la estructura descentralizada basada en blockchain. Ahora bien, el hurto de activos resulta más factible desde los NFT, donde se paga con dinero regulado como dólares o euros, también llamados “fiat” (monedas emitidas por bancos centrales correspondientes a algún país).

Actualmente, el panorama digital se encuentra al arbitrio de casos de fraudes, que también pueden generar perjuicio económico ante el daño a la reputación de una marca de renombre, principalmente, cuando sus plataformas de pago online resultan atacadas, pues todo el margen (metaverso) posibilita proyectos de estafas en el mercado.

Ciertamente, en la medida en que el sistema tecnológico avanza, también se dan mayores filtraciones de datos, por lo que muchos usuarios se arriesgan, así como el sector financiero (global). Todo ello, debido a que la compra de NFT ha permitido una participación amplia de (sujetos) estafadores dentro del sistema, lo que conlleva a que se complementen con mecanismos de seguridad como KYC (conocimiento del cliente a través de la verificación completa y segura de su identidad) y AML (controles estándar para las empresas para prevenir, detectar y reportar cualquier actividad sospechosa relacionada con el lavado de dinero).

Definitivamente, nos encontramos ante la necesidad de protección de los datos financieros para fomentar la confianza en el comercio electrónico, y para la manipulación (lícita) de productos en línea (digital). En tal sentido, se deben tomar extremos contra los sistemas maliciosos, tal como lo percibe el Honeypot (mecanismo de ciberseguridad que simula un objetivo de ataque diseñado para alejar a los ciberdelincuentes de los objetivos legítimos y recopilar información sobre su identidad y métodos con el fin último de mejorar la seguridad de las redes).

Globaliza

Metaverso, término que globaliza varias formas de “intercomunicación” dentro del mundo cibernético (universo tridimensional persistente en línea, que une múltiples espacios virtuales).

Digital

Hemos de referenciar nomenclaturas técnicas que entablan justiprecio en contexto económico financiero, tal como ocurre con los NFTs vestibles (tokens no fungibles), que han logrado conquistar el mundo digital.

(*) Docente investigador de la carrera de Derecho de la Universidad Americana. Doctor en Derecho. PosDoctor en Ciencias (PD Cs.) - Mención Investigación Científica. Magíster en Ciencias Penales. X: @MatiasGarceteP

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