Régimen de turismo de compras

El Poder Ejecutivo, a través del Decreto N° 2063 del 9 del presente mes de julio, estableció un nuevo Régimen de Turismo de Compras (RTC) a ser implementado en las ciudades fronterizas de Asunción, Ciudad del Este, Encarnación, Pedro Juan Caballero, Pilar y Saltos del Guairá, con impuestos y tasas reducidos con miras a dinamizar el comercio y lograr una mayor formalización, de acuerdo con el argumento expuesto por las autoridades y los empresarios del sector.

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GENTILEZA

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El anuncio de la implementación del nuevo régimen lo hizo el último martes en Mburuvicha Róga el titular de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), Óscar Orué, en compañía del presidente de la Unión Industrial Paraguaya (UIP), Enrique Duarte; del presidente de la Cámara de Comercio y Servicios de Ciudad del Este, Said Taigen; y del presidente del Centro de Importadores del Paraguay, Iván Dumot.

Dinamizar el comercio

Orué dijo que con este régimen el Gobierno busca dinamizar el comercio y establecer reglas más claras para el combate a las “empresas de maletín”, mediantes condiciones más exigentes para los importadores que quieran acogerse al régimen de turismo.

Explicó que bajo este régimen se comercializan unos 150 productos, que en otros países los turistas pagan el IVA completo por los productos que compran y luego se les devuelve en el aeropuerto al momento de su partida. Sin embargo, en nuestro país el régimen es más sencillo porque la reducción se aplica al momento de la importación y la empresa podrá pasar ese beneficio al cliente extranjero al momento de la compra.

Taigen calificó como un paso muy importante para la formalización del comercio fronterizo, aunque reconoció que hay mucho por hacer aún con todos los sectores para que eso sea un éxito para la economía nacional.

Dumot indicó que no solo se permite mejorar la competividad, sino también se establecen reglas muy claras para seguir fomentando la formalidad en este régimen y, en ese contexto, señaló que será muy importante que los empresarios cumplan con el 100% de las reglas para retribuir la confianza del Gobierno en ceder impuestos y tasas.

Ciudades fronterizas beneficiadas

Un informe de la DNIT explica que el nuevo régimen de turismo de compras apunta a facilitar el comercio internacional, favorecer el turismo de compras en las principales ciudades fronterizas del país, como Asunción, Ciudad del Este, Encarnación, Pedro Juan Caballero, Pilar y Saltos del Guairá.

El RTC será de aplicación para los contribuyentes constituidos como Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL), Empresa por Acciones Simplificadas (EAS), Sociedad Anónima (SA), Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL), Sociedad en Comandita por Acciones, Sociedad en Comandita Simple y Sociedad de Capital e Industria; Sucursal, agencia o establecimiento permanente de persona domiciliada o entidad constituida en el exterior.

Además, cualquier otro tipo de sociedad comercial creada o admitida por ley, que se dedique a la comercialización de los bienes contemplados en el anexo de este decreto y que cumpla con los requisitos previstos en los artículos 3°, 4° y 5°.

Los requisitos exigidos

Los requisitos generales establecidos, según la DNIT, es estar al día en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, al día en el cumplimiento de las obligaciones de aporte obrero-patronal, no ser empresa maquiladora o submaquiladora; importadora con beneficios del Régimen de Materias Primas; ni beneficiaria de la Ley N° 4838/2012, “Que establece la Política Automotriz Nacional”, y la Ley N° 4427/2012, “Que establece incentivos para la producción, desarrollo o ensamblaje de bienes de alta tecnología”.

En cuanto a los requisitos específicos exigidos para los importadores: antigüedad mínima de dos años en el circuito comercial; capital integrado de, al menos, G. 6.000 millones; y ser titular de al menos una cuenta bancaria en el sistema financiero de plaza local.

Los requisitos específicos para comerciantes: contar con establecimientos comerciales ubicados en Asunción, Ciudad del Este, Encarnación, Pedro Juan Caballero, Pilar o Saltos del Guairá; ser titular de al menos una cuenta bancaria en el sistema financiero de plaza local.

Pagarán menos impuestos

El informe de la DNIT indica que en materia de impuesto al valor agregado (IVA) y el impuesto a la renta empresarial (IRE), se mantiene el procedimiento del régimen de turismo actual aplicable IVA, en el sentido que el IVA abonado en la aduana constituye un pago único y definitivo en caso que el producto importado sea vendido a un turista, consignando esta venta en la casilla de exentas.

En el caso de venta a un nacional dicha operación estaría gravada y el IVA abonado en el momento de la importación constituirá crédito fiscal.

Además, se mantiene el hecho que en operaciones entre contribuyentes inscriptos en el régimen estarán exentas del IVA.

La base imponible del IVA será del 12,5% sobre el valor aduanero, lo que representa una tasa efectiva del 1,25% (antes el valor imponible era 15% y la tasa efectiva 1,50%).

Así también, al momento de la importación, el importador deberá abonar en concepto de anticipo del IRE un anticipo del 1% sobre el valor aduanero.

El nuevo régimen reconoce las actuaciones de los intermediarios en el comercio exterior (trading), en el sentido que estos podrán enajenar –a los beneficiarios del régimen– las mercaderías antes del finiquito del despacho, quienes abonarán el IVA por la importación aplicando una base imponible del 7,5% sobre el valor aduanero. En estos casos, el importador también actuará como agente de retención del IRE aplicando un 0,4% sobre dicho valor.

El IRE abonado al momento de las operaciones de importación constituirá pago a cuenta de dicho tributo, por lo que no afectaría a los costos de las mercaderías, asegura la DNIT.

Propiedad intelectual y críticas

Otros incentivos establecidos, según la DNIT, son: la remuneración compensatoria prevista en el numeral 1) del art. 5° del Decreto N° 4212/2015, abonada por el ingreso al territorio nacional de los productos y dispositivos sujetos al pago de dicho emolumento, e ingresados bajo el RTC se determinará sobre el 50% del valor de ingreso de dichos bienes.

Sobre este punto, en un comunicado Autores Paraguayos Asociados (APA), la Sociedad de Gestión de Productores Fonográficos del Paraguay (SGP) y la Entidad de Gestión Colectiva de Derechos de Artistas Intérpretes o Ejecutantes (AIE) expresaron su indignación debido al nuevo mecanismo de incentivo para el sector turístico.

Los gremios aseguran que el nuevo decreto despoja de sus derechos a más de 8.000 titulares (autores, músicos y sellos discográficos), lo que representa una confiscación.

Tasas percibidas por la Dinac

Con relación a las tasas percibidas por la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (Dinac) por el servicio de manipuleo de las cargas peligrosas descritas en el Anexo del Decreto N° 8701/2012, en la importación se establece una reducción a ser aplicada de acuerdo al periodo y tasas que van de 0,8% a 4,3%.

Además, una vez autorizado el tránsito, la Dinac percibirá una tasa que resulte de aplicar el índice del 2% sobre el valor FOB total de la carga conforme a la documentación presentada.

Frontera

Se aplicarán en las principales ciudades fronterizas: Asunción, Ciudad del Este, Encarnación, Pedro Juan Caballero, Pilar y Saltos del Guairá.

Tasa IVA

La base imponible del IVA será del 12,5% sobre el valor aduanero, lo que representa una tasa efectiva del 1,25% (antes 15% y la tasa efectiva 1,50%).

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