Análisis de riesgo de vehículos corporativos

Ciertamente, los nuevos parámetros de la sociedad de riesgo exigen nuevas herramientas analíticas, y en tal efecto, surge el análisis de riesgo de vehículos corporativos (dentro del ámbito de la investigación financiera), con el objetivo de impulsar directrices para limitar los riesgos socioeconómicos que puedan ingresar a raíz de la utilización de las empresas/sociedades.

Los vehículos corporativos o empresariales juegan un papel esencial en la economía global, con amplia  gama de actividad comercial y empresarial.
Los vehículos corporativos o empresariales juegan un papel esencial en la economía global, con amplia gama de actividad comercial y empresarial.GENTILEZA

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Entretanto, el sentido fundamentalista de dicho “análisis” soporta varios parámetros positivos que buscan inferir en la lucha contra el fraude fiscal, el lavado de activos, los diversos tipos de malversación de fondos y/o el amplio espectro de las acciones delictuosas en el plano financiero, y que se generan a través de la dimensión de los vehículos corporativos.

Por consiguiente, tenemos que el enfoque “principal” radica en los determinados “riesgos” que frecuentan una sociedad financiera; es decir, aquellas conductas irregulares que suceden en la representación de quienes la conforman, sean empleados y/o agentes (miembros de una criminalidad organizada) que ingresan en calidad de accionistas.

Dicho lo anterior, se pueden identificar varios casos en los que se ha advertido una secuencia de fraudes ante la ausencia de un análisis de riesgo de vehículos corporativos. Así, tenemos lo ocurrido en el caso Barings Bank, en donde se percibieron diversos sucesos irregulares.

Es que en el Barings Bank se había determinado la falta de control y supervisión, puesto que un (garante) de la corporación resultó responsable de las pérdidas. Esto fue alegado en vista de que pudo contratar a sus empleados sin ningún tipo de control o supervisión de otras áreas, lo que le permitió mantener sus actividades ocultas durante algún tiempo. Asimismo, se percibió una falta de segregación de funciones, en razón de que dicho (agente) garante tenía el “control” sobre todas las operaciones económicas.

Igualmente, la falta de “segregación” de funciones permitió ocultar la naturaleza desastrosa de las negociaciones realizadas por el (agente) garante, y evadir los informes del área de auditoría financiera. No obstante, lo “negativo” se percibió ante la falta de límites y control en las operaciones de trading, puesto que el agente (garante) tomó posiciones especulativas cada vez mayores en un intento de recuperar las pérdidas, pero solo logró empeorarlas. Es que no se establecieron límites ni se hizo un control diario de las actividades de los negociantes para asegurarse de que se adhirieran a ellos.

Pues bien, ocuparon el perímetro de manipulaciones y prácticas fraudulentas que pasaron desapercibidas. Es, por tanto, que la ausencia de áreas de auditoría independientes en Barings Bank implicó que los grupos de interés afectados por estos problemas (los clientes) terminaran perjudicados en cuanto al dinero que habían depositado en el banco, así como los demás efectos colaterales que acarrean estos ilícitos económicos–financieros, como ser: los despidos masivos y el desprestigio del propio banco.

Expuesto todo lo anterior, podemos dimensionar la generalidad de los análisis de riesgo de vehículos corporativos, ante una innegable necesidad por la recolección (en sentido de inteligencia) y examen de la información, que encuentra su uso esencial con relación a las políticas establecidas por una corporación. Por ende, los datos que sean colectados resguardan contra ciertos riesgos y/o minimiza los efectos negativos, mejorando las medidas de seguridad financiera.

Así, se desarrolla un novedoso margen de prevención y detección de delitos económicos y ejerce garantía para el debido cumplimiento legal y regulatorio. En sentido amplio, también resulta viable para intercambiar e incrementar información del beneficiario final con el propósito de la transparencia en los vehículos corporativos.

Examinado lo relevante en cuestión de prevención de delitos económicos, tenemos que aquellos hechos subyacentes deben ser identificados desde el aporte de personas y/o estructuras jurídicas que inciden en el riesgo por el mal uso del ámbito financiero.

Todo el sentido gnoseológico se extiende a las diversas unidades de inteligencia financiera (UIF), puesto que el Grupo de Acción Financiera (GAFI) ha invertido en recomendaciones que buscan proveer de información correcta en materia de transparencia y beneficiario final, pues, las recomendaciones 24 y 25 han asimilado aquellos vehículos corporativos, que se corresponden a las sociedades mercantiles, fundaciones, asociaciones, etc.

En dicho sentido, el GAFI (2006) ha referenciado que el uso indebido de vehículos corporativos podría reducirse significativamente si la información respecto al propietario legal y beneficiario final, el origen de los activos del vehículo corporativo, y sus actividades estuviera disponible para las autoridades.

Definitivamente, se debe aclarar que el parámetro axiológico del análisis de riesgo de los vehículos corporativos puede lograrse a través del acompañamiento de ciertos elementos que se conectan con las diversas actividades comerciales y/o empresariales. Ahora bien, no podemos omitir que estas incidencias trascienden en la economía mundial, y en tal efecto, el riesgo de la sociedad económica ha determinado que los vehículos corporativos resultan atractivos para disfrazar y convertir aquellos productos obtenidos por delitos (subyacentes) antes de introducirlos en el circuito económico-financiero.

Esencial

Los vehículos corporativos o empresariales juegan un papel esencial en la economía global, con amplia gama de actividad comercial y empresarial.

GAFI

Entre los vehículos corporativos que incluye el documento del GAFI están las compañías, fideicomisos, asociaciones y fundaciones.

(*) Docente investigador de la carrera de Derecho de la Universidad Americana. Doctor en Derecho. Magíster en Ciencias Penales. Twitter: @MatiasGarceteP

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